ACTA 07 MARZO 2003 LA SUSCRITA SECRETARIA EJECUTIVA DE LA SALA ESPECIALIZADA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLOGICOS DE LA COMISION REVISORA
En atención a que en acta No. 07 del 19 de Marzo del 2003, se tienen unos conceptos y recomendaciones a solicitudes por parte de usuarios y que mediante Resolución No. 2003005138 del 21 de Marzo de 2003, la Dirección General del INVIMA en uso de las facultades legales que el Decreto 1290 de 1994, el Decreto 123 de 1995 y el Decreto 000936 de 1996 le otorgan, adopta los siguientes numerales del acta en referencia
CERTIFICA
Asistieron a la reunión los doctores:
Jesualdo Fuentes González Gustavo Isaza Mejía Roberto Lozano Oliveros Jorge Olarte Caro Adriana Zamora Suárez
REFERENCIA: Consulta sobre la acción de cumplimiento presentada ante el Invima sobre el Acta 20 de 1998, numeral 2.5.1 de la Comisión Revisora, en la que recomendaban que los productos que tengan como principio activo glimepirida deben presentar estudios de biodisponibilidad o bioequivalencia.
La Comisión Revisora se ratifica en la decisión adoptada en el Acta 20 de 1998, numeral 2.5.1, por lo tanto, los productos con el principio activo de glimepirida deben presentar estudios de biodisponibilidad o de bioequivalencia con sus correspondientes formulaciones. Esta información debe ser enviada a la Comisión Revisora para su evaluación.
Debido a reportes internacionales acerca de fallas terapéuticas de hipoglicemiantes orales y dado lo crítico de la enfermedad en que se emplean estos medicamentos, la Comisión Revisora ratifica la llamada a revisión de oficio con el fin de evaluar su formulación farmacéutica con estudios de biodisponibilidad o de bioequivalencia. El tiempo para presentar estos estudios será de 1 año a partir de la fecha de llamada a revisión de oficio.
RADICACIÓN: 6743 de Marzo 3 de 2003.
INTERESADO: Novartis de Colombia S.A.
El interesado allega información correspondiente a la enmienda No. 3 para el siguiente protocolo: “A multinational, randomized, doubleblind, placebo-controlled, forced-titration, 2 x 2 factorial design study of the efficacy and safety of long term administration of nateglinide and valsartan in the prevention of diabetes and cardiovascular outcomes in subjects with impaired glucose tolerance (IGT)”.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la enmienda al protocolo.
RADICACION: 6011 de Febrero 24 de 2003.
INTERESADO: Schering Colombiana S.A.
El interesado allega información correspondiente a la inclusión del Hospital Occidente de Kennedy, y de los doctores Alejandro Rodríguez y Luz Ángela Torres como investigadores en dicho centro para el desarrollo del protocolo: “Evaluación de la eficacia y tolerancia de la aplicación diaria de un óvulo vaginal que contiene 750 mg de metronidazol y 200 mg de miconazol, por 7 días en el tratamiento de la vaginitis por cándida, tricomona, bacteriana o mixta”.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la inclusión del nuevo centro y de los investigadores.
RADICACION: 5515 de Febrero 20 de 2003.
INTERESADO: Novartis de Colombia S.A.
El interesado allega información correspondiente a la enmienda 02 para el siguiente protocolo: “A prospective, open label, multicenter, international protocol to assess the safety and efficacy of Myfortic™ (ERL080A) in kidney transplant recipients”.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la enmienda al protocolo.
RADICACION: 5101 de Febrero 18 de 2003.
INTERESADO: AstraZeneca Colombia S.A.
El interesado allega información para dar respuesta a concepto de la Comisión Revisora en acta 37/2002 para el siguiente protocolo:
“Estudio abierto, randomizado, de grupo paralelo, multicéntrico, para comparar la eficacia y seguridad de rosuvastatina 10 mg, una vez al día, y atorvastatina 10 mg, una vez al día, en pacientes con hipercolesterolemia tipo IIa y IIb”.
Una vez revisada la información presentada sobre Comités de Ética y las hojas de vida, la Comisión Revisora acepta el protocolo.
RADICACION: 5735 de Febrero 21 de 2003.
INTERESADO: ASEMARCAS.
El interesado allega edición 3 del Investigator`s Brochure para el siguiente protocolo: “Estudio doble ciego, aleatorizado, con control placebo, de tres rangos de dosis (5 mg, 10 mg y 20 mg placebo) para evaluar la eficacia, seguridad y tolerancia de TAK-370 en sujetos con GERD, con regurgitación predominante”.
La Comisión Revisora acusa recibo de la Edición 3 Investigator`s Brochure del protocolo.
RADICACIÓN: 5731 de Febrero 21 de 2003.
INTERESADO: ASEMARCAS.
