COMISION REVISORA SALA ESPECIALIZADA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLÓGICOS
ACTA No. 07
SESIÓN ORDINARIA
24 DE FEBRERO DE 2010
ORDEN DEL DÍA
VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM
TEMAS A TRATAR
2.2. ESTUDIOS FARMACOCINÉTICOS
2.3. MODIFICACION DE INDICACIONES. 2.4. MODIFICACIÓN DE CONTRAINDICACIONES 2.5. MODIFICACIÓN DE CONDICIÓN DE VENTA 2.6. INFORMES DE SEGURIDAD. 2.7. REVISIONES DE OFICIO.
2.8. RECURSOS DE REPOSICIÓN. 2.9. MEDICAMENTOS VITALES NO DISPONIBLES
Siendo las 8:00 AM se da inicio a la sesión ordinaria de la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, en la sala adjunta a la Subdirección de Medicamentos y Productos Biológicos, previa verificación del quórum:
Dr. Jorge Olarte Caro
Dr. Jesualdo Fuentes González
Dr. Gustavo Isaza Mejía
Dr. Gabriel Tribiño Espinosa
Dra. Olga Lucía Melo Trujillo
Secretaria Ejecutiva:
Expediente: 20013724 Radicado: 2009126253 Fecha: 2009/11/27 Interesado: Lafrancol S.A.
Forma farmacéutica: Tabletas recubiertas.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, la aprobación de los estudios de Biodisponibilidad para los productos de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda aceptar el estudio de biodisponibilidad para el producto de la referencia
Expedientes: 20008223, 20008225, 20008022, 20008223 Radicado: 9108442 Fecha: 2009/12/17 Interesado: Novartis de Colombia S.A.
Composición: Rivastigmina Forma farmacéutica: Cápsula dura.
Indicaciones: Coadyuvante en el tratamiento de pacientes con demencia del tipo alzhéimer. Tratamiento sintomático de la demencia leve a moderada asociada a la enfermedad de Párkinson.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad conocida al principio activo, otros derivados del carbamato o a cualquier excipiente de la formulación, insuficiencia hepática severa, niños, embarazo y lactancia. Precaución cuando se utilice el medicamento en pacientes con enfermedad del seno o arritmias cardiacas severas. Precaución en pacientes con sintomatología sugestiva de estados ulcerosos. No existe experiencia en el tratamiento de pacientes con asma bronquial aguda, ánimo vigilante.
Solicitud: El interesado somete a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, los estudios de Biodisponibilidad para el producto de la referencia, conforme a la consulta interna enviada a Comisión por parte del grupo de Medicamentos de la Subdirección de Registros Sanitarios.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera suficiente la información presentada por el interesado con fines de renovación de registro sanitario para el producto de la referencia
Radicado: 9108513 Fecha: 2009/12/17 Interesado: Tecnoquímicas S.A.
Solicitud: El interesado envía a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, los resultados y los documentos con el informe final de los estudios de Biodisponibilidad del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera adecuados los estudios de biodisponibilidad presentados por el interesado.
Expediente: 20014355 Radicado: 2009131001 Fecha: 2009/12/10 Interesado: Europack System Ltda.
Forma farmacéutica: Tabletas
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, evaluación de los estudios de biodisponibilidad del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora encuentra adecuados los estudios de biodisponibilidad presentados por el interesado para el producto de la referencia
Expediente: 36724 Radicado: 9107210 Fecha: 2009/12/14 Interesado: Merck Sharp & Dohme
Composición: Timolol maleato 5 mg/ mL Forma farmacéutica: Solución oftálmica
Indicaciones: Tratamiento de la presión intraocular elevada.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al timolol, asma bronquial, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, bradicardia sinusal, bloqueo atrioventricular de 2º y 3º grado, falla cardiaca, shock cardiogénico, embarazo y lactancia.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora autorizar el inserto para pacientes. Teniendo en cuenta que TIMOPTOL 0.50%, es un medicamento oftálmico que requiere instrucciones específicas de uso y almacenamiento para evitar su contaminación. Para Merck Sharp & Dohme es de vital importancia informar al paciente los lineamientos necesarios que conduzcan a los resultados esperados de la terapia.
Adicionalmente, se presenta la versión actualizada de la información prescriptiva para médicos de TIMOPTOL 0.50% solución oftálmica, en la cual los cambios con respecto a la versión anterior aprobada son de carácter menor.
Por último, se solicita que las indicaciones para Timoptol 0.50% solución oftálmica queden aprobadas de la siguiente manera:
TIMOPTOL está indicado para la reducción de la presión intraocular elevada.
En pruebas clínicas se ha visto que reduce la presión intraocular en
• Pacientes con hipertensión ocular. • Pacientes con glaucoma crónico de ángulo abierto • Pacientes con afaquia y glaucoma • Algunos pacientes con glaucoma secundario • Pacientes con ángulos estrechos y una historia de cierre de ángulo estrecho inducido en forma espontánea o iatrogénicamente en el ojo opuesto en el que es necesaria la reducción de la presión intraocular • Timoptol también es indicado como terapia concomitante en pacientes con glaucoma pediátrico, quienes están siendo controlados de manera inadecuada con otras terapias antiglaucoma.
De igual manera, se solicita que las contraindicaciones y advertencias figuren como:
TIMOPTOL está contraindicado en pacientes con:
• Asma bronquial o con historia de asma bronquial o enfermedad pulmonar obstructiva crónica severa. • Bradicardia sinusal; bloqueo atrioventricular en segundo y tercer nivel; falla cardíaca manifiesta; shock cardiogénico. • Hipersensibilidad a cualquier componente de este producto • Embarazo y lactancia • No se recomienda el uso de TIMOPTOL en infantes prematuros o neonatos.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda aceptar el inserto para pacientes, la versión actualizada de la información prescriptiva para médicos, las indicaciones y contraindicaciones las cuales quedarán así:
Indicaciones: TIMOPTOL está indicado para la reducción de la presión intraocular elevada.
En pruebas clínicas se ha visto que reduce la presión intraocular en
• Pacientes con hipertensión ocular. • Pacientes con glaucoma crónico de ángulo abierto • Pacientes con afaquia y glaucoma • Algunos pacientes con glaucoma secundario • Pacientes con ángulos estrechos y una historia de cierre de ángulo estrecho inducido en forma espontánea o iatrogénicamente en el ojo opuesto en el que es necesaria la reducción de la presión intraocular • Timoptol también es indicado como terapia concomitante en pacientes con glaucoma pediátrico, quienes están siendo controlados de manera inadecuada con otras terapias antiglaucoma.
Contraindicaciones y advertencias: TIMOPTOL está contraindicado en pacientes con:
• Asma bronquial o con historia de asma bronquial o enfermedad pulmonar obstructiva crónica severa. • Bradicardia sinusal; bloqueo atrioventricular en segundo y tercer nivel; falla cardíaca manifiesta; shock cardiogénico. • Hipersensibilidad a cualquier componente de este producto • Embarazo y lactancia • No se recomienda el uso de TIMOPTOL en infantes prematuros o neonatos.
Expediente: 19945588 Radicado: 9107616 Fecha: 2009/12/15 Interesado: Biotefar S.A.
Composición: Cada frasco ampolla contiene proteínas de inmunoglobulina humana 0,1 g/ mL de solución inyectable
Forma farmacéutica: Solución inyectable
Indicaciones: Terapia de reemplazo en estados de inmunodeficiencia.
Contraindicaciones: Está contraindicado en individuos que hayan tenido una respuesta anafiláctica o severa sistémica a la inmunoglobulina humana.
Individuos con deficiencias selectivas de IGA con anticuerpos contra IGA no se les debe administrar el producto.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, la inclusión de nuevas indicaciones para el producto de la referencia.
Nuevas Indicaciones: Polineuropatía desmielinizante inflamatoria crónica (CIDP).
Púrpura trombocitopénica idiopática (PTI).
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora informa al interesado que la púrpura trombocitopénica idiopática ya está aceptada para las inmunoglobulinas y la polineuropatía desmielinizante inflamatoria crónica (CIDP) no se acepta porque la evidencia presentada es insuficiente e inadecuada para evaluar la eficacia del producto. Se requieren estudios publicados en revistas de reconocido mérito científico.
Expediente: 19901625 Radicado: 9108570 Fecha: 2009/12/17 Interesado: Al Pharma S.A.
