SALA ESPECIALIZADA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLÓGICOS DE LA COMISIÓN REVISORA ACTA No. 33 SESIÓN EXTRAORDINARIA - VIRTUAL 27 de noviembre de 2008
ORDEN DEL DÍA
VERIFICACIÓN DE QUÓRUM
TEMAS A TRATAR
2.1. PROTOCOLOS DE INVESTIGACIÓN
2.2. CONSULTAS, ACLARACIONES, OMISIONES, RESPUESTAS NO COMPRENDIDAS POR LOS INTERESADOS, VARIOS
Siendo las 8:00 a. se da inicio a la sesión extraordinaria - virtual de la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora, en la Sala de Juntas de la Subdirección de Medicamentos y Productos Biológicos del INVIMA, previa verificación del quórum:
Secretaria Ejecutiva:
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la información con respecto de la inclusión de la nueva subinvestigadora adicional para el centro 2421 Hospital Pablo Tobón Uribe, doctora Lux Ángela Angarita.
Adicionalmente se permiten solicitar la autorización para importación de los materiales necesarios para la ejecución del estudio (medicamentos de investigación, pasireotide/SOM230 y certificados de análisis. Kits de laboratorio y kits para el envío de tejido tumoral. Cuadro explicativo de procedimiento de laboratorio por visita) y, la exportación de sangre y muestras de tejido tumoral. Solicitan además que en la carta de aprobación del protocolo se mencione que también se aprueba la importación de medicamentos, kits de laboratorio a si como la aprobación para la exportación de muestras de sangre y muestras de tejido tumoral.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda aceptar el protocolo de la referencia y, autorizar la importación de los insumos requeridos y la exportación de muestras para análisis del protocolo de la referencia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la información. Debe informar al Comité de Ética
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acepta la enmienda No. 6 versión 28 de abril de 2008, para el protocolo de la referencia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de los documentos relacionados con el protocolo de la referencia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acepta la enmienda No. 2 de fecha agosto 6 de 2008 del protocolo de la referencia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acepta los nuevos centros:
Carta de aprobación de la enmienda No. 3 versión 1.1, 08 de julio de 2008 al protocolo original versión 4.0, 06 de septiembre de 2007 de los siguientes sitios. Hospital Militar Central y Hospital Mario Correa.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la información con respecto de la aprobación de la enmienda No. 3 versión 1.1, 08 de julio de 2008
Información para el paciente y consentimiento informado estudio Bay 59- 7939/12839, core Colombia V 4.2, 30 mayo de 2008.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de los documentos relacionados con el estudio clínico de la referencia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo del manual del investigador edición 15 para el protocolo de la referencia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la información con respecto del nuevo investigador Dr. Lupi Alejandro Mendoza como nuevo investigador secundario en el sitio Centro Médico Imbanaco para llevar a cabo el estudio de la referencia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda aceptar el protocolo de la referencia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda aceptar el protocolo con los documentos relacionados en el radicado de la referencia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda aceptar el protocolo de la referencia y los documentos relacionados para se rdesarrollado en el Hospital Pablo tobón Uribe con el doctor Andrés Yepes como investigador principal
Adicionalmente recomienda autorizar la exportación de muestras e imágenes diagnósticas para su lectura centralizada en Estados Unidos
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acepta la inclusión de la FUNDACIÓN ABOOD SHAIO como nuevo centro de investigación con el doctor Hernán Mendoza como investigador principal
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la información con respecto de la inclusión de la doctora Verónica Escolar como investigadora secundaria en el sitio de investigación consultorio privado con el Dr. Jose Fernando Molina para el protocolo de la referencia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la información con respecto de la extensión del protocolo de estudio MK 822-004-20 con el doctor Jaime Restrepo como investigador principal
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda aceptar el protocolo de la referencia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la información con respecto del cierre del estudio para el protocolo de la referencia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda aceptar el protocolo de la referencia para su desarrollo en el Hospital San Vicente de Paul – Medellín, Investigador principal Dr. Carlos H. Morales Uribe
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la información con respecto al cierre del estudio de la referencia. Debe enviar informe al Comité de Ética. Se remite al Grupo de Farmacovigilancia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora aplaza el estudio hasta tanto el Comité de Ética apruebe el consentimiento informado del centro de investigación clínica C.I.C.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la información con respecto de la inclusión del Dr. Hernando González Cortina como Investigador primario en el sitio SERVIMED, Investigador secundario el Dr. Alfonso Castillo, para el protocolo de la referencia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la información con respecto de la inclusión de nuevos investigadores relacionados en el radicado de la referencia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la información con respecto del Evento Adverso Serio o reporte de seguridad (CIOMS). Se remite al Grupo de Farmacovigilancia
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la información con respecto del Evento Adverso Serio SAE. Se remite al Grupo de Farmacovigilancia
Radicado: 08061734 Interesado: LASMA MARKETING
Forma farmacéutica: Inyectable y Oral Principio activo: Citrato de cafeína 20mg/mL.