El interesado allega información correspondiente a la enmienda de fecha 24 de abril de 2002, y solicita aprobación de dos nuevos centros de investigación Centro Médico Las Nieves y Clínica de las Américas para el desarrollo del siguiente protocolo: “Estudio doble ciego, controlado con placebo, randomizado, multicéntrico, para evaluar la seguridad y eficacia de 2 mg tres veces por día de Cilansetron durante 12 semanas, seguido de un periodo de tratamiento re-randomizado de 4 semanas en sujetos con síndrome de colon irritable con predominio de diarrea”.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la enmienda al protocolo y la inclusión de los nuevos centros.
RADICACION: 5727 de Febrero 21 de 2003.
INTERESADO: ASEMARCAS.
El interesado allega información correspondiente a la enmienda No. 1 de enero 21 de 2003 para el siguiente protocolo: “Estudio doble ciego, aleatorizado, con control placebo, de tres rangos de dosis (5 mg, 10 mg y 20 mg placebo) para evaluar la eficacia, seguridad y tolerancia de TAK-370 en sujetos con GERD, con regurgitación predominante”.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la enmienda al protocolo.
RADICACIÓN: 7069 de Marzo 5 de 2003.
INTERESADO: Glaxo Smithkline Colombia S.A.
El interesado solicita evaluación y concepto para el siguiente protocolo: “Estudio de fase III, doble ciego, randomizado, controlaco con placebo, para evaluar la consistencia clínica de tres lotes de producción de las vacunas de rotavirus humano vivo atenuado (RVH) de GSK Biologicals, en términos de inmunogenicidad y seguridad, cuando se administran a infantes sanos de 2 a 4 meses de edad”.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta el protocolo.
RADICACIÓN: 7064 de Marzo 5 de 2003.
INTERESADO: Eli Lilly Interamérica Inc.
El interesado solicita evaluación y concepto para el siguiente protocolo: “Cambio de citrato de sildenafil a tadalafil en el tratamiento de la disfunción eréctil: evaluación multinacional de preferencia del tratamiento”.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta el protocolo.
RADICACIÓN: 7072 de Marzo 5 de 2003.
INTERESADO: Schering Plough S.A.
El interesado da respuesta a concepto de la Comisión Revisora en acta 37/2002, allegando carta de aprobación del Comité de Ética de la Clínica Medellín y, adicionalmente, solicita la inclusión de 5 nuevos centros Unidad Otorrinolaringológica del Country, Policlínico del Olaya, Centro Médico Imbanaco, Clínica Valle de Lili y Fundación Ética Médica en Investigación Clínica, para el desarrollo del siguiente protocolo: “Eficacia y seguridad de 200 mcg 1 vez / día o 200 mcg 2 veces / día de furoato de mometasona en aerosol nasal (MFNS) en comparación con amoxacilina y placebo como tratamiento primario en sujetos con rinosinusitis aguda”.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acusa recibo de la carta de respuesta solicitada por la Comisión Revisora en Acta 32 del 2002, y acepta los nuevos centros. Se acepta el protocolo.
RADICACIÓN: 311 de Enero 8 de 2003.
INTERESADO: Pharmacia Inter-American Corporation
El interesado allega información para dar respuesta a concepto de la Comisión Revisora en acta 34/2002, para el siguiente protocolo: “Open label, long term, flexible dose of safety, tolerability, and therapeutic response in patients with Parkinson`s disease”.
ANTECEDENTE: en acta 34/2002: Teniendo en cuenta la exigencias de la última Declaración de Helsinki (Octubre de 2000) anexada por el interesado, la Comisión Revisora considera que el medicamento debe ser evaluado contra otro producto análogo de actividad demostrada y no contra placebo. Por lo tanto, no se aprueba.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora considera adecuada la respuesta dada por el interesado, y acepta el protocolo.
RADICACIÓN: 7829 de Marzo 12 de 2003.
INTERESADO: SIPLAS Research Organization S.A.
El interesado allega información para dar respuesta a concepto de la Comisión Revisora en acta 01/2003 para el siguiente protocolo: ““A phase II, double blind, randomized, placebo-controlled study of the efficacy, safety and tolerability of MCC-135 comparing QD vs BID doses in subjects with congestive Herat failure, NYHA clase II/III”.
ANTECEDENTE: en acta 01/2003: “Debe aclarar la utilización de placebo en un estudio fase II y en la patología propuesta, de acuerdo con la Declaración de Helsinki del 2000, numerales 29 y 30.
Falta la hoja de vida del investigador principal”.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora considera adecuada la respuesta dada por el interesado, y acepta el protocolo.
EXPEDIENTE: 230660
INTERESADO: Hoechst Marion Roussel, Inc.
FORMA FARMACEUTICA
Tableta recubierta
PRINCIPIO ACTIVO
Cada tableta recubierta contiene leflunomida 100 mg
INDICACIONES
Tratamiento de la artritis reumatoidea activa en adultos.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a la leflunomida o a cualquiera de los componentes del producto. Embarazo (puede causar daños en el feto cuando se administra a la mujer gestante), lactancia y menores de 18 años.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 40916
INTERESADO: GlaxoSmithkline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Suspensión oral.
COMPOSICIÓN
Cada 100 mL contienen sulfametoxazol 4,000 g y trimetoprim 0,800 g.