Composición: Hidroxiúrea (hidroxicarbamida) 500 mg cápsula dura.
Forma farmacéutica: Cápsula dura
Indicaciones: Coadyuvante en el tratamiento de la leucemia mielocítica crónica resistente, melanoma y carcinoma del ovario recurrente metastásico inoperable. Terapia concomitante a la irradiación en el control local del carcinoma primario de células escamosas de cabeza y cuello, excluyendo el labio.
Contraindicaciones: Depresión de la médula ósea, embarazo, lactancia.
Adminístrese con precaución en pacientes con daño en la función renal, anemia preexistente y en ancianos. Debe ser considerado el riesgo beneficio cuando se presenten los siguientes problemas médicos: varicela, herpes zóster, neutropenia e infección.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora aprobar las siguientes indicaciones para el medicamento SYREA 500 mg que no fueron tenidas en cuenta por el grupo técnico de medicamentos en el momento de emitir el registro sanitario.
• Leucemia mieloide crónica en fase crónica o acelerada de la enfermedad • Tratamiento de pacientes con trombocitemia esencial o la policitemia vera con un alto riesgo de complicaciones trombo embólicas.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora informa al interesado que las indicaciones propuestas excede las autorizadas en los registros sanitarios y para las propuestas en el radicado de la referencia, la información presentada es insuficiente.
Expediente: 19972707 Radicado: 2009126415 Fecha: 2009/11/27 Interesado: Eli Lilly Interamérica Inc. Composición: Cada mL contiene exenatida 250 µg.
Forma farmacéutica: Solución inyectable
Indicaciones: Está indicado como terapia adyuvante para mejorar el control glucémico en pacientes con diabetes mellitus tipo 2 que están tomando metformina, una sulfonilúrea, una tiazolidinediona o una combinación de metformina y una sulfonilúrea o una combinación de metformina y una tiazolidinediona pero no han logrado un control glucémico adecuado.
Contraindicaciones: En pacientes con hipersensibilidad conocida a este producto o sus componentes.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, la aprobación de la nueva indicación para el producto de la referencia.
Nuevas Indicaciones: BYETTA® está indicado como terapia adyuvante para mejorar el control glucémico en pacientes con diabetes mellitus tipo 2 que están tomando metformina, una sulfonilúrea, una tiazolidinediona o una combinación de metformina y una sulfonilúrea o una combinación de metformina y una tiazolidinediona pero no han logrado un control glucémico adecuado.
BYETTA® Está indicado como monoterapia, en adición al régimen dietético y al ejercicio, para mejorar el control glucémico en pacientes con diabetes mellitus tipo 2.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda no aceptar la ampliación de indicaciones solicitada por el interesado teniendo en cuenta la alerta existente sobre pancreatitis - a veces fatal - para este principio activo, y que los aportes que se hacen sobre el control metabólico (hemoglobina glicosilada) no son estadísticamente significativos. De acuerdo con lo anterior se hace necesario más estudios clínicos con mayor número de pacientes y realizados a más largo plazo y debidamente controlados que permitan determinar eficacia y seguridad del medicamento en la indicación solicitada.
Expediente: 55338 Radicado: 9107541 Fecha: 2009/12/15 Interesado: Schering Plough S.A. Composición: Gonadotropina coriónica 5000 UI Forma farmacéutica: Polvo liofilizado para reconstituir a solución inyectable
Indicaciones: Criptorquidia; estimulación gonadal, tratamiento de la esterilidad, concomitantemente con la hormona estimulante de los folículos en mujeres, con hipopituarismo comprobado que no han respondido al clomifeno
Contraindicaciones: pacientes con trastornos que pueden ser exacerbados, por la liberación de andrógenos (carcinoma de próstata) "para uso exclusivo de especialista"
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora la aprobación del cambio de las indicaciones del producto y de la información para prescribir que incluye el texto actualizado
Indicaciones solicitadas: Criptorquidia; estimulación gonadal, tratamiento de la esterilidad, concomitantemente con la hormona estimulante de los folículos en mujeres
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda aceptar la modificación de indicaciones solicitadas por el interesado y la información para prescribir del producto en referencia
Radicado: 9107707 Fecha: 2009/12/15 Expedientes: 38864, 38861, 38863, 24780
Interesado: Scandinavia Pharma
Composición: Betarretin Crema 0,025% : Cada 100 g de crema contiene 0,025 g de ácido retinoico (tretinoína) Betarretin Crema 0,05% : Cada 100 g de crema contiene 0,05 g de ácido retinoico (tretinoína) Betarretin Gel 0,025%: Cada 100 g de gel contiene 0,025 g de ácido retinoico (tretinoína) Betarretin Loción: Cada 100 mL de loción contiene 0,05 g de ácido retinoico (tretinoína)
Forma farmacéutica: Crema, gel, loción Indicaciones: Tratamiento de acné vulgar, tratamiento coadyuvante en foto envejecimiento; tratamiento de queratosis folicular y verruga plana.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a la tretinoína o alguno de los componentes de la fórmula. Dermatitis aguda, eczema agudo, rosácea y quemaduras solares. Contraindicado en embarazo o cuando se sospeche su existencia.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora ampliación de las indicaciones para los productos de la referencia. Así mismo solicita la aprobación del inserto, de acuerdo a lo conceptuado en Acta No. 39 de 2009 numeral 2.6.3.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda no aceptar la ampliación de indicaciones solicitadas, por cuanto el interesado no presentó evidencia clínica adecuada para justificar las indicaciones diferentes a las del registro sanitario
Expediente: 19935811, 19935812, 19935810, 19935813, 19935814 Radicado: 9106481 Fecha: 2009/12/10 Interesado: Laboratorios Schering Plough S.A.
Principio activo: Peg Interferon Alfa 2B
Forma farmacéutica: Polvo liofilizado para reconstituir a solución inyectable
Indicaciones: En monoterapia en caso de intolerancia o contraindicación a la ribavirina, para el tratamiento de pacientes adultos con hepatitis C crónica probada históricamente que tengan marcadores séricos de replicación del virus C, por ejemplo aquellos que tengan transaminasas elevadas sin descompensación hepática y los que sean ARN-VCH sérico-positivos. Manejo de especialista. “en la terapia combinada con Pegintron® y ribavirina en el tratamiento de pacientes coinfectados por VIH y VHC”.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a sus componentes o a algún interferón, pacientes con hepatitis autoinmune o historia de enfermedad autoinmune, pacientes con condición psiqueica severa o historias de desórdenes psiquiátricos severos, incluída depresión anormalidades tiroideas preexistentes cuya función no puede ser mantenida en el rango normal mediante médicación, enfermedad hepática descompensada, embarazo y lactancia. Solicitud: El interesado envía a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora respuesta al Acta No. 42 de 2009 en relación a la aprobación de la nueva indicación del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda negar la modificación de indicaciones e insiste en la no justificación de la ampliación solicitada para retratamiento de pacientes no respondedores por cuanto de los estudios presentados se confirma el escaso o nulo beneficio en este grupo de pacientes.
Expedientes: 375591/ 37594 Radicado: 09108084 Fecha: 16/12/2009 Interesado: Amarey Nova Medical S.A.
Forma farmacéutica: Solución para administración intravenosa
Composición:
1 mL de solución de Intraglobin® F contiene: Proteínas de plasma humano.................50 mg De las cuales inmunoglobulinas.............> 95 %
Distribución de subclases: IgG1 aproximadamente
62.0%
IgG2 aproximadamente
34.0 %
IgG3 aproximadamente
0.5%
IgG4 aproximadamente
3.5% Otros componentes Glucosa
25 mg
Sodio <2.5 mg
Cloruro
78 μmol
Agua para inyección c.s.p 1 mL
Indicaciones:
Terapia de sustitución en: a) Síndromes de inmunodeficiencia primaria como: Agammaglobulinemia e hipogammaglobulinemia congénitas - Inmunodeficiencia común variable - Inmunodeficiencia combinada grave - Síndrome de Wiskott Aldrich b) Mieloma o leucemia linfocítica crónica con hipogammaglobulinemia secundaria grave infecciones recurrentes c) Niños con SIDA congénito e infecciones recurrentes Inmunomodulación: a) Púrpura trombocitopénica idiopática (PTI), en niños o adultos con riesgo elevado de hemorragia o antes de someterse a una operación quirúrgica para corregir el recuento de plaquetas. b) Síndrome de Guillain Barré c) Enfermedad de Kawasaki
Trasplante alogénico de médula ósea
Contraindicaciones: Intraglobin® F está contraindicado en pacientes con intolerancia a las inmunoglobulinas homólogas, especialmente en los casos raros de deficiencia congénita de IgA, cuando el paciente tenga anticuerpos contra IgA.