Indicaciones: Tratamiento de la apnea del prematuro
Mediante radicado 08052808 del 08 de septiembre de 2008, el interesado LASMA MARKETING da alcance al radicado No. 08031506 allegado a la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos aprobado por la Comisión Revisora en Acta No. 18 de 2008 numeral 2.2.13., para anexar carta de la asociación Colombiana de neonatología apoyando la incentiva de comercialización del producto en referencia.
Mediante radicado 8061734 de octubre 14 de 2008, LASMA MARKETING, se permite dar respuesta al concepto emitido en el Acta No. 18 de 2008, numeral 2.2.13., (Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda aceptar el producto Citrato de Cafeína inyectable, con la única indicación de “manejo intrahospitalario de la apnea del prematuro”. No se acepta la forma de administración vía oral por cuanto no se presentó evidencia clínica de su utilidad y seguridad) del producto CITRATO DE CAFEÍNA 20mg, esto con el propósito de solicitar la revisión del concepto que refiere a la inclusión en normas farmacológicas.El interesado solicita a la Comisión Revisora, la evaluación farmacológica del producto de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acusa recibo de la información allegada con el radicado 8052808 y recomienda aceptar el producto Citrato de cafeína 20mg vía oral
Indicaciones: Tratamiento de la apnea del prematuro
Contraindicaciones y advertencias: Hipersensibilidad a los componentes, epilepsia, taquiarritmias, infarto cardiaco, enfermedad cardiovascular, función renal y hepática disminuida.
Expediente: 19993896 / 19993897 Radicado: 08042902 Interesado: BOEHRINGER INGELHEIM S.A.
Forma farmacéutica: Cápsulas duras Composición: Cada cápsula contiene 75mg y 110mg de dabigatrán etexilato, respectivamente
Indicaciones: Anticoagulante en prevención de eventos venosos tromboembólicos en pacientes que requieran cirugía ortopédica mayor.
Contraindicaciones y advertencias: Hipersensibilidad conocida al dabigatran o a cualquiera de los excipientes del producto. Pacientes con insuficiencia renal severa (depuración de creatinina < 30ml/min). Manifestaciones hemorrágicas, pacientes con una diatesis hemorrágica, ó pacientes con insuficiencia hemostática espontánea o farmacológica. Lesiones orgánicas con riesgo significativo de sangrado, incluyendo ACV hemorrágico en los últimos 6 meses. Pacientes con intervención espinal ó catéter epidural y durante la primera hora después de su remoción.
El interesado solicita a la Comisión Revisora, autorización de inserto para los productos de la referencia.
En Acta No. 21 de 2008, Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda aceptar el inserto para los productos de la referencia. Posteriormente mediante radicado 8048518 el interesado da alcance al radicado 8042902 para que se reemplace el inserto de esa radicación por el que se adjunta al radicado 8048518, para su aprobación. Las diferencias radican en que el inserto adjunto es el resultado de un proceso de armonización entre Chile, Venezuela y Colombia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora acepta el inserto internacional. Para el producto de la referencia.
Expediente: 19992306 Radicado: 2008047337 Interesado: DABUR PHARMA LTD. Con domicilio en Bari, Dist. Solan, India
Forma farmacéutica: Solución concentrada para infusión intravenosa Composición: Cada mL de solución contiene Topotecan clorhidrato equivalente a 1 mg de Topotecan. (Presentación: vial por 4 mL).
Indicaciones: En el tratamiento de pacientes con carcinoma metastásico de ovario después de fracasar el tratamiento inicial o subsecuente. Parra el tratamiento de cáncer cervicouterino en estadio IV B recurrente o persistente, demostrado histológicamente el cual no es sensible al tratamiento curativo con cirugía y/o radioterapia. Cáncer de pulmón de células pequeñas.
Contraindicaciones y advertencias: Hipersensibilidad al producto, embarazo, lactancia, niños o pacientes con severa depresión de la médula ósea. Se ha asociado extravasación inadvertente con el producto solo con reacciones locales leves como eritema.
El Grupo de Medicamentos de la Subdirección de Registros Sanitarios solicita la inclusión en normas farmacológicas de la nueva forma farmacéutica del producto de la referencia.
Además se solicita confirmar las indicaciones, contraindicaciones y advertencias y conceptuar sobre la información farmacológica allegada.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda aprobar las indicaciones, contraindicaciones y advertencias
Indicaciones: En el tratamiento de pacientes con carcinoma metastásico de ovario después de fracasar el tratamiento inicial o subsecuente. Para el tratamiento de cáncer cervicouterino en estadio IV B recurrente o persistente, demostrado histológicamente el cual no es sensible al tratamiento curativo con cirugía y/o radioterapia. Cáncer de pulmón de células pequeñas.
Contraindicaciones y advertencias: Hipersensibilidad al producto, embarazo, lactancia, niños o pacientes con severa depresión de la médula ósea. Se ha asociado extravasación inadvertente con el producto solo con reacciones locales leves como eritema.
Norma farmacológica: 6.0.0.0.N10
Radicado: 08054328 del 15 de septiembre de 2008 Interesado: GlaxoSmithkline Colombia S.A.