INDICACIONES
Infección del tracto genitourinario y respiratorio producidas por gérmenes sensibles al sulfametoxazol y trimetoprim.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a los componentes, recién nacidos, embarazo, insuficiencia hepática y renal. Úsese con precaución en pacientes con discrasias sanguíneas.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 46263
INTERESADO: GlaxoSmithkline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tableta.
COMPOSICIÓN
Cada tableta contiene busulfano 2 mg.
INDICACIONES
Antineoplásico.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Embarazo. Úsese bajo estricta vigilancia y control médico.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 208099
INTERESADO: GlaxoSmithKline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Solución inyectable.
COMPOSICIÓN
Cada ampolla por 5 ml contiene besilato de cisatracurio, equivalente a cisatracurio base 10 mg.
INDICACIONES
Es un agente bloqueador neuromuscular no despolarizante de duración intermedia para administración intramuscular, la inyección está indicada para ser utilizada durante procedimientos quirúrgicos y otros y en cuidados intensivos. Se usa como adjunto de la anestesia general, o de la sedación en la unidad de cuidado intensivo para relajar la musculatura esquelética y para facilitar la intubación traqueal y la ventilación mecánica.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Contraindicado en pacientes con hipersensibilidad conocida al cisatracurio, el tracurium o el ácido bacenosulfónico. Se debe tener gran precaución cuando se administre el producto en pacientes que han mostrado hipersensibilidad alérgica a otros agentes bloqueadores neuromusculares debido a que se han reportado la existencia de reacciones cruzadas entre los agentes bloqueadores neuromusculares, los pacientes con miastemia gravis y otras formas de enfermedades neuromusculares han mostrado una sensibilida grandemente aumentada a los agentes bloqueadores, no despolarizantes, se puede incrementar o disminuir la sensibilidad de los agentes bloqueadores neuromusculares en pacientes con anormalidades en los electrolitos séricos y/o un disbalance severo del equilibrio ácido básico. Embarazo y lactancia.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 201175
INTERESADO: AstraZeneca Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tableta.
COMPOSICIÓN
Cada tableta contiene Tamoxifeno citrato equivalente a Tamoxifeno base 20 mg.
INDICACIONES
Carcinoma de glándula mamaria hormono-dependiente.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Embarazo presunto o diagnosticado.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 29685
INTERESADO: GlaxoSmithKline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tabletas.
COMPOSICIÓN
Cada tableta contiene griseofulvina 500 mg.
INDICACIONES
Antimicótico.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad al medicamento, embarazo, pacientes con porfiria y falla hepática.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 38731
INTERESADO: GlaxoSmithKline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Suspensión nasal.
COMPOSICIÓN
Cada 100 gramos contiene beclometasona dipropionato monohidrato 50 mg.
INDICACIONES
Profilaxis y tratamiento de la rinitis alérgica.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a los componentes, tuberculosis pulmonar activa o quiescente, embarazo.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora solicita que incluya en las contraindicaciones y advertencias tuberculosis pulmonar activa o quiescente.
EXPEDIENTE: 26967
INTERESADO: GlaxoSmithkline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tabletas.
COMPOSICIÓN
Cada tableta contiene sulfametoxazol 800 mg y trimetoprim 160 mg.
INDICACIONES
Infección del tracto genitourinario y respiratorio producidas por gérmenes sensibles al sulfametoxazol y trimetoprim.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a los componentes, recién nacidos, embarazo, insuficiencia hepática y renal. Úsese con precaución en pacientes con discrasias sanguíneas.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 19258
INTERESADO: GlaxoSmithKline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tableta.
COMPOSICIÓN
Cada tableta contiene ranitidina clorhidrato 150 mg.
INDICACIONES
Tratamiento de úlcera gástrica y duodenal.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Insuficiencia renal. Debe evitarse su administración durante el embarazo y la lactancia, a menos que sea esencial hacerlo, no debe administrarse a menores de seis años de edad.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 230658
INTERESADO: Aventis Pharma S.A.
FORMA FARMACEUTICA
Tabletas recubierta.
COMPOSICION
Cada tableta recubierta contiene leflunomida 20 mg
INDICACIONES
Tratamiento de la artritis reumatoidea activa en adultos.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a la leflunomida o a cualquiera de los componentes del producto. Embarazo (puede causar daños en el feto cuando se administra a la mujer gestante). Lactancia y menores de 18 años.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 209244
INTERESADO: GlaxoSmithKline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tableta.
COMPOSICIÓN
Cada tableta contiene amoxacilina 875 mg., ácido clavulánico 125 mg.
INDICACIONES
Infecciones producidas por gérmenes sensibles a la amoxicilina.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a las penicilinas y/o cefalosporinas. Adminístrese con precaución a pacientes con insuficiencia renal.
El grupo técnico de medicamentos de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información actualizada para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 32566
INTERESADO: GlaxoSmithKline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tableta recubierta.
COMPOSICIÓN
Cada tableta contiene amoxacilina 500 mg., ácido clavulánico 125 mg.