Embarazo y lactancia: La inocuidad de este medicamento para uso durante el embarazo no ha sido establecida mediante estudios clínicos controlados y por tanto deberá ser administrado con precaución en mujeres embarazadas y en lactancia. La experiencia clínica prolongada con inmunoglobulinas indica que no deben esperarse efectos no deseados en el curso del embarazo o sobre el feto o neonato.
Precauciones apropiadas para el uso: Ciertas reacciones severas pueden estar asociadas con la velocidad de infusión. Debe emplearse la velocidad de infusión indicada en "vía de administración", los pacientes deben ser monitoreados y observados cuidadosamente ante la posible aparición de síntomas durante el período de infusión.
Se debe controlar a los pacientes por lo menos veinte minutos después de la administración.
El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora estudiar y aprobar las indicaciones, contraindicaciones e inserto para los productos de la referencia en la renovación de los respectivos registros sanitarios.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda aceptar la modificación de indicaciones como lo solicita el interesado.
Indicaciones:
Terapia de sustitución en: a) Síndromes de inmunodeficiencia primaria como: Agammaglobulinemia e hipogammaglobulinemia congénitas - Inmunodeficiencias común variable - Inmunodeficiencia combinada grave - Síndrome de Wiskott Aldrich b) Mieloma o leucemia linfocítica crónica con hipogammaglobulinemia secundaria grave infecciones recurrentes c) Niños con SIDA congénito e infecciones recurrentes
Inmunomodulación: a) Púrpura trombocitopénica idiopática (PTI), en niños o adultos con riesgo alevado de hemorragia o antes de someterse a una operación quirúrgica para corregir el recuento de plaquetas. b) Síndrome de Guillain Barré c) Enfermedad de Kawasaki
Trasplante alogénico de médula ósea
Presentaron casos para este ítem
Radicado: 9107588 Fecha: 2009/12/15 Interesado: Solmedical
Composición: Misoprostol Forma farmacéutica: Tabletas
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora revisar la condición de venta con fórmula médica a Medicamento de control especial, toda vez que su uso indiscriminado atenta contra la salud individual y colectiva de la población.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora aplaza este caso para las sesiones ordinarias a realizarse los días 23, 24 y 25 de marzo del año en curso
Fecha: 30/11/2009 Interesado: Abbott Laboratories de Colombia S.A.
El interesado informa a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora que el pasado 17 de noviembre fue iniciado un procedimiento de referencia al artículo 107 para los medicamentos antiobesidad que contienen sibutramina por parte de la autoridad alemana (BfArM).
Esta referencia fue iniciada con base en información preliminar del estudio SCOUT (Estudio de Desenlaces Cardiovasculares con Sibutramina). El estudio SCOUT investigó los efectos cardiovasculares a largo plazo de la terapia con sibutramina versus placebo en población con alto riesgo cardiovascular; es de anotar que más del 90% de los sujetos del estudio serían considerados como una población off-label de acuerdo a la actual información para prescribir europea.
Abbott informará al INVIMA el desenlace de este procedimiento tan pronto como suceda.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora con base en información científica internacional sobre problemas de seguridad del principio activo sibutramina, recomienda llamar a revisión de oficio a los productos que contengan dicho principio activo con el fin de evaluar el balance beneficio /riesgo de la sibutramina.
Fecha: 22/01/2010 Interesado: Subdirección de Medicamentos y Productos Biológicos
El interesado presenta a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora el informe de seguridad acerca del medicamento SIBUTRAMINA. Esto como soporte a las alertas emitidas por la FDA, la EMEA y la AGEMED, debido a las nuevas contraindicaciones del producto.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora con base en información científica internacional sobre problemas de seguridad del principio activo sibutramina, recomienda llamar a revisión de oficio a los productos que contengan dicho principio activo con el fin de evaluar el balance beneficio /riesgo de la sibutramina.
Interesado: Abbott Laboratories de Colombia S.A.
Fecha: 21/01/2010
El interesado presenta a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora la información de seguridad relacionada con el producto REDUCTIL® (Sibutramina).
Dicha información tiene como objetivo actualizarlos acerca del status del procedimiento Europeo de referencia Articulo 107 para sibutramina. Durante el pasado noviembre, la EMEA inició una revisión de seguridad para los medicamentos anti-obesidad que contienen sibutramina. La Agencia del Comité de Productos Medicinales para Uso Humano (CHMP) está evaluando las implicaciones de los resultados del Estudio de Desenlaces Cardiovasculares con Sibutramina (SCOUT) relacionado con el uso de la sibutramina en la práctica clínica rutinaria.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora con base en información científica internacional sobre problemas de seguridad del principio activo sibutramina, recomienda llamar a revisión de oficio a los productos que contengan dicho principio activo con el fin de evaluar el balance beneficio /riesgo de la sibutramina
Radicado: 10003375 Fecha: 22/01/2010 Interesado: Abbott Laboratories de Colombia S.A.
El interesado informa a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora que el día 21 de enero de 2010 el Comité Europeo de Productos Medicinales para uso Humano (CHMP) recomendó la suspensión de las autorizaciones de comercialización para todos los medicamentos antiobesidad que contengan sibutramina, como conclusión del procedimiento de referencia artículo 107 (2).
La recomendación del CMP estuvo basada en una revisión de los resultados del Estudio de Desenlaces Cardiovasculares (SCOUT), disponible desde noviembre de 2009. El estudio SCOUT fue un requerimiento post-aprobación solicitado por el CHMP. SCOUT fue un estudio aleatorizado, doble-ciego, controlado con placebo, con período de 6 semanas en los cuales los sujetos recibían sibutramina. El estudio enroló 10,744 pacientes y aleatorizó 9,805 pacientes obesos o con sobrepeso, con edad mayor o igual a 55 años, en alto riesgo de eventos cardiovasculares (para quienes en su mayoría estaba contraindicado recibir tratamiento con sibutramina) y fue diseñado para evaluar la seguridad del uso de la sibutramina a largo plazo en estos pacientes. Durante el estudio, estos pacientes con alto riesgo cardiovascular fueron tratados con sibutramina por hasta 6 años y no fueron descontinuados del tratamiento por pérdida de peso inadecuada, lo cual es inconsistente con la actual información para prescribir de sibutramina.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora con base en información científica internacional sobre problemas de seguridad del principio activo sibutramina, recomienda llamar a revisión de oficio a los productos que contengan dicho principio activo con el fin de evaluar el balance beneficio /riesgo de la sibutramina
Expediente: 19951527 Radicado: 9107673 Fecha: 2009/12/15 Interesado: Eli Lilly Interamerica Inc.
Composición: Olanzapina micronizada 5 mg
Forma farmacéutica: Tableta dispersable
Indicaciones: Medicamento antipsicótico, alternativo para el tratamiento de la esquizofrenia y para el tratamiento alternativo de pacientes con manía bipolar, que no han respondido a la terapéutica tradicional.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad conocida a alguno de los componentes y en pacientes con riesgo conocido de glaucoma de ángulo estrecho, hipertrofia prostática o íleo paralítico, insuficiencia cardiaca congestiva. Debe tenerse precaución en pacientes con ALT elevada y/o AST en pacientes con signos y síntomas de deterioro hepático y para aquellos tratados con medicamentos potencialmente hepatotóxicos. Precaución con pacientes con recuentos bajos de leucocitos y/o neutrófilos por cualquier causa, en pacientes con una historia de depresión de la médula ósea o toxicidad inducida por el medicamento con la ocurrencia de fiebre alta inexplicable sin manifestaciones clínicas adicionales de síndrome maligno neuroléptico el medicamento debe ser descontinuado.
El medicamento debe usarse cautelosamente en pacientes que tienen una historia de convulsiones o presentan condiciones asociadas con convulsiones.