Forma Farmacéutica: Tabletas.
Composición: Cada tableta contiene ambrisentan 5 y 10mg respectivamente
Indicaciones: Tratamiento de la hipertensión pulmonar (HTP) clasificada por la Organización Mundial de la Salud como clase II y III para mejorar la capacidad del ejercicio, disminuir los síntomas de HTTP y retrasar lo empeoramiento clínico.
Contraindicaciones y Advertencias: No administrar a mujeres embarazadas porque puede causar daño fetal. Se ha observado disminución de hemoglobina en las primeras semanas. Se debe determinar valores de hemoglobina al inicio, al mes y después, periódicamente. Se debe evaluar la función hepática antes de la iniciación de ambrisetan.
Se recomienda monitoreo mensual de las aminotransferasas Moderado edema periférico.
Mediante radicado 08054328 del 15 de septiembre de 2008, el interesado, GSK GLAXOSMITHHKLINE, da respuesta a requerimiento de Comisión Revisora de Medicamentos, de acuerdo al concepto emitido en el acta 15 /2008 numeral 2.1.1.: “Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora conceptúa que el interesado debe presentar los estudios preclínicos los cuales no adjuntó; además debe presentar estudios clínicos publicados. Lo anterior por tratarse de un producto nuevo que debe evaluarse de acuerdo con el Decreto No. 677 de 1995.” El interesado aclara que el producto, VOLIBRIS, ya se encuentra aprobado por la FDA y la EMEA, cartas adjuntas en el expediente original adicionalmente adjunta los documentos que deben formar parte de la documentación de protección a la date de acuerdo al decreto 2085/2002.
Agradecen su gentil atención en lo siguiente:
Que la molécula “Ambrisentan” reúne los requisitos para ser considerada nueva entidad química.
Que se ordene la inclusión en normas farmacológicas después de que sea concedido el registro sanitario y se haya reconocido el tiempo de protección.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda aprobar el producto de la referencia. Debe otorgarse la protección por el Decreto No. 2085 de 2002, como nueva entidad química, una vez concedido el registro sanitario. Debe presentar informes de farmacovigilancia periódicamente.
Condición de venta: Venta con fórmula médica
Norma farmacológica 7.9.0.0.N90
.
GLUCOPHAGE XR® 500/750mg
Radicado: 08052787 Interesado: MERCK
Forma farmacéutica: Tabletas lacadas y tabletas de liberación prolongada.
Principio activo: cada tableta lacada contiene metformina clorhidrato 500/850/1000mg.
Cada tableta de liberación prolongada contiene metformina clorhidrato 500/750mg
Indicaciones: Coadyuvante en el tratamiento de la diabetes mellitus tipo 2 en pacientes adultos y pediátricos que no responden a medidas generales de dieta, ejercicio y sulfonilurea. Coadyuvante en el manejo de diabetes tipo 1 (insulina dependientes), según criterio del especialista. Coadyuvante en el síndrome de ovario poliquístico.
Contraindicaciones y advertencias: hipersensibilidad al medicamento. Alcoholismo crónico o agudo, embarazo, insuficiencia renal y/o cardiovascular. Anorexia, nausea, diarrea. Su uso requiere chequeo periódico de lactato sanguíneo.
Nuevas Indicaciones: El potencial de la metformina para la prevención de la diabetes.
El interesado solicita a la Comisión Revisora de Medicamentos, ampliación de indicaciones para los productos de la referencia.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda negar la ampliación de la indicación solicitada por el interesado, por cuanto se requieren más estudios clínicos con mayor casuística y a más largo plazo que permitan evaaluar mejor el impacto riesgo beneficio y costo/beneficio de la intervención farmacológica versus la no farmacológica en este tipo de pacientes. El clínico determinará, según los factores de riesgo y el estilo de vida del paciente, la necesidad o no de añadir un medicamento al manejo no farmacológico
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora considera que el producto de la referencia no cumple los criterios de inclusión para ser declarado medicamento vital no disponible según lo estipulado en el Decreto 481 de 2004.
Revisada la documentación allegada, la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora recomienda ajustar las contraindicaciones y advertencias, con lo indicado en el Acta No. 22 de julio de 2006
Siendo las 15:00 horas del 27 de noviembre de 2008, se dio por terminada la sesión extraordinaria y se firma por los que en ella intervinieron:
JORGE OLARTE CARO
GABRIEL TRIBIÑO ESPINOSA Miembro Comisión Revisora
Miembro Comisión Revisora
GUSTAVO ISAZA MEJÍA
JESUALDO FUENTES GONZÁLEZ Miembro Comisión Revisora
Miembro Comisión Revisora
OLGA LUCÍA MELO TRUJILLO
NELLY HERRERA PARRA
Miembro Comisión Revisora
Secretaria Ejecutiva Comisión Revisora
Revisó: MARTHA CECILIA RODRÍGUEZ RAMÍREZ, Secretaria Técnica de la Sala Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos de la Comisión Revisora