INDICACIONES
Infecciones producidas por gérmenes sensibles a la amoxicilina.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a las penicilinas y/o cefalosporinas. Adminístrese con precaución a pacientes con insuficiencia renal.
El grupo técnico de medicamentos de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información actualizada para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE 19918905
INTERESADO: AstraZeneca Colombia S.A.
FORMA FARMACEUTICA
Polvo para inhalación
PRINCIPIOS ACTIVOS
Cada dosis contiene: budesonida 80 mcg y fumarato de formoterol 4.5 mcg.
INDICACIONES
Indicado para el tratamiento regular del asma, cuando conviene utilizar una combinación (un corticosteroide y un agonista beta de acción prolongada inhalados) en:
Pacientes que no han logrado un control adecuado con cortocosteroides inhalados y agonista beta2 de acción corta inhalados “según las necesidades”, o pacientes que no han logrado un control adecuado con corticosteroides y agonistas beta2 de acción corta prolongada inhalados.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a la budesonida, al formoterol o la lactosa inahalada. Se recomienda reducir la dosis paulatinamente al suspender el tratamiento. El tratamiento no debe comenzarse durante una exacerbación. Administrar con precaución a los pacientes con tirotoxicosis, feocromomocitoma, diabetes mellitus, hipopotasemia no tratada y cardiomiopatía obstructiva hipertrófica, estenosis aórtica subvalvular idiopática, hipertensión severa, aneurisma y otros trastornos cardiovaculares graves tales como cardiopatía isquémica arritmías o insuficiencia cardiaca severa. Debe tenerse precaución al tratarse pacientes con una prolongación del intervalo QTc. El tratamiento comcomitante con derivados xantínicos, esteroides y diuréticos puede potenciar el efecto hipopotasémico, por lo que deben vigilarse las concentraciones séricas de potasio durante el tratamiento del asma severa aguda. Debe evitarse el tratamiento concomitante con el ketoconazol u otros potentes inhibidores de la enzima CYP3A.
El grupo técnico de medicamentos de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información actualizada para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 58453
INTERESADO: GlaxoSmithKline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tableta efervescente.
COMPOSICIÓN
Cada tableta eferevescente contiene ranitidina clorhidrato equivalente a ranitidina base 150 mg.
INDICACIONES
Tratamiento de úlcera gástrica y duodenal.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Insuficiencia renal. Debe evitarse su administración durante el embarazo y la lactancia, a menos que sea esencial hacerlo, no debe administrarse a menores de seis años de edad.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 39300
INTERESADO: AztraZeneca Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tableta.
COMPOSICIÓN
Cada tableta contiene: Tamoxifeno citrato 45,2 mg, equivalente a Tamoxifeno base 10 mg.
INDICACIONES
Carcinoma de glándula mamaria hormono-dependiente.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Embarazo presunto o diagnosticado.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 46356
INTERESADO: GlaxoSmithKline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tableta.
COMPOSICIÓN
Cada tableta contiene sulfametoxazol 400 mg y trimpetoprim 80 mg.
INDICACIONES
Infección del tracto genitourinario y respiratorio producidas por gérmenes sensibles al sulfametoxazol y trimetoprima.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a los componentes, recién nacidos, embarazo, insuficiencia hepática y renal. Úsese con precaución en pacientes con discrasias sanguíneas.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 226404
INTERESADO: GlaxoSmithKline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tabletas con cubierta entérica.
COMPOSICIÓN
Cada tableta contiene ácido acetil salicílico 100 mg.
INDICACIONES
Inhibidor de la agregación plaquetaria.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a los salicilatos. Adminístrese con precaución en pacientes con insuficiencia renal o con enfermedad ácido péptica.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 40116
INTERESADO: Aventis Pharma S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Cápsula.
COMPOSICIÓN
Cada cápsula contiene ramipril 10 mg.
INDICACIONES
Coadyuvante en el tratamiento de la hipertensión arterial esencial.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad al medicamento, embarazo y lactancia, niños menores de doce años, nefropatías, insuficiencia hepática e hiperkalemia; en pacientes con insuficiencia renal debe hacerse ajuste de la dosis.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora conceptúa que las indicaciones deben ajustarse al registro sanitario, o sustentar la ampliación de dichas indicaciones para que pueda solicitar la inclusión de las mismas en el registro sanitario.
EXPEDIENTE: 25286
INTERESADO: GlaxoSmithkline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tableta.
COMPOSICIÓN
Cada tableta contiene ranitidina clorhidrato equivalente a ranitidina base 300 mg.
INDICACIONES
Tratamiento de úlcera gástrica y duodenal.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Insuficiencia renal, debe evitarse su administración durante el embarazo y la lactancia, a menos que sea esencial hacerlo. No debe administrarse a menores de seis años de edad.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 33485
INTERESADO: GlaxoSmithkline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Jarabe.
COMPOSICIÓN
Cada 100 ml contienen ranitidina clorhidrato equivalente a ranitidina 1.5 g.
INDICACIONES
Tratamiento de úlcera gástrica y duodenal.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Insuficiencia renal, debe evitarse su administración durante el embarazo y la lactancia, a menos que sea esencial hacerlo. No debe administrarse a menores de seis años de edad.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 33250
INTERESADO: GlaxoSmithkline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Solución para nebulización.