El riesgo de disquinesia tardía aumenta con la exposición a largo plazo y por lo tanto si aparecen los signos y síntomas de disquinesia tardía se debe reducir la dosis o descontinuar el medicamento. Para los efectos primarios de la olanzapina sobre el SNC debe tenerse precaución cuando es administrado en combinación con otros medicamentos centralmente activos y alcohol. Puede antagonizar los efectos de agonistas directos o indirectos de la dopamina.
Es recomendable que la presión arterial sea medida periódicamente en pacientes mayores de 65 años. Debe tenerse precaución cuando es administrada con medicamentos que aumentan el intervalo QTC especialmente en el anciano. Embarazo, lactancia. Deben enviar reportes periódicos cada seis meses de verificación de eficacia y seguridad a largo plazo y reacciones adversas.
Solicitud: El interesado envía a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, la última actualización de información relacionada con datos de seguridad del producto de la referencia, y solicita la evaluación y aprobación del inserto.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la la última actualización de información relacionada con datos de seguridad del producto de la referencia y recomienda aceptar el inserto para este mismo producto
Expediente: 19951528 Radicado: 9107672 Fecha: 2009/12/15 Interesado: Eli Lilly Interamerica Inc.
Composición: Olanzapina micronizada 10 mg
Forma farmacéutica: Tableta dispersable
Indicaciones: Medicamento antipsicótico, alternativo para el tratamiento de la esquizofrenia. Tratamiento alternativo en pacientes con manía bipolar, que no han respondido a la terapia tradicional.
Contraindicaciones: La olanzapina está contraindicada en pacientes con hipersensibilidad conocida a alguno de los componentes del producto y en pacientes con riesgo de glaucoma de ángulo estrecho.
Solicitud: El interesado envía a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, la última actualización de información relacionada con datos de seguridad del producto de la referencia, y solicita la evaluación y aprobación del inserto.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la última actualización de información relacionada con datos de seguridad del producto de la referencia, y recomienda aprobar el el inserto para el mismo producto
Expediente: 19924506 Radicado: 9107664/9107669 Fecha: 2009/12/15 Interesado: Eli Lilly Interamerica Inc.
Composición: Olanzapina 10 mg
Forma farmacéutica: Polvo liofilizado para reconstituir a solución inyectable
Indicaciones: Control rápido de la agitación en pacientes agitados con esquizofrenia, demencia, manía aguda o episodios mixtos en el trastorno bipolar. (antipsicótico).
Contraindicaciones: Está contraindicado en pacientes con hipersensibilidad a alguno de los componentes y pacientes con riesgo conocido en glaucoma de ángulo estrecho.
Solicitud: El interesado envía a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, la última actualización de información relacionada con datos de seguridad del producto de la referencia, y solicita la evaluación y aprobación del inserto.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la última actualización de información relacionada con datos de seguridad del producto de la referencia, y recomienda aprobar el el inserto para el mismo producto
Fecha: 17/12/2009 Interesado: Kendle Colombia Ltda.
El interesado informa a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora que en sesión extraordinaria del 20 de octubre de 2009 la Comisión Revisora de Medicamentos del INVIMA, según consta en Acta N° 50, numeral 2.13.31, revisó y aprobó el protocolo y el Manual del Investigador Edición 3.
Teniendo en cuenta esto, se notifica la información de seguridad relacionada con una Reacción Adversa Seria Sospechosa Inesperada (SUSAR) ocurrida en todo estudio en el que se uso Rontalizumab. • IND safety report - 281950 Follow Up # 5 (MedWatch Report y Resumen).
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la información de seguridad relacionada con una Reacción Adversa Seria Sospechosa Inesperada (SUSAR) ocurrida en todo estudio en el que se uso Rontalizumab y lo remite a la Subdirección de Medicamentos y Productos Biológicos – Grupo de Buenas Prácticas Clínicas. Así mismo solicita al interesado reportar el informe de seguridad al Comité de Ética
Fecha: 04/12/2009 Interesado: Subdirección de Medicamentos y Productos Biológicos
El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora emitir concepto sobre el informe de seguridad para el producto Estavudina.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda llamar a revisión de oficio los productos que contengan como principio activo estavudina para evaluar la seguridad del producto.
Expediente: 19962504 Radicado: 9107752 Fecha: 2009/12/15 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Extracto de isoflavonas de soya al 15%(equivalente a 25 mg de isoflavonas) 166,66 mg 1 tableta
Forma farmacéutica: Tableta recubierta Indicaciones: Coadyuvante en el control de los síntomas climatéricos.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad o intolerancia reconocida a los componentes, embarazo y lactancia. Se debe usar con precaución en caso de deshidratación o desequilibrio electrolítico, diarrea o mala absorción intestinal, en caso de estar recibiendo algún tratamiento hormonal, con antecedentes familiares neoplásicos y/o sangrado transvaginal no diagnosticado.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 19953018 Radicado: 9107751 Fecha: 2009/12/15 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Levonorgestrel 0,15 mg Etinilestradiol 0,03 mg
Forma farmacéutica: Tableta cubierta con película.
Indicaciones: Anticoncepción oral.
Contraindicaciones: Tromboflebitis o trastornos tromboembólicos, una historia pasada de tromboflebitis o de trastornos tromboembólicos de una trombosis venosa profunda, enfermedad cerebro vascular o enfermedad arterial coronaria, trastornos cardiovasculares, enfermedades cardiacas orgánicas severas, hipertensión severa. Cáncer de mama conocido o sospechoso, cáncer de endometrio u otra neoplasia conocida o sospechosa, estrógeno dependiente. Sangrado genital anormal no diagnosticado. Diabetes mellitus severa y otras enfermedades endocrinas. hiperlipidemia (hipertrigliceridemia, hipercolesterolemia). Ictericia colestática del embarazo o ictericia anterior al uso de la píldora. Adenomas hepáticos y carcinomas. Seguridad de estar en embarazo o sospecha de estarlo. Deterioro de la otosclerosis durante el embarazo. Problemas oculares de origen vascular. Enfermedades crónicas del hígado, agudas o severas. (Síndrome de Dubin Johnson y síndrome rotor).
Historia de herpes gravídico. Anemia por drepanocitos. Porfiria.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 19978785 Radicado: 9107753 Fecha: 2009/12/15 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Sibutramina clorhidrato monohidrato 10 mg cápsula
Forma farmacéutica: Cápsula dura
Indicaciones: Coadyuvante en el manejo de la obesidad cuando solo con las medidas convencionales (dietas y ejercicios) no se ha conseguido una respuesta terapéutica.
Contraindicaciones: Pacientes con hipersensibilidad a la sibutramina o a los excipientes. Pacientes recibiendo inhibidores de la MAO, debe esperar mínimo dos semanas después de interrumpir los IMAO antes de comenzar el tratamiento con sibutramina, similarmente cuando se interrumpe la sibutramina se debe esperar por lo menos dos semanas antes de comenzar el tratamiento con IMAOS. Embarazo, lactancia y pacientes menores de 18 años. No debe ser usado en pacientes con historia de enfermedad arterial coronaria, pacientes hipertensos no tratados. Debe ser usado con precaución en pacientes con glaucoma de ángulo estrecho. Causas orgánicas de obesidad, deben ser excluidas antes de prescribir el producto.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 43922 Radicado: 9107740 Fecha: 2009/12/15 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Eritromicina etil succinato 704 mg equivalente a eritromicina base 600 mg
Forma farmacéutica: Tableta
Indicaciones: Infecciones producidas por gérmenes sensibles a la eritromicina.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a la eritromicina, adminístrese con precaución en pacientes con lesión hepática.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 212459 Radicado: 916007 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Metronidazol benzoil micronizado (equivalente a metronidazol base) 8,1 g/ 100 mL.
