COMISIÓN REVISORA
SALA ESPECIALIZADA DE MEDICAMENTOS
ACTA No. 01 DE 2024 Primera parte
SESIÓN ORDINARIA 5, 6 y 7 DE FEBRERO DE 2024 VITALES NO DISPONIBLES
ORDEN DEL DÍA
VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM
REVISIÓN DEL ACTA ANTERIOR
TEMAS A TRATAR
3.1 MEDICAMENTOS DE SÍNTESIS
3.1.12 Inclusión / Exclusión de medicamentos vitales
DESARROLLO DEL ORDEN DEL DÍA
Siendo las 08:00 horas se inicia la sesión ordinaria de la Sala Especializada de Medicamentos de la Comisión Revisora, en la sala virtual, previa verificación del quórum:
Secretario:
Acta No. 04 de 2023 SEM Octava parte
Radicado: 20231269888 Fecha: 18/10/2023 Interesado: AMAREY NOVAMEDICAL S.A.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos de la Comisión Revisora la inclusión del medicamento Tobramicina Solución para Nebulización 300 mg/4 mL, en el listado de medicamentos vitales no disponibles.
La Sala Especializada de Medicamentos de la Comisión Revisora - SEM, ha revisado la información allegada por el titular y la disponible en el Invima sobre el medicamento Tobramicina solución para nebulización 300 mg/4 ml, teniendo en cuenta para el análisis:
El medicamento Tobramicina solución para nebulización, se encuentra incluido en las normas farmacológicas 16.7.0.0.N10
El principio activo Tobramicina solución para nebulización 300 mg/4 ml, tiene como indicación, el cuidado a largo plazo de los pacientes con Fibrosis Quística infectados con P. aeruginosa usada conjuntamente con terapias estándar está indicado para mejorar la función pulmonar, reducción de la carga bacteriana y mantener en salud los pacientes con Fibrosis Quística infectados con P. aeruginosa.
Se cuenta con un titular del registro sanitario y el SISMED evidencia la no comercialización de unidades en el año 2023.
Por lo anterior, la Sala Especializada de Medicamentos de la Comisión Revisora concluye que se cumplen los criterios definidos en el artículo 4 del Decreto 481 de 2004, e incluye de forma temporal en el Listado de Medicamentos Vitales no disponibles el siguiente medicamento para ser usado en las indicaciones aprobadas por la SEM.
Cabe recordar que debe darse cumplimiento a lo estipulado en la circular DG-100-00022- 13 sobre autorización de importación de medicamentos vitales no disponibles para más de un paciente, el reporte de los eventos adversos de acuerdo con los lineamientos del Programa Nacional de Farmacovigilancia y la información periódica ante el Sistema de Información de Precios de Medicamentos SISMED, que permite seguimiento del abastecimiento de medicamentos en el país.
Radicado : 20231343037 Fecha: 29/12/2023 Interesado: MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos de la Comisión Revisora la inclusión del medicamento Nevirapina Suspensión Oral 50 mg/5 mL, en el listado de medicamentos vitales no disponibles.
La Sala Especializada de Medicamentos de la Comisión Revisora - SEM, ha revisado la información allegada por el titular y la disponible en el Invima sobre el medicamento Nevirapina suspensión oral 50 mg/5 mL, teniendo en cuenta para el análisis:
El Acuerdo 003 de 2017 por el cual se establece la composición y funciones de la Comisión Revisora del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA en el artículo 17 dentro de las funciones de la Sala Especializada de Medicamentos, estipula en su numeral 17.4, la competencia de la Sala de emitir el concepto técnico para la inclusión de un medicamento al listado de medicamentos vitales no disponibles, de acuerdo con las disposiciones sanitarias
El Decreto 481/2004 en su artículo 3 estipula que “La Sala Especializada de Medicamentos de la Comisión Revisora del Invima, con base en los criterios definidos en el presente decreto y en la información disponible en el Invima, establecerá y actualizará en forma permanente el listado de los medicamentos vitales no disponibles. En todo caso los medicamentos vitales no disponibles que hagan parte del listado deberán estar incluidos en normas farmacológicas”
El Decreto 2498 de 2018 determinó la permanencia del reglamento técnico en materia de medicamentos vitales no disponibles en el país, especificando entre sus consideraciones que “en cumplimiento de la precitada norma, se efectuó la revisión del reglamento técnico contenido en el Decreto 481 de 2004, que dicta normas tendientes a incentivar la oferta de medicamentos vitales no disponibles en el país, y regula los procesos, requisitos e incentivos para la investigación, desarrollo, producción, importación y comercialización de bienes esenciales, como son los medicamentos vitales no disponibles” y “Que tales requisitos sanitarios son exigibles a los fabricantes, importadores y comercializadores para que garanticen la calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos vitales no disponibles en el país”
Los antecedentes del medicamento Nevirapina suspensión oral 50 mg/5 mL incluyen:
Prevención de la transmisión perinatal de VIH.
Sólo se cuenta con un titular del registro sanitario y el SISMED evidencia la no comercialización de unidades en el año 2023.
Que el titular del medicamento refiere contar con unidades para los meses de enero y febrero de 2024; sin embargo, las cantidades no son suficientes para cubrir las necesidades actuales.
Por lo anterior, la Sala Especializada de Medicamentos de la Comisión Revisora concluye que se cumplen los criterios del artículo 4 del Decreto 481 de 2004, e incluye de forma temporal en el Listado de Medicamentos Vitales no disponibles el siguiente medicamento para ser usado en las indicaciones aprobadas por la SEM.
Radicado : 20231343037 Fecha: 29/12/2023 Interesado: MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos de la Comisión Revisora, la inclusión del medicamento Tobramicina Solución para Nebulización 300 mg/5 mL, en el listado de medicamentos vitales no disponibles.
La Sala Especializada de Medicamentos de la Comisión Revisora - SEM, ha revisado la información allegada por el titular y la disponible en el Invima sobre el medicamento Tobramicina solución para nebulización 300 mg/5 mL, teniendo en cuenta para el análisis:
El Acuerdo 003 de 2017 por el cual se establece la composición y funciones de la Comisión Revisora del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA en el artículo 17 dentro de las funciones de la Sala Especializada de Medicamentos, estipula en su numeral 17.4, la competencia de la Sala de emitir el concepto técnico para la inclusión de un medicamento al listado de medicamentos vitales no disponibles, de acuerdo con las disposiciones sanitarias
El Decreto 481/2004 en su artículo 3 estipula que “La Sala Especializada de Medicamentos de la Comisión Revisora del Invima, con base en los criterios definidos en el presente decreto y en la información disponible en el Invima, establecerá y actualizará en forma permanente el listado de los medicamentos vitales no disponibles. En todo caso los medicamentos vitales no disponibles que hagan parte del listado deberán estar incluidos en normas farmacológicas”
El Decreto 2498 de 2018 determinó la permanencia del reglamento técnico en materia de medicamentos vitales no disponibles en el país, especificando entre sus consideraciones que “en cumplimiento de la precitada norma, se efectuó la revisión del reglamento técnico contenido en el Decreto 481 de 2004, que dicta normas tendientes a incentivar la oferta de medicamentos vitales no disponibles en el país, y regula los procesos, requisitos e incentivos para la investigación, desarrollo, producción, importación y comercialización de bienes esenciales, como son los medicamentos vitales no disponibles” y “Que tales requisitos sanitarios son exigibles a los fabricantes, importadores y comercializadores para que garanticen la calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos vitales no disponibles en el país”
Los antecedentes del medicamento Tobramicina solución para nebulización 300 mg/5 mL incluyen:
El medicamento Tobramicina solución para nebulización 300 mg/5 mL, se encuentra incluido en las normas farmacológicas 16.7.0.0.N10.
El principio activo Tobramicina solución para nebulización tiene como indicación, el tratamiento de las infecciones pulmonares por Pseudomonas aeruginosa en pacientes con fibrosis quística (mucoviscidosis) de 6 años de edad en adelante.
Solo se cuenta con un titular del registro sanitarios y el SISMED evidencia la no comercialización de unidades en el año 2023.
Por lo anterior, la Sala Especializada de Medicamentos de la Comisión Revisora concluye que se cumplen los criterios del artículo 4 del Decreto 481 de 2004, e incluye de forma temporal en el Listado de Medicamentos Vitales no disponibles el siguiente medicamento para ser usado en las indicaciones aprobadas por la SEM.
Cabe recordar que debe darse cumplimiento a lo estipulado en la circular DG-100-00022- 13 sobre autorización de importación de medicamentos vitales no disponibles para más de un paciente, el reporte de los eventos adversos de acuerdo con los lineamientos del Programa Nacional de Farmacovigilancia y la información periódica ante el Sistema de Información de Precios de Medicamentos SISMED, que permite seguimiento del abastecimiento de medicamentos en el país.
Siendo las 16:00 del día 07 de febrero de 2024, se da por terminada la sesión.
Se firma por los que en ella intervinieron:
| ______________________________ JESUALDO FUENTES GONZÁLEZ Miembro SEM Sesión Virtual | _______________________________ MARIO FRANCISCO GUERRERO Miembro SEM Sesión Virtual |
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| ______________________________ JENNY PATRICIA CLAVIJO ROJAS Miembro SEM Sesión Virtual | _______________________________ JOSE GILBERTO OROZCO DÍAZ Miembro SEM Sesión Virtual |
| _______________________________ JOSÉ JULIÁN LÓPEZ GUTIÉRREZ Miembro SEM Sesión Virtual | ______________________________ SINDY PAHOLA PULGARIN MADRIGAL Director Técnico de Medicamentos y Productos Biológicos (E) Presidente SEM Sesión Virtual |
| _______________________________ HUGO ARMANDO BADILLO ARGUELLES Secretario Sala Especializada de Medicamentos Sesión Virtual | |