COMPOSICIÓN
Cada 100 ml contiene salbutamol sulfato equivalente a salbutamol base 0.50 g.
INDICACIONES
Broncodilatador.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Primer trimestre del embarazo. Úsese con precaución en pacientes con hipertensión, insuficiencia cardiaca, o tirotoxicosis.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora conceptúa que se debe agregar en contraindicaciones y advertencias hipertensión arterial, , insuficiencia cardiaca, y diabetes mellitus.
EXPEDIENTE: 19903917
INTERESADO: AMERSHAM PLC.
FORMA FARMACÉUTICA
Solución inyectable.
COMPOSICIÓN
Cada ml de solución contiene cloruro de iobenguane (1.31) 9.25-18.5 MBq/mL (0.05-0.5 mg).
INDICACIONES
Scintigrafía de médula adrenal para diagnóstico de feocromocitoma, neuroblastoma e hiperplasia de médula adrenal.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Embarazo, lactancia y niños menores de 18 años.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada, la cual incluye un protocolo de bloqueo de tiroides en el SPC y folleto técnico para el producto.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 19904123
INTERESADO: GlaxoSmithkline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tableta.
COMPOSICIÓN
Cada tableta contiene abacavir sulfato 300 mg.
INDICACIONES
Terapia antirretrovial combinada para el tratamiento de adultos y niños infectados con el virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH).
CONTRAINDICACIONES
Hipersensibilidad a cualquiera de los componentes del preparado.
ADVERTENCIAS Y PRECAUCIONES
Reacciones de hipersensibilidad. Acidosis láctica, normalmente asociada con hepatomegalia grave y esteatosis hepática, su uso concomitante con alcohol puede aumentar las concentraciones plasmaticas del abacavir. La administración del producto en el embarazo solo debe considerarse si el beneficio para la madre compensa el posible riesgo para el feto. Se recomienda que las madres que estén en tratamiento no amamanten a sus hijos.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 26968
INTERESADO: GlaxoSmithkline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Suspensión.
COMPOSICIÓN
Cada 100 mL contienen sulfametoxazol 8 g., trimetropim 1.6 g.
INDICACIONES
Infecciones del tracto genitourinario y respiratorio causadas por gérmenes sensibles al sulfametoxazol y trimetroprim.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a los componentes, recién nacidos, embarazo, insuficiencia hepática y/o renal. Adminístrese con precaución en pacientes con discracias sanguíneas. Medicación sintomática del resfriado común.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir
EXPEDIENTE: 19933
INTERESADO: GlaxoSmithKline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Solución inyectable.
COMPOSICIÓN
Cada ampolla de 2 mL contiene ranitidina clorhidrato 50 mg.
INDICACIONES
Tratamiento de úlcera gástrica y duodenal.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Insuficiencia renal, debe evitarse su administración durante el embarazo y la lactancia, a menos que sea esencial hacerlo. No debe administrarse a menores de seis años.
El grupo técnico de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información para prescribir presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora considera que debe especificar las indicaciones para la forma farmacéutica inyectable.
EXPEDIENTE: 40198
RADICACIÓN: 5312 de Febrero 19 de 2003.
INTERESADO: Sanofi Synthelabo de Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Solución inyectable.
COMPOSICIÓN
Cada ml contiene lactato de milrinona equivalente a milrinona 1 mg.
INDICACIONES
Tratamiento de la insuficiencia cardiaca congestiva.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad al medicamento, pacientes con enfermedad obstructiva valvular ; miocarditis activa, cardiopatía amiloidea, enfermedad tiroidea no tratada, enfermedad pulmonar severa sintomática, enfermedad hepática severa, fibrilación ventricular, taquicardia ventricular no tratada.
El interesado allega actualización de información para prescribir para su respectiva evaluación y concepto.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir
EXPEDIENTE: 54937
INTERESADO: GlaxoSmithkline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tabletas.
COMPOSICIÓN
Cada tableta contiene ranitidina bismuto citrato 400 mg.
INDICACIONES
Tratamiento de úlcera duodenal y úlcera gástrica benigna.
Erradicación de Helicobacter pylori y prevención de recaída de úlcera duodenal cuando se administra en combinación con amoxicilina o claritromicina.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a cualquiera de los componentes. Terapias a largo plazo(tratamiento de mantenimiento). No deben indicarse en pacientes con insuficiencia renal severa y debe evitarse en pacientes con antecedentes de porfiria aguda.
El grupo técnico de medicamentos de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información prescriptiva presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 24051
INTERESADO: GlaxoSmithkline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Polvo para solución inyectable.
COMPOSICIÓN
Cada frasco vial contiene pentahidrato de ceftazidima equivalente a Ceftazidima 1 g.