Forma farmacéutica: Suspensión oral
Indicaciones: Giardiasis, amebiasis intestinal, absceso hepático Contraindicaciones: Hipersensibilidad al medicamento, antecedentes de discrasias sanguíneas, enfermedades del sistema nervioso central, primer trimestre del embarazo y niños menores de dos años de edad. Adminístrese con precaución en pacientes con insuficiencia hepática o renal, durante el tratamiento no deben ingerirse bebidas alcohólicas. Úsese exclusivamente por prescripción médica.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora emitir concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto en referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 208703 Radicado: 9106013 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Tinidazol Forma farmacéutica: Tableta
Indicaciones: Antiamebiano, tricomonicida.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al medicamento, pacientes con trastornos neurológicos o con discrasias sanguíneas, lactancia y en los tres primeros meses del embarazo. Durante el tratamiento no deben ingerirse bebidas alcohólicas.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora se sirva emitir concepto final en cuanto a la revisión de oficio para el producto de la referencia, teniendo en cuenta que el titular no presentó respuesta al llamamiento a la revisión de oficio.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 19937645 Radicado: 9105999 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Cada 100 g de ungüento contiene Eucaliptol 1,500 g; Alcanfor 5,300 g; Mentol 3,000 g
Forma farmacéutica: Ungüento tópico
Indicaciones: Contrairritante y rubefaciente.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los componentes.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 24711 Radicado: 9106003 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Metilbromuro de homatropina 10 mg + dipirona 350 mg Forma farmacéutica: Solución oral
Indicaciones: Analgésico, antiespasmódico, para niños mayores de 12 años.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora se considere el llamado a revisión de oficio para el producto de la referencia con el fin de que sean corregidas las etiquetas.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda llamar a revisión de oficio el producto ESPAGEN® COMPUESTO con el fin de que sean corregidas las etiquetas.
Expediente: 43619 Radicado: 9104507 Fecha: 2009/12/02 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Cada tableta recubierta contiene diclofenaco sódico 100 mg
Forma farmacéutica: Tableta
Indicaciones: Analgésico, antiinflamatorio no esteroide.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al diclofenaco. A los salicilatos u otros antiinflamatorios no esteroides, primer trimestre de embarazo, adminístrese con precaución a pacientes con asma, broncoespasmo, desórdenes de la coagulación, úlcera péptica o duodenal, enfermedad cardiovascular o falla renal.
Advertencias: Tercer trimestre de embarazo y lactancia, insuficiencia renal grave, (depuración de creatinina < 30 mL/min). Insuficiencia hepática moderada. Se recomienda que debe iniciar tratamiento con las dosis más bajas. El uso concomitante del ácido acetil salicílico (ASA) incrementa el riesgo de úlcera gastrointestinal y sus complicaciones. En el caso del ácido acetil salicílico (ASA) debe evitarse su uso en niños con enfermedades virales agudas.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 22684 Radicado: 9106021 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Diclofenaco sódico 100 mg ampolla x 3 mL
Forma farmacéutica: Solución inyectable
Indicaciones: Analgésico, antiinflamatorio no esteroide
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al principio activo o a sus excipientes. broncoespasmo, rinitis aguda, pólipos nasales y edema angioneurótico.
Reacciones alérgicas a ácido acetil salicílico o AINEs. Úlcera péptica, sangrado gastrointestinal y antecedentes de enfermedad ácido péptica. Disfunción hepática severa.
Advertencias: Tercer trimestre de embarazo y lactancia. Insuficiencia renal grave (depuración de creatinina <30 mL/min). Insuficiencia hepática moderada.
Se recomienda que debe iniciar tratamiento con las dosis más bajas. El uso concomitante con ácido acetilsalicílico (ASA) incrementa el riesgo de úlcera gastrointestinal y sus complicaciones.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19931312 Radicado: 9105996 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Ibuprofeno 5 g 100 g Forma farmacéutica: gel tópico
Indicaciones: Analgésico no esteroide, antiinflamatorio.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al medicamento, no aplicar en mucosas o heridas. En caso de irritación local, debe ser suspendido su empleo. Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora emitir concepto final en cuanto a la Revisión de Oficio del producto en referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19930543 Radicado: 9105994 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Ibuprofeno 200 mg Forma farmacéutica: Tableta
Indicaciones: Analgésico no esteroide, antipirético.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al ibuprofeno, a los salicilatos o a otros antiinflamatorios no esteroides. Adminístrese con precaución a pacientes con asma, broncoespasmo, desórdenes de la coagulación, úlcera péptica o duodenal, enfermedad cardiovascular, falla renal o que estén recibiendo anticoagulantes cumarínicos, niños menores de doce (12) años.
Solicitud: El interesado solicita a la sala especializada de Medicamentos y productos biológicos de la comisión revisora se sirva emitir concepto final en cuanto a la revisión de oficio para el producto de la referencia por cuanto el interesado no presentó respuesta al llamamiento a revisión de oficio.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 19910948 Radicado: 9105986 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios Composición: Ibuprofeno 2 g / 100 mL Forma farmacéutica: Suspensión oral
Indicaciones: Analgésico, antipirético.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al ibuprofeno, a los salicilatos y a otros antiinflamatorios no esteroides. Administrar con precaución a pacientes con asma, broncoespasmo, desórdenes de la coagulación, úlcera péptica o duodenal, enfermedad cardiovascular, falla renal o que estén recibiendo anticoagulantes cumarínicos, niños menores de doce (12) años de edad.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora se sirva emitir concepto final en cuanto a la revisión de oficio para el producto de la referencia, teniendo en cuenta que el titular del registro sanitario no presentó respuesta al llamamiento a revisión de oficio.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19940414 Radicado: 9105990 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Ibuprofeno 200 mg gragea Forma farmacéutica: tableta cubierta (gragea)
Indicaciones: Analgésico no esteroide, antipirético.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al ibuprofeno, a los salicilatos o a otros antiinflamatorios no esteroides. Adminístrese con precaución a pacientes con asma, broncoespasmo, desórdenes de la coagulación, úlcera péptica o duodenal, enfermedad cardiovascular, falla renal o que estén recibiendo anticoagulantes cumarínicos, niños menores de doce años.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio por lo tanto se recomienda cancelar el registro
Expediente: 19920105 Radicado: 9105985 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Ibuprofeno 40 mg/mL Forma farmacéutica: Solucion oral
Indicaciones: Analgésico, antipirético.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al ibuprofeno, a los salicilatos o a los antiinflamatorios no esteroides. Adminístrese con precaución a pacientes con asma, broncoespasmo, desórdenes de la coagulación, úlcera péptica o duodenal, enfermedad cardiovascular, falla renal o pacientes que estén recibiendo anticoagulantes cumarínicos.
Solicitud: El interesado solicita a la sala especializada de Medicamentos y productos biológicos de la comisión revisora se sirva emitir concepto final en cuanto a la revisión de oficio para el producto de la referencia por cuanto el interesado no presentó respuesta al llamamiento a revisión de oficio.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 26577 Radicado: 9106018 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Ibuprofeno 200 mg Forma farmacéutica: Tableta
Indicaciones: Analgésico no esteroide, antiinflamatorio,
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al ibuprofeno, a los salicilatos o a otros antiinflamatorios no esteroides. Adminístrese con precaución a pacientes con asma, broncoespasmo, desórdenes de la coagulación, úlcera péptica o duodenal, enfermedad cardiovascular, falla renal o que estén recibiendo anticoagulantes cumarínicos, niños menores de doce años.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora emitir concepto final en cuanto a la Revisión de Oficio del producto en referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19907264 Radicado: 9106017 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Rofecoxib 25 mg tableta Forma farmacéutica: Tableta
Indicaciones: Analgésico
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los AINES o a cualquiera de sus componentes, úlcera péptica activa o sangrado gastrointestinal, menores de 18 años, hipersensibilidad a las sulfonamidas, insuficiencia renal, insuficiencia hepática, embarazo, madres lactantes.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora emitir concepto final en cuanto a la Revisión de Oficio del producto en referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19936603 Radicado: 9108774 Fecha: 2009/12/18 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios Composición: Rofecoxib 50 mg
Forma farmacéutica: Tableta cubierta con película
Indicaciones: Analgésico, antiinflamatorio.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los AINES o a cualquiera de sus componentes. Úlcera péptica activa o sangrado gastrointestinal. Menores de 18 años. Embarazo y lactancia.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora teniendo en cuenta que la condición del producto es de “fabricar y exportar”, considera que esta solicitud no es de su competencia, por lo tanto la reenvía a la Subdirección de Registros Sanitarios para lo pertinente.