INDICACIONES
Alternativa en infecciones por pseudomonas SPP y otros microorganismos del tipo de Prorteus y enterobacteriaceas.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a la ceftazidima y otras cefalosporinas, adminístrese con precaución en embarazo, lactancia, niños menores de doce años de edad. Insuficiencia renal. Puede producir reacciones de hipersensibilidad cruzada con las penicilinas.
El grupo técnico de medicamentos de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información prescriptiva presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
EXPEDIENTE: 9444
INTERESADO: GlaxoSmithkline Colombia S.A.
FORMA FARMACÉUTICA
Tableta.
COMPOSICIÓN
Cada tableta contiene valaciclovir clorhidrato equivalente a valaciclovir 500 mg.
INDICACIONES
Tratamiento alternativode herpes zoster. “profilaxis o prevención de la infección por citomegalovirus CMV.
CONTRAINDICACIONES
Hipersensibilidad al medicamento o cualquier componente de su formulación, embarazo y lactancia.
ADVERTENCIAS
Usarse con precaución en pacientes con disfunción renal. Puede producir somnolencia por lo tanto se debe utilizar con precaución en pacientes que deben mantener el animo vigilante.
El grupo técnico de medicamentos de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la información prescriptiva presentada.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora conceptúa que el interesado debe presentar estudio de biodisponibilidad teniendo en cuenta la forma farmacéutica solicitada.
Analizados los principios activos, sus concentraciones y las dosis, la Comisión Revisora conceptúa que el producto puede aceptarse como suplemento vitamínico.
RADICACIÓN: 2003000759
El grupo técnico de medicamentos de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre el producto de la referencia en el cual se presenta como principio activo yodopovidona 11 g y como excipiente nonoxinol 19 moles 0.16 g.
Adicionalmente, se solicita establecer si el nonoxinol debe ser considerado como principio activo.
Las concentraciones del principio activo (yodopolividona) están dentro del rango aceptadas por las farmacopeas, por lo tanto se acepta el producto. El nonoxinol no es un principio activo sino un excipiente.
Una vez revisada la información, la Comisión Revisora acepta la información para prescribir.
Una vez revisada la información, la Comisión Revisora que no hay ningún mérito para llamar a revisión de oficio el producto.
Adicionalmente, solicita se le aclare si los productos “Timerosal tintura” y “Timerosal incoloro” pueden ser amparados bajo un mismo registro sanitario.
Una vez revisada la información, la Comisión Revisora conceptúa que la Violeta de Genciana se incluirá en la lista de los productos contemplados en el numeral 2.1.32 del Acta 17 de 2002. Así mismo, considera que cada producto requiere de registros sanitarios independientes.
“controla el apetito combatiendo por consiguiente la obesidad” y “produce pérdida de peso de manera natural”.
Una vez revisada la información, la Comisión Revisora conceptúa que la decisión de aprobar o no un producto se realiza cuando el Invima estudia la documentación preclínica y clínica exigida para productos nuevos, como es el caso de Shape Patch. Las indicaciones se determinan una vez se haya estudiado el valor terapéutico y seguridad del producto.
La Comisión Revisora no acepta las indicaciones puntuales o específicas (lumbago, dorsalgia, odinofagia, odontalgia, cefalea, otalgia, dismenorrea, etc.) cuando pueden estar dentro de la indicación general dada por la Comisión Revisora del Invima (analgésico), por cuanto las primeras pueden promocionarse entre los posibles usos del medicamento sin que dé la idea de que es específico para un dolor localizado en un órgano determinado. De acuerdo con esto, estos productos no pueden hacer promoción sobre indicaciones específicas en etiquetas o empaques y por lo tanto, los que lo estén haciendo deben llamarse a revisión de oficio. Debe tenerse en cuenta que es diferente la situación que se presenta en algunos medicamentos analgésicos para dolores particulares específicos como es al caso de los espasmos de musculatura lisa (antiespasmódicos) o dolor de origen neuropático (antidepresivos, antiepilépticos, ect.) casos en los cuales pueden ser útiles incluso los analgésicos generales y para los cuales también pueden promocionarse.
TOALLAS DE ALGODÓN NO TEJIDA IMPREGNADA DE SOLUCIÓN DE GLUCONATO DE CLORHEXIDINA AL 1%, se considera como producto vario o como medicamento.
La Comisión Revisora conceptúa que debe ser clasificado como producto vario.
La Comisión Revisora ratifica que la tibolona, teniendo en cuenta las características de su uso, debe mantenerse en el grupo de los estrógenos, norma 9.1.7.ON10.
La Comisión Revisora conceptúa que el registro de importación objeto de la consulta no puede recomendarse favorablemente por cuanto, en efecto, esta Comisión declaró algunos de los productos incluidos en la importación como ventajosamente sustituidos, y otros no presentan ninguna evidencia de su seguridad y utilidad. Por otra parte, cualquier solicitud de registro sanitario para diferentes modalidades del mismo debe ser solicitado individualmente, con los correspondientes soportes científicos y técnicos para su evaluación.
La Comisión Revisora conceptúa que dadas las características químicas y reactivas del compuesto, no se considera conveniente su fabricación en plantas industriales de cosméticos.