Expediente: 19940792 Radicado: 9104578 Fecha: 2009/12/02 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Rofecoxib 25 mg Forma farmacéutica: Tableta
Indicaciones: Analgésico y antiinflamatorio.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los AINEs o a cualquiera de sus componentes, úlcera péptica activa, o sangrado gastrointestinal. Menores de 18 años. Hipersensibilidad a las sulfonamidas, insuficiencia renal, insuficiencia hepática, embarazo, madres lactantes.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19931975 Radicado: 9105784 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Rofecoxib 50mg tableta
Forma farmacéutica: Tableta Indicaciones: Dolor agudo de gran intensidad.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al Medicamento o a cualquiera de los componentes. Úlcera péptica activa o sangrado gastrointestinal. Menores de 18 años. Embarazo y lactancia.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora emitir concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto en referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expedientes: 19937443 Radicado: 9104583 Fecha: 2009/12/02 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios.
Indicaciones: Analgésico, antiinflamatorio.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los AINES o cualquiera de sus componentes.
Úlcera péptica activa o sangrado gastrointestinal, hipersensibilidad a las sulfonamidas. Menores de 18 años, embarazo.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio de los productos de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expedientes: 19905985 Radicado: 9106015 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios.
Indicaciones: Analgésico, antiinflamatorio.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los AINES o cualquiera de sus componentes.
Úlcera péptica activa o sangrado gastrointestinal, hipersensibilidad a las sulfonamidas. Menores de 18 años, embarazo.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio de los productos de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19930560 Radicado: 9106030 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Rofecoxib micronizado 0,5 g / 100 mL Forma farmacéutica: suspensión oral
Indicaciones: Analgésico, Antiinflamatorio. (Del registro)
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los aines o a cualquiera de sus componentes. Úlcera péptica activa o sangrado gastrointestinal. Menores de 18 años. Embarazo y lactancia. (Del registro)
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19940987 Radicado: 9104586 Fecha: 2009/12/02 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Rofecoxib 50 mg
Forma farmacéutica: Cápsula blanda
Indicaciones: Para el dolor agudo de gran intensidad.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al medicamento o a cualquiera de los componentes. Úlcera péptica activa o sangrado gastrointestinal. Menores de 18 años. Embarazo y lactancia.
Uso máximo durante 5 días a criterio del médico.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19932127 Radicado: 9105009 Fecha: 2009/12/03 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Rofecoxib 50 mg Forma farmacéutica: Tableta
Indicaciones: Para el dolor agudo de gran intensidad. Uso máximo durante 5 días a criterio del médico.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los AINES o a cualquiera de sus componentes. Úlcera péptica activa o sangrado gastrointestinal. Menores de 18 años. Embarazo y lactancia. Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19931151 Radicado: 9105011 Fecha: 2009/12/03 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Rofecoxib 25 mg
Forma farmacéutica: Tableta
Indicaciones: Analgésico
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los AINES o a cualquiera de sus componentes, úlcera péptica activa o sangrado gastrointestinal, menores de 18 años, hipersensibilidad a las sulfonamidas, insuficiencia renal, insuficiencia hepática, embarazo, madres lactantes.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Fecha: 30/11/2009 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora emitir concepto final en cuanto a la Revisión de Oficio del producto ZAKMAR .
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19904843 Radicado: 9106028 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Celecoxib 100 mg Forma farmacéutica: Tableta cubierta (gragea)
Indicaciones: Analgésico y antiinflamatorio.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los AINES o a cualquiera de sus componentes. Úlcera péptica activa o sangrado gastrointestinal. Menores de 18 años, hipersensibilidad a las sulfonamidas, insuficiencia renal, insuficiencia hepática. Embarazo, madres lactantes.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19933716 Radicado: 9106026 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Celecoxib 200 mg
Forma farmacéutica: cápsula dura
Indicaciones: Analgésico, antiinflamatorio.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los AINES o a cualquiera de sus componentes. Úlcera péptica activa o sangrado gastrointestinal. Menores de 18 años. Hipersensibilidad a las sulfonamidas, insuficiencia renal, insuficiencia hepática. Embarazo, madres lactantes.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19933714 Radicado: 9106024 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Celecoxib 100 mg
Forma farmacéutica: Cápsula dura
Indicaciones: Analgésico, Antiinflamatorio.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los AINES o a cualquiera de sus componentes, úlcera péptica activa o sangrado gastrointestinal, menores de 18 años. Hipersensibilidad a las sulfonamidas, insuficiencia hepática, embarazo, madres lactantes. Adminístrese con precaución a pacientes tratados con warfarina, por cuanto los mismos tienen mayor riesgo de complicaciones por sangrado.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19943822 Radicado: 9106029 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Valdecoxib 40 mg tableta
Forma farmacéutica: Tableta
Indicaciones: Analgésico, Antiinflamatorio
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los AINEs o a cualquiera de sus componentes. Úlcera péptica activa o sangrado gastrointestinal. Menores de 18 años. Embarazo y lactancia.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19943823 Radicado: 9106050 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Valdecoxib 20, mg Forma farmacéutica: Tableta
Indicaciones: Analgésico, antiinflamatorio
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los AINES o a cualquiera de sus componentes. Úlcera péptica activa o sangrado gastrointestinal. Menores de 18 años. Embarazo y lactancia.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora emitir concepto final en cuanto a la Revisión de Oficio del producto en referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19946005 Radicado: 9107754 Fecha: 2009/12/15 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Cada 100 mL de4 jarabe contiene Guayacolato de glicerilo 2 g Bromhidrato de dextrometorfano 0.2 g.
Forma farmacéutica: Jarabe
Indicaciones: Antitusivo, expectorante.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los componentes de la fórmula.
Adminístrese con precaución en pacientes con insuficiencia hepática y/o renal.
No administrar a niños menores de dos años.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 210090 Radicado: 9106004 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Principios activos: Dextrometorfano HBr ; Guayacolato de glicerilo Efedrina sulfato
Forma farmacéutica: Jarabe
Indicaciones: Antianginoso, broncodilatador, expectorante.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora emitir concepto final en cuanto a la Revisión de Oficio del producto en referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia
Expediente: 19954824 Radicado: 2009047175 Fecha: 2009/05/04 Interesado: Subdirección De Registro Sanitarios
Composición: Cada 100 mL de jarabe contiene: Guayacolato de glicerilo 2 g.
Bromhexina clorhidrato 0,08 g
Forma farmacéutica: Jarabe
Indicaciones: Expectorante, Mucolítico.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al medicamento. Adminístrese con precaución en pacientes con úlcera gástrica.
Solicitud: Solicitud de concepto dentro de la revisión de oficio, toda vez que el titular del registro sanitario el 17/07/2009 presentó respuesta al llamamiento a revisión de oficio para los productos que contienen tartrazina, solicitando un término prudencial para reformular el producto eliminando la tartrazina. Hasta ahora no ha reformulado el producto.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda dar un plazo de 6 meses para la reformulación del producto de la referencia
Expediente: 19937288
Radicado: 9107741 Fecha: 2009/12/15 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Acetaminofén
0,500 g Clorfeniramina maleato 0,002 g Cafeína anhidra
0,005 g
Forma farmacéutica: Gránulos para reconstituir (sobre por 15g)
Indicaciones: Tratamiento sintomático del resfriado común.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a alguno de sus componentes, hipertensión, hipertrofia prostática, cardiopatía severa e hipertiroidismo. Asma, glaucoma y úlcera gástrica. Puede producir somnolencia y por lo tanto disminuye la capacidad de manejar automóvil o maquinaria. Si está embarazada o en período de lactancia consulte a su médico antes de consumir el producto. No se debe ingerir bebidas alcohólicas o sedantes mientras se consume el producto.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 22868 Radicado: 9106009 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Clorfeniramina maleato 50 mg/ 100 mL Forma farmacéutica: Jarabe
Indicaciones: Antihistamínico.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los componentes, terapia concomitante con inhibidores de la MAO. Adminístrese con precaución a pacientes con hipertrofia prostática, asma bronquial, obstrucción píloro-duodenal. No ingerir
bebidas alcohólicas. Puede producir somnolencia, por lo tanto debe evitarse manejar vehículos y ejecutar actividades que requieran ánimo vigilante.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 19948430 Radicado: 9105783 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Acetaminofén
6,5 g; Fenilefrina clorhidrato 0,25 g; Cetirizina diclorhidrato 0,1 g / 100 mL de jarabe Forma farmacéutica: Jarabe
Indicaciones: Tratamiento sintomático del resfriado común
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al medicamento
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 19930336 Radicado: 9103649 Fecha: 2009/11/30
Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Ácido acetilsalicílico 500 mg; cafeína 50 mg
Forma farmacéutica: Tableta
Indicaciones: Analgésico, Antipirético
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los componentes, enfermedad ácido péptica. - adminístrese con precaución a pacientes con insuficiencia hepática o renal.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 46820 Radicado: 9105785 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Extracto de ginkgo biloba (equivalente a 9,6 mg de glicósidos flavonólicos de ginkgo) 40 mg tableta
Forma farmacéutica: Tableta cubierta con película
Indicaciones: Vasodilatador periférico.Coadyuvante en el manejo sintomático de la demencia senil.