EXPEDIENTE: 32259
FORMA FARMACEUTICA
Supositorio
COMPOSICION
Cada supositorio contiene: lidocaina base USP 60 mg., hidrocortisona acetato 5 mg., óxido de zinc 400 mg., acetato básico de aluminio 50 mg.
INDICACIONES
Tratamiento sintomático de las hemorroides.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a los componentes.
En acta 27/2002: El interesado solicita solo se deje como principios activos a lidocaína base USP 60 mg., hidrocortisona acetato 5 mg y no como aparece en el registro. El interesado argumenta que:
La Comisión Revisora niega la solicitud del interesado por los argumentos expresados en reunión anterior (31 al 2 de Agosto de 2002, Acta 24/2002) para xyloprocto ungüento.
En Acta 08/2002: Revisada la información allegada, no se pueden colocar como excipientes los componentes que desempeñan una actividad terapéutica en las indicaciones que tiene el producto.
El grupo técnico de medicamentos de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la respuesta dada por el interesado al auto No. 2002004923.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora de conformidad con los antecedentes históricos relacionados con el producto en cuanto a su composición, usos y beneficios potenciales, conceptúa que los argumentos presentados por el interesado no desvirtúan las consideraciones señaladas anteriormente por esta Comisión.
EXPEDIENTE: 230429
Cada cápsula contiene:
Harpagophytum procumbens (polvo fino de raíz) 200 mg
INDICACIONES
Artritis y reumatismo, manifestaciones articulares dolorosas.
ANTECEDENTES
En Acta 02/1999 se niega por cuanto: como especie vegetal procedente del continente africano carece de sustentación histórica, evaluación toxicológica y de estudios clínicos suficientes que determinen la utilidad y seguridad del preparado.
En Acta 20/2001: “Revisada la información allegada a la Comisión Revisora esta conceptúa que la respuesta a auto no es satisfactoria por cuanto un solo estudio de DL5O no es suficiente para demostrar la Seguridad de un preparado. Se requieren múltiples ensayos preclínicos para tal objeto sobre todo tratándose de un medicamento para uso crónico. Los estudios clínicos que presentó están hechos sin controles y la mayoría, utilizando la vía parenteral.”.
En Acta 24/2002: “La Comisión Revisora no encuentra satisfactoria la respuesta del interesado, por lo tanto ratifica el auto anterior”.
El interesado allega información para dar respuesta a conceptos anteriores de la Comisión Revisora.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora considera que los estudios clínicos continúan siendo insuficientes en número, inadecuados en diseño y en número de pacientes utilizados. Por lo tanto, se niega el producto.
EXPEDIENTE: 22427
FORMA FARMACÉUTICA
Cápsulas
COMPOSICIÓN
Cada cápsula contiene acetil salicilato de aluminio 225 mg., fenilpropanolamina cloruro 25 mg., clorfeniramina maleato 4 mg.
INDICACIONES
Tratamiento sintomático del resfriado común.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a los componentes, enfermedad cardiovascular, hipertensión, hipertiroiidismo. Administrarse con precaución a pacientes con insuficiencia renal o con enfermedad ácido péptica.
Puede producir somnolencia.
ANTECEDENTE: En acta 05/2002: el interesado allega propuesta de reformulación para el producto así: Acetil salicitalo de aluminio 225 mg., fenilefrina cloruro 5 mg., clorfeniramina maleato 4 mg.
La Comisión Revisora no acepta la formulación por cuanto la frecuencia horaria de dosificación no esta de acuerdo con las concentraciones ni con los regímenes posológicos establecidos para esta indicación.
En acta 21/2002: “La Comisión Revisora considera que la respuesta dada por el interesado no satisface los requerimientos de la Comisión, por lo tanto se ratifica el auto anterior”.
El interesado allega información para dar respuesta a conceptos anteriores de la Comisión Revisora.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora acepta la reformulación y la dosificación propuesta para el producto.
EXPEDIENTE: 19918352
RADICACIÓN: 4079 de Febrero 11 de 2003.
INTERESADO: Productos Roche S.A.
FORMA FARMACEUTICA
Tabletas masticables
COMPOSICIÓN
Vitamina C 500 mg Zinc (como citrato trihidrato )5 mg
INDICACIONES
Prevención y tratamiento de las carencias de vitamina C y zinc durante situaciones y condiciones con aumento en los requerimientos o aumento en el riesgo de carencias.
Específicamente, el requerimiento de vitamina C y zinc puede aumentar y/o se pudiera necesitar un aporte suplementario en las siguientes personas o condiciones:
· Resfriado común · Cicatrización de heridas · Infección prolongada y fiebre · Aumento de riesgo de enfermedades infecciosas · Fumadores activos y pasivos, exposición a la contaminación ambiental. · Terapia adyuvante: úlceras por decúbito, diabetes, infertilidad masculina.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
No se debe administrar la vitamina C en la nefrolitiasis acompañada de una oxaluria con aciduria o pH urinario normal. Insuficiencia renal severa. No puede ser utilizado por personas con una hipersensibilidad conocida a cualquiera de sus componentes. En diabéticos, la vitamina C pudiera intervenir con las pruebas de glucosa urinaria, aunque no tiene algún efecto sobre los niveles de azúcar en la sangre. Por lo tanto, se debe cesar la administración de la vitamina C varios días antes de efectuar este tipo de pruebas.
ANTECEDENTE: El interesado presenta información independiente de cada uno de los principios activos, la cual es conocida, pero no de la asociación, por lo que no se encuentra justificación farmacocinética, farmacodinámica, ni terapéutica para la misma. Por lo tanto se niega.
En Acta 05/2002: “El interesado aporta solamente el concepto de la importancia fisiológica y el papel bioquímico del zinc y del ácido ascórbico en el metabolismo celular, pero no aporta elementos que permitan justificar la asociación para las múltiples indicaciones propuestas”.
En acta 23/2002: “El interesado allega información dando respuesta a los conceptos de la Comisión Revisora, solicitando se le conceda el registro sanitario con la indicación de “prevención y tratamiento de deficiencias de vitamina C y Zinc”.
La Comisión Revisora no encuentra satisfactoria la respuesta al auto anterior, por cuanto el interesado continúa sin allegar información que justifique la asociación para las indicaciones propuestas. La nueva información allegada corresponde al zinc únicamente.
El interesado allega información para su respectiva evaluación y concepto.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora ratifica el auto anterior, por cuanto el interesado si bien explica las propiedades de los principios activos por separado, no sustenta con estudios científicos específicos la utilidad de la asociación.
EXPEDIENTE: 19918351
RADICACIÓN: 4079 de Febrero 11 de 2003.
INTERESADO: Productos Roche S.A.
FORMA FARMACEUTICA
Tabletas efervescentes
COMPOSICIÓN
Ácido ascórbico 1000 mg/ tableta Zinc 10 mg/ tableta
INDICACIONES
Prevención y el tratamiento de las carencias de vitamina C y zinc durante situaciones y condiciones con aumento en los requerimientos o aumento en el riesgo de carencias.
Específicamente, el requerimiento de vitamina C y zinc puede aumentar y/o se pudiera necesitar un aporte suplementario en las siguientes personas o condiciones:
Resfriado común Cicatrización de heridas, cirugía Infección prolongada y fiebre Aumento de enfermedades infecciosas Fumadores activos y pasivos, exposición a la contaminación ambiental Terapia adyuvante: úlcera por decúbito, diabetes, infertilidad masculina.
No se debe administrar la vitamina C en la nefrolitiasis acompañada de una oxaluria con aciduria o pH urinario normal. Insuficiencia renal severa. No puede ser utilizado por personas con una hipersensibilidad conocida a cualquiera de sus componentes. En diabéticos, la vitamina C pudiera intervenir con las pruebas de glucosa urinaria, aunque no tiene algún efecto sobre los niveles de azúcar en la sangre. Por lo tanto, se debe cesar la administración de la vitamina C varios días antes de efectuar este tipo de pruebas.
ANTECEDENTES: “En acta 27/2001: El interesado presenta información independiente de cada uno de los principios activos, la cual es conocida, pero no de la asociación, por lo que no se encuentra justificación farmacocinética, farmacodinámica, ni terapéutica para la misma. Por lo tanto se niega”
En acta 11/2002: “La Comisión Revisora ratifica auto de acta 27 de 2001, puesto que el interesado no allega información adicional que lo desvirtúe”
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora ratifica el auto anterior, por cuanto el interesado si bien explica las propiedades de los principios activos por separado, no sustenta con estudios científicos específicos la utilidad de la asociación.
EXPEDIENTE: 19931809
INTERESADO: COLMED LTDA.
FORMA FARMACÉUTICA
Cápsula.
COMPOSICIÓN
Cada cápsula contiene:
Glucosamina clorhidrato 500 mg Piridoxina clorhidrato 100 mg Semillas pysillium 100 mg
INDICACIONES
Coadyuvante para perder peso.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad a alguno de los componentes.
ANTECEDENTE: En acta 35/2002: “La Comisión Revisora no acepta el producto, por cuanto el interesado no presenta información que sustente la indicación. Además, no existe evidencia científica de la utilidad de los componentes (combinados ni por separado) en la indicación propuesta”.
El grupo técnico de medicamentos de la Subdirección de Licencias y Registros solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la respuesta allegada por el interesado.
Una vez revisada la información presentada, la Comisión Revisora considera que el interesado aclara las indicaciones propuestas para el producto, pero no envía estudios clínicos que sustenten dichas indicaciones y justifiquen la asociación de los principios activos que están aceptados en las normas farmacológicas individualmente con indicaciones muy diferentes como son: glucosamina como antiinflamatorio, semillas de psillum como laxante y priridoxina como vitamina. Por lo tanto se ratifica el auto anterior.
Dada en Bogotá., D.C a los tres (3) días del mes de Abril de 2003.
GINA MARÍA MEJÍA Subdirectora de Medicamentos y Productos Biológicos Secretaria Ejecutiva de la Comisión Revisora Sala Especializada de Medicamentos