Contraindicaciones: No debe utilizarse cuando las arterias presentan alto grado de arteriosclerosis y hayan perdido su capacidad de respuesta.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 19918607 Radicado: 9103447 Fecha: 3011/02/01
Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Extracto estandarizado de ginkgo biloba equivalente a 9,6mg de glicósidos flavónicos 40mg tableta.
Forma farmacéutica: Tableta
Indicaciones: Vasodilatador periférico.
Contraindicaciones: No debe utilizarse cuando las arterias presentan alto grado de arteriosclerosis y hayan perdido su capacidad de respuesta.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora emitir concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto en referencia, emitido en Acta N° 29 del 12/11/2009
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 19924616 Radicado: 9103650 Fecha: 2009/11/30
Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Ginkgo biloba equivalente a 80 mg de ginkgo biloba (flavonoides glicósidos
24% y terpenos lactonados >6%) 86,40000 mg
Forma farmacéutica: Cápsula dura
Indicaciones: Vasodilatador periférico.
Contraindicaciones: No debe utilizarse cuando las arterias presentan alto grado de arteriosclerosis y hayan perdido su capacidad de respuesta.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 19940818 Radicado: 9106032 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Principio activo: Clotrimazol
Forma farmacéutica: Crema vaginal
Indicaciones: Antimicótico de uso vaginal
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al medicamento.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 19943031
Radicado: 9104993 Fecha: 2009/12/03 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Clotrimazol 1 % Forma farmacéutica: Crema vaginal
Indicaciones: Antimicótico vaginal
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al medicamento.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora se sirva emitir concepto final en cuanto a la revisión de oficio para el producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio por lo tanto se recomienda cancelar el registro.
Expediente: 19961776 Radicado: 9105008 Fecha: 2009/12/03 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Clotrimazol Forma farmacéutica: Crema vaginal
Indicaciones: Antimicótico de uso vaginal.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los componentes.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora se sirva emitir concepto final en cuanto a la revisión de oficio para el producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 19951604 Radicado: 9105003 Fecha: 2009/12/03 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Clotrimazol 1,0 g / 100g Forma farmacéutica: Crema vaginal
Indicaciones: Antimicótico vaginal.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los componentes.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 108812 Radicado: 9106034 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Trimebutina base micronizada 1,333 g / 41,66 g de polvo para reconstituir a 100 mL
Forma farmacéutica: Polvo para reconstituir a suspensión oral
Indicaciones: Antiespasmódico, trastornos funcionales digestivos del estómago y del colon: colon irritable, gastralgias, meteorismo, estreñimiento y diarrea.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a la trimebutina, embarazo, lactancia.
Evítese el uso en lactantes.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, se sirvan emitir un concepto final en cuanto a la revisión de oficio del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 108812 Radicado: 9106000 Fecha: 2009/12/09 Interesado: Subdirección de Registros Sanitarios
Composición: Trimebutina base micronizada Forma farmacéutica: polvo para reconstituir a suspensión oral
Indicaciones: Antiespasmódico, trastornos funcionales digestivos del estómago y del colon: colon irritable, gastralgias, meteorismo, estreñimiento y diarrea.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a la trimebutina, embarazo, lactancia.
Evítese el uso en lactantes.
Solicitud: El interesado solicita a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora se sirva emitir concepto final en cuanto a la revisión de oficio para el producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, dado que el interesado no respondió el llamado a revisión de oficio, recomienda cancelar el registro sanitario para el producto de la referencia.
Expediente: 20009618 Radicado: 2009084055 Fecha: 2009/12/09 Interesado: WALTER JIMÉNEZ
Composición: Cada 100 g contiene Alcanfor 5.26 g., mentol 2.82 g., aceite de eucalipto 1.33 g
Forma farmacéutica: Ungüento tópico
Indicaciones: Tratamiento coadyuvante de los síntomas del resfriado común.
Contrairritante, rubefaciente de uso externo, descongestionante nasal.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad al medicamento
Solicitud: Estudio de Recurso de Reposición interpuesto al concepto dado en el Acta No. 47 de 2009 numeral 2.3.7, el interesado solicitó a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, la ampliación de las indicaciones para el producto de la referencia.
En el sentido de que se aprueben las siguientes indicaciones adicionales a las ya aprobadas para el producto en referencia: 1) Ayuda a descongestionar las vías respiratorias facilitando la respiración. 2) Calma la tos y molestias musculares que acompañan el resfriado
El concepto emitido por la Sala en Acta No. 47 de 2009 numeral 2.3.7. fue: “Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda negar la ampliación de las indicaciones solicitadas por el interesado por cuanto estas se encuentran incluidas dentro de las indicaciones ya aprobadas: tratamiento coadyuvante de los síntomas del resfriado común."
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora aclara que el interesado debe incluir en las etiquetas las indicaciones aceptadas en el registro sanitario. Así mismo esta Sala considera que no es pertinente aceptar la ampliación de indicaciones según concepto emitido en el numeral 2.3.7 del Acta No. 47 de 2009.
Pacientes identificados en el radicado No. 2010013893 Cantidad solicitada : 80 cajas por 4 ampollas cada una.
Concentración: 250 mg.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a varios pacientes.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora informa que el producto HEMINA HUMANA (NORMOSANG) 250 mg Ampolla fue incluido como Medicamento Vital No Disponible en el numeral 2.9.1. del Acta No. 02 de 2010. Por lo anterior, esta Sala recomienda autorizar la importación del producto en la cantidad solicitada, mediante el radicado No. 2010013893.
Paciente identificado en el radicado No. 2010012010 Documento de identidad : C.C. 70’082.026.
Cantidad solicitada: 4 ampollas.
Concentración: 250 mg.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora informa que el producto HEMINA HUMANA (NORMOSANG) 250 mg ampolla fue incluido como Medicamento Vital No Disponible en el numeral 2.9.1. del Acta No. 02 de 2010. Por lo anterior, esta Sala recomienda autorizar la importación del producto en la cantidad solicitada (4 ampollas), para el paciente identificado en el radicado No. 2010012010.
Paciente identificado en el radicado No. 2010011155 Documento de identidad : C.C. 1.072’657.476.
Cantidad solicitada: 12 Ampollas.
Concentración: 250 mg.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora informa que el producto HEMINA HUMANA (NORMOSANG) 250 mg ampolla fue incluido como Medicamento Vital No Disponible en el numeral 2.9.1. del Acta No. 02 de 2010. Por lo anterior, esta Sala recomienda autorizar la importación del producto en la cantidad solicitada (12 ampollas), para el paciente identificado en el radicado No. 2010011155.
Paciente identificado en el radicado No. 2010011516 Documento de identidad : C.C. 21’066.035.
Cantidad solicitada: 600 mCi.
Concentración: 150 mCi.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto 177-LUTECIO 150 mCi, cantidad solicitada 4 dosis, 600 mCi, para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010011516.
Paciente identificado en el radicado No. 2010011513 Documento de identidad : C.C. 10’261.663.
Cantidad solicitada: 400 mCi.
Concentración: 100 mCi.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto 177-LUTECIO 100 mCi, cantidad solicitada 4 dosis de 100 mCi (400 mCi), para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010011513.
Paciente identificado en el radicado No. 2010011515 Documento de identidad : C.C. 6’083.475.
Cantidad solicitada: 450 mCi.
Concentración: 150 mCi.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto 177-LUTECIO 150 mCi, cantidad solicitada 3 dosis (450 mCi), para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010011515.
Paciente identificado en el radicado No. 2010011510 Documento de identidad : C.C. 38’940.117.
Cantidad solicitada: 800 mCi.
Concentración: 200 mCi.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto 177-LUTECIO 200 mCi, cantidad solicitada 4 dosis (800 mCi), para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010011510.
Paciente identificado en el radicado No. 2010013764 Documento de identidad : C.C. 41’610.196 Cantidad solicitada: 600 mCi.
Concentración: 200 mCi.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto 177-LUTECIO 200 mCi, cantidad solicitada 3 dosis (600 mCi), para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010013764.
Pacientes identificados en el radicado No. 2010011518 Documento de identidad : C.C. 2’402.899, 2’877.273, 17’011.571, 19’151.713 y 93.947 Cantidad solicitada: 2 generadores de Renio de 500 mCi cada uno.
Concentración: 500 mCi.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a (5) cinco pacientes, cada paciente necesita un dosis de 70 mCi cada 3 meses.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto RENIO 188 500 mCi (2 generadores), para los pacientes citados en el documento radicado con el No. 2010011518.
Paciente identificado en el radicado No. 2010011040 Documento de identidad : C.C. 20’293.814.
Cantidad solicitada: 10 ampollas.
Concentración: 100 mg.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto AZACITIDINA (VIDAZA) 100 mg ampolla, 10 ampollas, para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010011040.
Paciente identificado en el radicado No. 2010011039 Documento de identidad : C.C. 20’728.823.
Cantidad solicitada: 10 Ampollas.
Concentración: 100 mg.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto AZACITIDINA (VIDAZA) 100 mg ampolla, 10 ampollas, para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010011039.
Paciente identificado en el radicado No. 2010011036 Documento de identidad : C.C. 4’449.080.
Cantidad solicitada: 10 Ampollas.
Concentración: 100 mg.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto AZACITIDINA (VIDAZA) 100 mg Ampolla, 10 ampollas, para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010011036.
Paciente identificado en el radicado No. 2010008982 Documento de identidad : C.C. 4’449.080.
Cantidad solicitada: 10 Ampollas.
Concentración: 100 mg.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora conceptúa que para este paciente se recomendó autorizar la importación de 10 ampollas solicitadas mediante radicado No. 10009476, inmediatamente anterior.
Paciente identificado en el radicado No. 2010013858 Documento de identidad : R.C. 1.072’661.719.
Cantidad solicitada: 48 ampollas.
Concentración: 2 mg / mL / 3 mL.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto IDURSULFASE (ELAPRACE) 2 mg / mL / 3 mL., 48 ampollas (tratamiento para un año), para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010013858
Adicionalmente esta Sala recomienda al interesado allegar información científica sobre la eficacia y seguridad del producto para su evaluación y posible inclusión en el listado de Medicamentos Vitales no Disponibles
Paciente identificado en el radicado No. 2010013247 Documento de identidad : C.C. 52’709.847.
Cantidad solicitada: 2 frascos x 120 mL Concentración: 1 mg / 10 mL.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto L-CARNITINA 1 mg /10 mL Solución oral, cantidad 2 frascos x 120 c.c., para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010013247.
Paciente identificado en el radicado No. 2010013233 Documento de identidad : C.C. 88’204.955.
Cantidad solicitada: 270 Tabletas.
Concentración: 100 mg.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto INDOLE 3 CARBINOL 100 mg Tabletas (INDOLE 3), cantidad 270 tabletas, para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010013233.
Adicionalmente esta Sala recomienda al interesado allegar información científica sobre la eficacia y seguridad del producto para su evaluación y posible inclusión en el listado de Medicamentos Vitales no Disponibles
Paciente identificado en el radicado No. 2010004208 Documento de identidad : C.C. 71’680.629.
Cantidad solicitada: 720 Tabletas.
Concentración: 15 mg.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora conceptúa que teniendo en cuenta que la molécula fenilzina sulfato FENELZINA SULFATO 15 mg tableta, es un principio activo ampliamente conocido por esta Sala y en su uso como antidepresivo alternativo, y que estuvo incluida en Normas Farmacológicas, comercializado en diferentes países, recomienda su inclusión en la lista de Medicamentos Vitales no Disponibles el producto.
Por lo anterior, esta Sala recomienda autorizar la importación del producto FENELZINA SULFATO 15 mg tableta en la cantidad solicitada (720 Tabletas), para el paciente identificado en el radicado No. 2010004208.
Pacientes identificados en el radicado No. 2010013327 Cantidad solicitada : 100 cajas por 4 ampollas.
Concentración: 5 mg / mL.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a varios pacientes.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora informa que el producto IBUPROFENO 5 mg / ml solución Inyectable (PEDEA) fue incluido como Medicamento Vital No Disponible en el numeral 2.9.15. del Acta No. 02 de 2010. Por lo anterior esta Sala recomienda autorizar la importación del producto en la cantidad solicitada, en el radicado No. 2010013327.
Paciente identificado en el radicado No. 2010009582 Documento de identidad : C.C. 21’714.384.
Cantidad solicitada: 6 frascos Concentración: 50 mg.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto ELTROMBOPAG (REVOLADE) 50mg, 6 frascos, para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010009582.
Paciente identificado en el radicado No. 2010009127 Documento de identidad : C.C. 66’996.741.
Cantidad solicitada: 4 frascos Concentración: 25 mg
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto REVOLADE (Eltrombopag) 25mg, 4 frascos, para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010009127.
Paciente identificado en el radicado No. 2010011528 Documento de identidad : R.C. A9M0254505.
Cantidad solicitada: 2 ampollas.
Concentración: Vial 5 mL solución 3,750 UI.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto ASPARGINASA PEGILADA 3750 UI ampolla, 2 ampollas, para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010011528.
Paciente identificado en el radicado No. 2010015009 Documento de identidad : C.C. 39’566.538.
Cantidad solicitada: 3 ampollas.
Concentración: 300 mg.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora informa que el producto NATALIZUMAB (TYSABRI) 300 mg ampolla, se encuentra en trámite de registro sanitario. Por lo anterior y dado que el registro sanitario está en proceso, y teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, esta Sala recomienda autorizar la importación del producto en la cantidad solicitada (3 ampollas), para el paciente identificado en el radicado No. 2010015009.
Paciente identificado en el radicado No. 2010014670 Documento de identidad : C.C. 98’345.539.
Cantidad solicitada: 56 ampollas.
Concentración: 300 mg.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto ECULIZUMAB (SOLIRIS) 300 mg ampolla, cantidad 56 ampollas, para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010014670.
Adicionalmente esta Sala recomienda al interesado allegar información científica sobre la eficacia y seguridad del producto para su evaluación y posible inclusión en el listado de Medicamentos Vitales no Disponibles
Paciente identificado en el radicado No. 2010015860 Documento de identidad : R.C. H2R 0253313.
Cantidad solicitada: 80 Tabletas.
Concentración: 20 mg.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto POTASSIUM CHLORIDE 20 mg tabletas (K-LOR), cantidad 80 tabletas, para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010015860.
Paciente identificado en el radicado No. 2010015856 Documento de identidad : R.C. HYQ0252371.
Cantidad solicitada: 1100 Tabletas.
Concentración: 20 mg.
Por tal razón la Subdirección de Registros Sanitarios solicita conceptuar sobre su inclusión como medicamento vital no disponible y autorización para el ingreso del medicamento citado con destino a un paciente.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple las condiciones para ser declarado vital no disponible según el Decreto 481 del 2004. Sin embargo teniendo en cuenta que el derecho a la vida es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Nacional, recomienda la importación del producto POTASSIUM CHLORIDE 20 mg tabletas (K-LOR), cantidad 80 tabletas, para el paciente citado en el documento radicado con el No. 2010015856.
Siendo las 17:00 horas del 24 de febrero de 2010, se dio por terminada la sesión ordinaria y se firma por los que en ella intervinieron:
JORGE OLARTE CARO
GABRIEL TRIBIÑO ESPINOSA Miembro Comisión Revisora
Miembro Comisión Revisora
GUSTAVO ISAZA MEJÍA
JESUALDO FUENTES GONZÁLEZ Miembro Comisión Revisora
Miembro Comisión Revisora
______________________________
OLGA LUCÍA MELO TRUJILLO
NELLY HERRERA PARRA
Miembro Comisión Revisora
Secretaria Ejecutiva Comisión Revisora
Revisó: MARTHA CECILIA RODRÍGUEZ RAMÍREZ, Secretaria Técnica de la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora