MINISTERIO DE SALUD
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS
INVIMA
COMISIÓN REVISORA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, COSMÉTICOS Y PRODUCTOS NATURALES.
SALA ESPECIALIZADA DE MEDICAMENTOS
ACTA 10
FECHA: ABRIL 22 de 1998
HORA: 8.00 a.m.
LUGAR: SALA DE REUNIONES DEL INVIMA
ORDEN DEL DÍA
Asistieron los doctores GUSTAVO ISAZA MEJÍA, ROBERTO LOZANO OLIVEROS, JORGE OLARTE CARO, CAMILO URIBE GRANJA, JESUALDO FUENTES, miembros de la Comisión Revisora. El Dr. RICARDO LEAL BAQUERO, Secretario Ejecutivo de la Comisión Revisora, el Dr.
CARLOS MALDONADO MUETE, Coordinador de la Comisión Revisora, la Dra. MARÍA JACQUELIN OROZCO DÍAZ Química farmacéutica y BLANCA NELLY PATIÑO H. Tecnóloga.
Cada tableta contiene:
CLORHIDRATO SESQUIHIDRATADO DE GREPAFLOXACINA 472.8 mg EQUIVALENTE A Grepafloxacina 400 mg
EXPEDIENTE: 226415
INDICACIONES
Para el tratamiento de infecciones causadas por cepas susceptibles de bacterias en las siguientes enfermedades:
CONTRAINDICACIONES
Hipersensibilidad, pacientes con trastornos hepáticos moderados o graves. Pacientes con prolongación conocida y aquellos que están siendo tratados concomitantemente con medicamentos que se sabe producen un aumento en el intervalo QT y/o torsión de puntas ( terfenadina) a menos que se pueda realizar la Monitorización cardiaca adecuada.
El interesado allega información preclínica y clínica para la respectiva evaluación farmacológica e inclusión en normas.
Se Niega por cuanto: No hay estudios clínicos comparativos publicados suficientes, que permitan definir adecuadamente las ventajas del producto en la práctica clínica. Especialmente en lo relacionado con la actividad terapéutica y eventos adversos
Cada tableta de liberación sostenida contiene:
VITAMINA C 500 mg
EXPEDIENTE 218592
USOS TERAPEUTICOS
Ninguno. Este es un suplemento vitamínico.
CONTRAINDICACIONES
Los ingredientes se utilizan para mantener una dieta saludable. La utilización de este producto se debe revisar o descontinuar si se desarrolla malestar y se recomienda el manejo de la dieta por parte de un médico
EFECTOS COLATERALES
Los ingredientes activos por lo general se reconocen como seguros en el país de origen.
Los niveles sugeridos de ingestión son compatibles con las buenas prácticas dietéticas. No se indican efectos colaterales ni reacciones adversas.
PRECAUCIONES
No se requieren para este producto.
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la forma farmacéutica del producto de la referencia, cuyo principio activo es VITAMINA C por 500 mg
No se acepta por cuanto lo solicitado por los interesados no corresponde a las características del producto en lo relacionado con las indicaciones y contraindicaciones
Cada tableta contiene: % FOSFATO DICALCICO DIHIDRATADO 75.9238 OXIDO DE MAGNESIO 18.8282
EXPEDIENTE 218847
USOS TERAPEUTICOS
Ninguno. Este es un suplemento vitamínico.
CONTRAINDICACIONES
Los ingredientes se utilizan para mantener una dieta saludable. La utilización de este producto se debe revisar o discontinuar si se desarrolla malestar y se recomienda el manejo de la dieta por parte de un médico.
EFECTOS COLATERALES
Los ingredientes activos por lo general se reconocen como seguros en el país de origen. Los niveles sugeridos de ingestión son compatibles con las buenas prácticas dietéticas.
No se indican efectos colaterales ni reacciones adversas.
PRECAUCIONES
No se requieren para este producto.
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre las indicaciones, contraindicaciones y advertencias del producto de la referencia.
No se acepta por cuanto lo solicitado por los interesados no corresponde a las características del producto en lo relacionado con las indicaciones, precauciones y contraindicaciones.
Además en cuanto a los principios activos contenidos en el preparado no hay uniformidad en las distintas secciones del expediente.
Cada 100 g de gel contienen:
ERITROMICINA 2.0 g PARSOL Mcx 7.5 g PARSOL 1789 2.0 g
EXPEDIENTE 216924
El interesado allega información farmacológica, preclínica, clínica y tecnológica para sustentar su petición de registro sanitario. Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre tal información.
Se acepta.
INDICACIONES
Tratamiento del acné vulgaris de tipo pústulas y pápulas.
CONTRAINDICACIONES
No debe emplearse en pacientes con sensibilidad conocida a la eritromicina o a cualquiera de los componentes del producto.
ADVERTENCIAS/PRECAUCIONES
El uso de preparaciones tópicas con antibióticos puede estar asociado a la aparición de microorganismos resistentes a los antibióticos. Puede ocurrir resistencia cruzada entre eritromicina y antibióticos macrólidos, en tal caso debe suspenderse la administración y consultar al médico.
Evitar el contacto con la boca, ojos y las membranas mucosas. Se deberá tomar precaución al aplicarse en áreas sensitivas de la piel. En caso de contacto con los ojos, enjuáguese con agua por lo menos durante 5 minutos. En caso de irritación persistente consulte a su médico.
Cada cápsula contiene:
ACETATO DE CALCIO 500 mg
EXPEDIENTE 216600
CONTRAINDICACIONES
Pacientes con hipercalcemia. Hipersensibilidad al producto.
EFECTOS SECUNDARIOS
Nauseas, hipercalcemia leve asintomática o manifestada por constipación, anorexia, nauseas y vómito. Hipercalcemia grave que puede provocar confusión, delirios, estupor y coma. No se han demostrado los efectos a largo plazo sobre la calcificación vascular o de tejidos blandos. Se han presentado casos aislados de prurito que pueden ser debido a reacciones alérgicas.
Se solicita a la comisión Revisora conceptuar sobre el principio activo, la indicación y las contraindicaciones del producto de la referencia.
Se acepta.
INDICACIONES
Control de la hiperfosfatemia en pacientes con insuficiencia renal avanzada.
Se aclara que no se acepta la indicación como suplemento de calcio.
CONTRAINDICACIONES
Hipersensibilidad al producto. hipercalcemia, hipercalciuria. Adminístrese con precaución en pacientes con antecedentes de litiasis renal y enfermedad cardíaca. Evítese la administración concomitante de digitálicos.
PRECAUCIONES
La concentración de calcio en suero debe controlarse 2 veces a la semana durante la fase inicial de ajuste de la dosis.
No se ha establecido la eficacia y seguridad del producto para su uso pediátrico.
No deben administrarse otros suplementos de calcio junto con el producto.
Cada 100 g de gel contienen:
ACIDO GLICOLICO LIBRE 42.8 g GLICOLATO DE AMONIO 4.9 g ALCOHOL ETILICO 14.0 g
EXPEDIENTE 224193
INDICACIONES
De empleo en ambientes clínicos, por profesionales del cuidado de la piel, para acelerar la reepitelización de la piel. Limpia profundamente los poros de la piel.
PRECAUCIONES Y RESTRICCIONES
Para uso externo únicamente. Evite el contacto con los ojos, párpados o membranas mucosas. En caso de contacto con los ojos, enjuáguelos con abundante agua durante al menos 15 minutos. NO APLIQUE SOBRE PIELES IRRITADAS.
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la composición, forma farmacéutica, indicaciones y sobre la concentración de ácido glicólico que se permite en un medicamento.
Se niega por cuanto no sustentó con estudios científicos las indicaciones propuestas y la seguridad del producto.
Cada 100 g de gel contienen:
ACIDO GLICOLICO LIBRE 60.7 g GLICOLATO DE AMONIO 7.0 g
EXPEDIENTE 224197
INDICACIONES
De empleo en ambientes clínicos, por profesionales del cuidado de la piel, para acelerar la remoción de la capa externa, gruesa y seca de la piel. Limpia profundamente y abre los poros de la piel.
ADVERTENCIA
Para uso externo únicamente. Evite el contacto con los ojos, párpados o membranas mucosas. En caso de contacto con los ojos, enjuáguelos con abundante agua durante al menos 15 minutos. NO APLIQUE SOBRE PIELES IRRITADAS.
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la composición, forma farmacéutica, indicaciones y sobre la concentración de ácido glicólico que se permite en un medicamento.
Se niega por cuanto no sustentó con estudios científicos las indicaciones propuestas y la seguridad del producto.
Cada 100 g de gel contienen:
GLICOLATO DE AMONIO 5.1 g ALCOHOL ETILICO 5.0 g HIDROQUINONA 2.0 g ACIDO GLICOLICO LIBRE 0.5 g
EXPEDIENTE 224199
INDICACIONES
Para aclarar gradualmente las manchas oscuras (cafés), pigmentaciones, pecas, ronchas o áreas manchadas en la piel causadas por el embarazo o por el uso oral de anticonceptivos.
ADVERTENCIAS
Evite el contacto con los ojos. Algunos usuarios de este producto pueden experimentar una leve irritación en la piel. Si la irritación es severa, suspenda su uso y consulte al medico. No use en niños menores de 12 años a menos por indicación del médico.
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la composición, forma farmacéutica, indicaciones del producto de la referencia.
No se acepta por cuanto no justifico mediante estudios científicos la combinación del ácido ascórbico, glicólico e hidroquinona.
El desorden y la incoherencia de la información presentada dificulta la evaluación del expediente.
Cada 100 g de gel contienen:
GLICOLATO DE AMONIO 5.1 g ALCOHOL ETILICO 5.0 g HIDROQUINONA 2.0 g ACIDO GLICOLICO LIBRE 0.5 g
EXPEDIENTE 224195
INDICACIONES
Para una despigmentación gradual de la piel y desvanecimiento de manchas producidas por la edad, por el uso de anticonceptivos o por el embarazo.
ADVERTENCIAS
Evite el contacto con los ojos. Algunos usuarios de este producto pueden experimentar una leve irritación en la piel. Si la irritación es severa, suspenda su uso y consulte al medico. No use en niños menores de 12 años a menos que el profesional el cuidado de la piel lo indique.
No se acepta por cuanto no justifico mediante estudios científicos la combinación del ácido ascorbico, glicolico e hidroquinona.
El desorden y la incoherencia de la información presentada dificulta la evaluación del expediente.
Cada 100 g de gel contienen:
ACIDO GLICOLICO LIBRE 18.0 g GLICOLATO DE AMONIO 8.0 g
EXPEDIENTE 224191
INDICACIONES
Producto formulado especialmente para ser empleado por profesionales. Para una despigmentación gradual de la piel y desvanecimiento de manchas producidas por la edad, por el uso de anticonceptivos o por el embarazo.
ADVERTENCIAS
Evite el contacto con los ojos. Algunos usuarios de este producto pueden experimentar una leve irritación en la piel. Si la irritación es severa, suspenda su uso y consulte al medico. No use en niños menores de 12 años a menos por indicación del médico.
No presento información científica para sustentar la indicación propuesta
Además el interesado debe justificar mediante estudios clínicos la variedad de las concentraciones para el ácido glicólico, en los diferentes productos aquí presentados.
Cada ml de solución oftálmica estéril contiene:
CONDROITIN SULFATO 30 mg
EXCIPIENTES
APROTININA 0.005 mg HIALURONATO DE SODIO 1 mg
EXPEDIENTE 212906
Norma farmacológica 11.3.14.0.N30 : Se acepta la asociación de condroitina sulfato hialuronato de sodio como auxiliar en procedimientos quirúrgicos del segmento anterior del ojo.
INDICACIONES SOLICITADAS
Tratamiento sintomático de todas las formas de insuficiencia lagrimal. Alteraciones corneales por déficit de mucopolisacaridos. Tratamiento alternativo en la terapia con lagrimas artificiales.
ANTECEDENTES
ACTA 57/97: Aunque el interesado presenta estudios clínicos que justifican las indicaciones terapéuticas solicitadas, debe justificar el porque incluye en los excipientes la protinina y el hialurinato de sodio los cuales poseen acción terapéutica.
El interesado allega memorial respondiendo al auto referenciado, en el que explica que el producto es fabricado en Argentina y allí declaran como principio activo la Condroitina sulfato, y que los excipientes en esas concentraciones tan bajas no tienen características de principios activos. Sin embargo el interesado se acoge a lo que la Comisión Revisora indique como Principio activo.
De ser aprobado indicar las indicaciones, contraindicaciones, advertencias y en que norma se incluiría.
Lo allegado no responde a lo solicitado en el auto del acta 57/97. Por lo tanto se ratifica el auto.
Cada tableta recubierta contiene:
EPROSARTAN MESILATO 367.91 mg (Equivalentes a 300 mg EPROSARTAN)
EXPEDIENTE 224855
Cada tableta recubierta contiene:
EPROSARTAN MESILATO 490.55 mg (Equivalentes a 400 mg EPROSARTAN)
EXPEDIENTE 224853
Antecedentes: acta 03/98: El interesado no allego información clínica, por lo tanto debe enviar estudios clínicos comparativos y publicados.
INDICACIONES
Tratamiento de la hipertensión esencial.
CONTRAINDICACIONES
Hipersensibilidad conocida a los componentes del producto. Embarazo, lactancia
PRECAUCIONES Y ADVERTENCIAS
Falla hepática Falla renal Enfermedad cardiaca coronaria Hiperkalemia Riesgo de falla renal
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre el principio activo, su concentración, la forma farmacéutica, indicaciones, contraindicaciones y advertencias y precauciones para el producto de la referencia.
Se niega porque no dio respuesta a los aspectos propiamente terapeuticos del producto en cuanto a eficacia y seguridad comparativa frente a otros medicamentos antihipertensivos.
Cada tableta contiene:
ZIDOVUDINE 300 mg LAMIVUDINA 150 mg
EXPEDIENTE: 224991
INDICACIONES SOLICITADAS
Indicado para el tratamiento de adultos y niños mayores de 12 años de edad infectados con el VIH, con una inmunodeficiencia progresiva.
CONTRAINDICACIONES
Esta contraindicado en pacientes con hipersensibilidad conocida a la Lamivudina, zidovudina o a cualquier otro constituyente del preparado.
La zidovudina esta contraindicada en pacientes con cuentas de neutrófilos anormalmente bajas, o niveles anormalmente bajos de hemoglobina.
ANTECEDENTES
Acta 05/98: No se acepta por cuanto:
1- Los estudios presentados corresponden a la evaluación de los dos principios activos en forma individual y con diferentes dosis, no a la combinación solicitada en preparado a dosis fija.
2- El nombre comercial no es adecuado.
Los interesados allegan argumentos en relación a la flexibilidad de la combinación de Zidovudina con Lamivudina y un análisis sobre el nombre de marca internacional (COMBIVIR). Se incluye un estudio de bioequivalencia con la combinación respectiva.
Adicionalmente allegan informes de prensa sobre la situación del producto en Europa y Estados Unidos.
Se niega por cuanto existiendo los dos principios activos para uso en Colombia la Comisión Revisora considera que no existe una justificación terapéutica real para este preparado.
Cada 5 ml de suspensión contiene:
CEFUROXIMA AXETIL 250 mg
EXPEDIENTE 218560
Se encuentran las presentaciones de suspensión 125 mg/ 5 ml y tabletas de 125, 250 y 500 mg.
ANTECEDENTES
Acta 63/97:No se acepta, por cuanto la presentación existente en suspensión de 125 mg/5 ml suplen las necesidades de esquemas terapéuticos en pacientes pediátricos.
El interesado allega memorial dando respuesta a lo conceptuado por la Comisión Revisora en el acta referenciada, argumentando que la presentación de suspensión no sólo es para administración en niños sino también para adultos que presentan dificultad para deglutir formas farmacéuticas sólidas, además la dosis recomendada es de 250 mg dos veces al día, lo que con la nueva formulación se suministraría una concentración equivalente en menor volumen. Con esto, la nueva concentración permitiría ventajas a los pacientes y al cuerpo médico para cubrir todas las dosis correspondientes a los diferentes grupos de edad, permitiendo un adecuado cumplimiento de la terapia.
Además allegan copias de registros sanitarios de varios países.
Se acepta.
Cada cápsula contiene:
ACEITE DE SALMON 1.166,66 mg EPA 400 mg DHA 300 mg
EXPEDIENTE 57659
Acta 46/95: Llamar a revisión de oficio el producto Epa con registro sanitario M- 009740 para evaluar su estado actual en la terapéutica moderna con el fin de actualizar su empleo y definir su indicación.
Acta 63/97: El interesado se acoge al llamado a revisión de oficio y la comisión conceptúa: No se acepta, no allegan la sustentación requerida.
La Comisión Revisora solicita la cancelación del Registro Sanitario.
El interesado allega nueva documentación para evaluación y concepto de esta Comisión.
Se niega por cuanto algunos de los trabajos presentados tratan sobre problemas de la arteriosclerosis. Con respecto a los trabajos que hacen relación al producto, todavía no se establece un consenso definitivo de la real utilidad de estos ácidos en prevención de la enfermedad arterioesclerótica y su impacto en enfermedad coronaria y el accidente cerebro-vascular
Cada 100 ml contienen:
GUAIFENASINA 666.70 mg
EXPEDIENTE 209472
ANTECEDENTE
ACTA 55797 “La Comisión Revisora considera inconveniente la comercialización de medicamentos con el mismo nombre comercial o similar, conteniendo principios activos diferentes, por cuanto se puede prestar confusión ocasionando consecuencias graves para la salud del usuario, por tanto el interesado debe definir a que preparación la asignará el nombre de VICK.”
El interesado allega respuesta al auto emitido por este despacho, dicha respuesta se pone a consideración de la Comisión Revisora. También se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la concentración de 6.667 mg/ml, ya que en el PDR edición 48, 1994, se hallaron dos productos con el mismo principio activo pero con una concentración de 10 mg/ml.
Se acepta el producto con el cambio de nombre propuesto.
Cada 100 ml contienen:
HIPOCLORITO DE SODIO (SOL 10 %) 1 ml
ORTOFENILATO DE SODIO 0.05 ml CLORITO DE SODIO 0.5 % 0.50 ml CARBONATO DE SODIO ( SOL 1 %) 2.00 ml
Un litro de solución aporta 2430 mg de cloro libre.
USOS: Desinfectante doméstico para aguas, verduras, legumbres, frutas y utensilios
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre el poder desinfectante del producto según lo señalado por el fabricante.
Se acepta
EXPEDIENTE: 68502
ANTECEDENTES
Acta 75/96: ” Se solicita concepto de la Sociedad de Ortopedia y Traumatología.”
El interesado solicita se le informe sobre el concepto emitido por dicha sociedad.
No ha llegado concepto de la sociedad de Ortopedia y traumatología y por lo tanto se ratifica el auto
Cada cápsula contiene:
SALVADO DE TRIGO 450 mg GOMA GUAR 40 mg
EXPEDIENTE 213879
INDICACIONES
Aportador de fibra.
CONTRAINDICACIONES Y ADVERTENCIAS
Ninguna conocida.
Si los síntomas persisten consulte a su medico. No consumir dosis superiores a las indicadas. Usar bajo supervisión médica durante el embarazo.
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar acerca de la composición, indicaciones o usos terapéuticos, contraindicaciones, condición de venta y clasificación del producto (medicamento o preparación farmacéutica a base de productos naturales) del producto de la referencia.
Debe justificar la presencia de Goma Guar, ya que esta tiene propiedades hipoglicemiantes. Por ello su papel en el producto no es claro ya que según el interesado la indicaciones es de “aportador de fibra”
El preparado posee advertencias y contraindicaciones que no figuran en el expediente presentado
Cada ml de solución contiene:
ORTIGA ( URTICA DIOICA) 0.2 g
EXPEDIENTE 216672
ANTECEDENTES
ACTA59/97 “PRODUCTO NATURAL (NUEVA INDICACIÓN): CONCEPTO: El interesado no presento sustentación histórica, ni evidencia clínica de la utilidad en lo solicitado. Carece de estudios científicos para sustentar la indicación. Además la indicación de diurético depurativo no corresponde a ninguna indicación clínica.”
El interesado, en respuesta al auto emitido por este despacho, allega información para sustentar la indicación de diurético del producto. Dicha información se pone a disposición de la Comisión Revisora con el fin de que ésta emita un concepto al respecto.
No se acepta: Debe explicar la dosificación tan baja en esta forma farmacéutica en relación a la concentración de las tabletas.
Cada tableta contiene:
POLVO DE HOJAS DE ORTIGA (Urtica dioica) 500 mg
EXPEDIENTE 216674
ANTECEDENTES
ACTA59/97 “PRODUCTO NATURAL (NUEVA INDICACIÓN): CONCEPTO: El interesado no presento sustentación histórica, ni evidencia clínica de la utilidad en lo solicitado. Carece de estudios científicos para sustentar la indicación. Además la indicación de diurético depurativo no corresponde a ninguna indicación clínica.” El interesado, en respuesta al auto emitido por este despacho, allega información para sustentar la indicación de diurético del producto. Dicha información se pone a disposición de la Comisión Revisora con el fin de que ésta emita un concepto al respecto.
Se acepta con la indicación de diurético
Se incluye en norma 23.1.0.0.N10
ADVERTENCIAS Y CONTRAINDICACIONES
Embarazo, lactancia, menores de 17 años, y pacientes con desequilibrios hidroelectrolítico
Cada tableta contiene:
EXTRACTO DE CASCARA SAGRADA 0.150g
FENOLFTALEINA 0.100 g EXTRACTO DE BOLDO 0.025 g BILIS DE BUEY 0.125 g RUIBARBO EN POLVO 0.125 EXPEDIENTE: 38287
R.S. M-012814
Según memorial radicado el 26/07/96 solicitan modificación en la composición del producto así:
Cada tableta contiene:
FENOLFTALEINA 0.200 g BILIS DE BUEY(EXTRACTO) 0.200 g EXTRACTO SECO DE SAUCO 0.200 g
ANTECEDENTES
ACTA 57/97 “No se acepta por cuanto: 1- El extracto de sauco no se ha aceptado con la indicación de laxante. 2- No se permite la mezcla de productos naturales con sustancias activas químicamente definidas para preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales según el decreto 677 articulo 1° 3- Debe iniciar proceso para un nuevo registro sanitario.
El interesado da respuesta al ultimo auto emitido por este Instituto y con este fin allega información científica para sustentar el uso del Sauco como purgante en lo referente a sustentación histórica, eficacia, seguridad y uso tradicional.”
Se niega por cuanto la fenolftaleina fue llamada a revisión de oficio en acta 59/97 por su potencialidad cancerígena
Cada ml de solución contiene:
ORTIGA ( URTICA DIOICA) 0.2 g EXPEDIENTE 216676
ANTECEDENTES
ACTA59/97 “Producto Natural (NUEVA INDICACIÓN): CONCEPTO: El interesado no presento sustentación histórica, ni evidencia clínica de la utilidad en lo solicitado. Carece de estudios científicos para sustentar la indicación. Además la indicación de diurético depurativo no corresponde a ninguna indicación clínica.”
El interesado allega información para sustentar la indicación de diurético y la vía de administración del producto. Dicha información se pone a disposición de la Comisión Revisora con el fin de que ésta emita un concepto al respecto.
No se acepta:
Se aclara que la presentación de gotas no es una forma farmacéutica sino un sistema de medida. Por lo tanto no se puede aceptar en el nombre comercial del producto.
Debe explicar la dosificación tan baja en esta forma farmacéutica en relación a la concentración de las tabletas.
Deben aclarar porque dos expedientes 216676 y 216672 aparecen con las mismas presentaciones y concentraciones del principio activo.
Aerosol par inhalación bucal
Cada 100 g de suspensión contiene:
BECLOMETASONA DIPROPIONATO 0.3743 g Cada dosis por inhalador proporciona: BECLOMETASONA DIPROPIONATO 250 mcg
EXPEDIENTES: 213368
R.S.M-006976
INDICACION APROBADA: Profilaxis y tratamiento de la rinitis alérgica
INDICACION SOLICITADA : Tratamiento de mantenimiento del asma, prevención de la disnea paroxistica no controlada por las terapias usuales, asma corticodependiente, tos y formas espásticas de bronconeumopatías crónicas obstructivas
El interesado solicita se amplíen estas indicaciones dado que en el PLM aparecen otros productos con la misma composición y con esas indicaciones.
Se acepta la siguiente indicación.
Tratamiento de mantenimiento del asma, asma corticodependiente, tos y formas espásticas de bronconeumopatías crónicas obstructivas
Cada sobre de 613.8 mg de polvo contiene:
ACETIL SALICILATO DE dl-LISINA Equivalente A ACIDO ACETIL SALICILICO 300 mg
EXPEDIENTE: 208023
R.S. M-007090
INDICACION APROBADA: Analgésico
INDICACION SOLICITADA: Antiagregante plaquetario.
El acetil salicilato de Lisina se encuentra en la norma 19.4.0.0.N10 como analgésico no narcótico, el peticionario solicita se autorice la indicación de antiagregante plaquetario ya que el ácido Acetil salicílico se encuentra incluido en la norma 17.1.0.0 N10.
Se acepta
Cada tableta Rapidisc contiene:
Oblea liofilizada de disolución rápida para administración oral.
ENALAPRIL MALEATO 2.5mg, 5 mg, 10 y 20 mg
EXPEDIENTE: 225415, 225419,225417,225421
En la actualidad se comercializa en concentraciones de 5, 10 y 20 mg en tabletas.
INDICACIONES:
Todos los grados de hipertensión esencial.
Hipertensión renovascular.
Todos los grados de insuficiencia cardiaca.
Prevención de la insuficiencia sintomática.
Prevención de los trastornos isquémicos coronarios en pacientes con disfunción ventricular izquierda.
El interesado allega justificación de la nueva forma farmacéutica.
Se solicita concepto sobre la nueva forma farmacéutica y la concentración de 2,5 mg.
Se acepta
Cada parche de 10 x 14 cm contiene:
DICLOFENACO SODICO ( Como diclofenaco Epolamina) 140 mg
El producto viene con una malla elástica para fijar mejor el parche.
EXPEDIENTE: 224922
INDICACION: tratamiento local del dolor, la inflamación y la tumefacción, consecutivos a enntorsis, luxaciones, contusiones y distensiones musculares.
Se solicita concepto sobre la concentración, forma farmacéutica e indicaciones solicitadas.
Deben presentar estudios clínicos que demuestren la eficacia y seguridad del producto en la concentración, forma farmacéutica e indicaciones solicitadas.
Dispositivo nebulizador de dosis unitaria para administración por vía intranasal.
Cada 0.1 ml de solución acuosa tamponada contenida en el dispositivo, entrega:
SUMATRIPTAN 10 mg
Cada 0.1 ml de solución acuosa tamponada contenida en el dispositivo, entrega :
SUMATRIPTAN 20 mg
EXPEDIENTE: 224101 y 224103
Se encuentra en el mercado tabletas de 25, 50 y 100 mg, Gotas de 80mg/ml e inyectable de 6 y 12 mg.
Se solicita concepto sobre la nueva forma farmacéutica y su concentración. Los interesados allegan información científica para sustentar el producto.
Se acepta
En las advertencias debe aparecer puede precipitar angina por lo tanto no exceder la dosis recomendada por su médico. Uso exclusivo con fórmula médica.
INDICACIONES
Para el tratamiento a corto plazo de los ataques de migraña con o sin aura.
CONTRAINDICACIONES
Hipersensibilidad. No debe emplearse en pacientes que han sufrido infarto de miocardio o que padecen de cardiopatía isquémica o angina Prinzmetal / vasoespasmo coronario, o con hipertensión no controlada.
Esta contraindicado el uso concomitante de ergotamina o de sus derivados.
Esta contraindicada la administración concurrente de inhibidores de la monoaminooxidasa dentro de las dos semanas después de cesarse el tratamiento con ellos.
POLVO PARA INHALAR
Cada dosis contiene: SALBUTAMOL SULFATO
Equivalente a Salbutamol 200 mcg/dosis
EXPEDIENTES 224105
ANTECEDENTES
Se encuentra aceptados dosificadores de concentración de 50 y 100 mcg/dosis.
Se solicita concepto sobre la nueva concentración solicitada.
Se acepta.
Cada vial de 20 ml de solución inyectable contiene:
MEPIVACAINA CLORHIDRATO 200 mg
EXPEDIENTE: 223880
Se requiere concepto sobre la concentración solicitada; en acta 29/97 fue aprobada la concentración de 3% de mepivacaína.
Se acepta
Cada comprimido contiene:
MALEATO DE ENALAPRIL 2.5 mg
EXPEDIENTE: 226151
Se solicita conceptuar sobre la concentración de 2.5 mg, ya que en el mercado sólo se encuentra en 5, 10 y 20 mg.
Se acepta.
Cada 100 g de Jabón contiene:
ACIDO SALICILICO 3.5 g
**EXPEDIENTE:**224176
Se solicita concepto sobre la concentración , ya que en la norma 13.1.15.0 N10 se acepta como queratolítico en concentración de 2 %.
Se encuentra asociado con la Benzocaína en loción como queratolítico en concentración de 3 %.
Debe presentar estudios clínicos debidamente controlados que sustenten la eficacia y seguridad del ácido salicílico a la concentración de 3.5 g, para la indicación “prevención y tratamiento del acné”.
Cada tableta contiene:
IBUPROFENO 50 mg
EXPEDIENTE: 205911
INDICACIONES
En el alivio de dolores temporales y malestares asociados con el resfriado común, dolor de cabeza, dismenorrea, artritis reumatoidea, osteoartritis, artritis soráitica, espondilitis anquisolante, gota aguda. Lesiones de tejido blando como esguinces y torceduras. Reducción de la fiebre.
En acta 51/95 se acepto ibuprofeno 100 mg tabletas masticables para niños mayores de 4 años.
Se solicita concepto sobre la concentración y las indicaciones solicitadas.
No se acepta. Para este grupo etáreo se considera una forma farmacéutica de difícil adherencia terapéutica, máxime cuando existe en el mercado el principio activo en forma farmacéutica líquida.
Cada frasco ampolla contiene:
TIOPENTAL SODICO (polvo liofilizado para reconstituir) 500 mg
EXPEDIENTE 224455
ANTECEDENTES
En el momento de la petición de nueva concentración existe en el mercado la presentación por 1 g, TIOPENTAL SODICO (polvo liofilizado para reconstituir).
El interesado allega información para sustentar su petición de nueva concentración. Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la nueva concentración del principio activo en el producto de la referencia.
Se acepta
Cada comprimido de acción prolongada contiene:
IBUPROFENO DE ACCIÓN PROLONGADA 600 mg
EXPEDIENTE 56592
ANTECEDENTES
En el momento de la petición de nueva concentración existe en el mercado la presentación comprimidos por 200 mg, 400 mg y 800 mg.
INDICACIONES
Analgésico antiinflamatorio no esteroide.
El interesado allega información para sustentar su petición de nueva concentración. Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la nueva concentración del principio activo en el producto de la referencia.
Se acepta.
Cada implante contiene:
ACETATO DE GOSERELINA (Equivalente a Goserelina Base) 10.8 mg
EXPEDIENTE: 201182
R.S. 005449
INDICACIONES: Tratamiento de cáncer de Próstata en el que la manipulación hormonal resulta adecuada.
El interesado allega inserto para su respectiva evaluación y autorización.
Se acepta
Cada parche contiene:
EMULSION 1g por parche contiene:
LIDOCAINA 25 mg PRILOCAINA 25 mg
EXPEDIENTE: 224495
Se encuentra aceptada la crema con lidocaína 2.5 g y Prilocaína 2.5g/100g como anestésico de superficie.
Se solicita evaluar la nueva forma farmacéutica y las concentraciones que suministra.
Debe justificar con estudios científicos la utilidad del producto en la nueva forma farmacéutica.
Polvo liofilizado para reconstituir en solución inyectable.
Cada vial contiene:
EXAMETAZIME 0.5 mg CLORURO DE ESTAÑO DIHIDRATADO 7.6 ug CLORURO DE SODIO 4,5 mg
El producto puede ser reconstituido con 5 ml de solución estéril de pertecnetato de sodio (99mTc) con una concentración radioactiva que no exceda 1,1 Gbq/ml para producir el diagnóstico por el complejo:
COMPLEJO EXAMETAZIME-99m Tecnecio (99mTc)
EXPEDIENTE: 226105
Se solicita conceptuar sobre el producto frío para la preparación de un radiofarmaco extemporáneo.
Se acepta.
INDICACIONES
Utilizado por vía intravenosa para efectuar el centellograma del torrente sanguíneo cerebral regional o como agente de marcación in vitro de leucocitos.
CONTRAINDICACIONES
No hay contraindicaciones especificas. Como todo radiofármaco no se recomienda la administración durante el embarazo, excepto cuando el criterio médico indicara la necesidad del estudio. No hay datos disponibles del uso en niños.
PRECAUCIONES
Este producto no debe administrarse directamente al paciente. El contenido del frasco esta destinado para usarlo en la preparación de un agente inyectable marcado con Tecnecio-99m radioactivo.
Cada 100 ml de solución contiene: % P/V PEG-75 LANOLINA 0.4 COCOAMPHOCARBOXIGLYCINATO 0.132 COCOAMIDOPROPYLAMINA OXIDO 0.113
EXPEDIENTE 216296
INDICACIONES
Solución para la limpieza externa, suave, no irritante, especialmente diseñada para la limpieza en el área externa vaginal.
PRECAUCIONES
No previene el embarazo, no cura ni previene enfermedades de transmisión sexual.
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la composición, indicaciones y advertencias del producto, sobre la condición de venta del producto y sobre su clasificación como cosmético o medicamento.
Se acepta como cosmético.
Cada 100 ml de champú contienen:
PIRITIONATO DE ZINC 1 g
EXPEDIENTE 210690
INDICACIONES
Control de la caspa.
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la inclusión de la palabra ANTICASPA en un producto cosmético.
Se acepta la inclusión de la palabra anticaspa en un producto cosmético.
Composición:
D.C.D. (POLIMEROS ANALERGICOS DE SILICIO) 100%
EXPEDIENTE 49625
INDICACIONES
Tratamiento de aquellos cutis extremadamente castigados en la estructura cornea. Por tratarse de polímeros de silicio, actúan a nivel físico sobre las proteínas cutáneas (colágeno, elastina, fibronectina), logrando la estabilización estructural y recuperación de los cutis castigados por: inclemencias del clima, agresiones tópicas, estrés ambientales, paso del tiempo, etc.
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre el principio activo y las indicaciones del producto de la referencia.
No se acepta el nombre, ni las indicaciones solicitadas para el producto.
Cada 100 ml de champú contienen:
EXTRACTO DE GINSENG 0.5 g
EXPEDIENTE 46952
UTILIDAD
Posee acción estimulante del metabolismo, así como tonificante y revitalizante del cuero cabelludo. Estimula el crecimiento del cabello y le devuelve su vitalidad perdida.
El interesado allega información técnica para sustentar su petición de registro sanitario. Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la composición y la utilidad del producto; así como se solicita conceptuar si para productos como el de la referencia se aplica el concepto emitido por este despacho en el ACTA 66/97 “No se acepta la utilización del ginseng como ingrediente activo, por cuanto no se conoce a la fecha el efecto del ginseng sobre la dermis.”
Se llama a Revisión de Oficio el producto por cuanto a la fecha no se conoce el efecto del Ginseg sobre la dermis y no esta aceptado como cosmético.
Cada 100 ml de emulsión contienen:
EXTRACTO DE POLEN 15 g EXTRACTO DE ABEDUL Y LEVADURA 10 g
EXPEDIENTE 222195
ANTECEDENTES
ACTA 55/97 “La Comisión Revisora conceptúa que las expresiones como energizante, estimulante, relajante, etc., son indicaciones terapéuticas y en consecuencia, el producto perdería su condición de cosmético y deberá tratarse como medicamento”.
El interesado allega respuesta al auto emitido por este despacho, con la cual sustenta la presencia de la palabra “ENERGETIQUE” en el nombre del producto.
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre dicha respuesta.
Se acepta.
Teniendo en cuenta la definición de cosméticos en el decreto 677/95 conceptuar si se acepta en cosméticos , este producto promocionado como tratamiento celular. El producto es una base para maquillaje protectora y nutritiva que brinda protección solar con filtro SPF 8.
EXPEDIENTE: 210389
Se acepta como cosmético.
Cada tableta recubierta retard contiene:
CLORHIDRATO DE AMITRIPTILINA 75 mg
EXPEDIENTE: 57992
El peticionario solicita se acepte la reformulación del producto.
Se acepta.
Cada 100 ml contienen:
S-CARBOXIMETILCISTEINA 3.0 g
EXPEDIENTE 41678
R.S. M-004689-R1
El interesado solicita el cambio de condición de Venta Con Formula Medica a Venta Libre, teniendo en cuenta que a productos similares (Robitussin, Bisolvon) se les ha dado esta autorización.
Se acepta el cambio de condición de venta.
Cada 100 ml contienen:
S-CARBOXIMETILCISTEINA 5.0 g
EXPEDIENTE 19994
R.S. M-008794
El interesado solicita el cambio de condición de Venta Con Formula Medica a Venta Libre, teniendo en cuenta que a productos similares (Robitussin-Bisolvon) se les ha dado esta autorización.
Se acepta el cambio de condición de venta.
Cada 100 gr de talco contienen:
KETOCONAZOL 1 g
EXPEDIENTE 213188
El interesado allega información para sustentar su petición de cambio de Venta Con Formula Medica a Venta Libre. Se solicita a la Comisión Revisora que emita concepto respecto a tal petición.
No se acepta el cambio de condición de venta, por cuanto se requiere el criterio médico para la utilización del producto.
Cada 100 g de talco contienen:
KETOCONAZOL 2 g
EXPEDIENTE 4039
El interesado allega información para sustentar su petición de cambio de Venta Con Formula Medica a Venta Libre. Se solicita a la Comisión Revisora que emita concepto respecto a tal petición.
No se acepta, el cambio de condición de venta, por cuanto se requiere el criterio médico para la utilización del producto.
Cada 100 g contienen:
MICONAZOL 2.0 g
EXPEDIENTE 40227
R.S. 003974
El interesado allega copia de la información dirigida al cuerpo médico, la cual se pone a consideración de la Comisión Revisora para su evaluación.
Se acepta.
Cada comprimido recubierto contiene:
EXTRACTO DE GINKGO BILOBA 80 mg
EXPEDIENTE 54958
El interesado allega copia de la información dirigida al cuerpo médico, la cual se pone a consideración de la Comisión Revisora para su evaluación.
Se acepta.
El titular del producto referenciado solicita se especifique cuales son los dos antihistaminicos que se emplean en mucosas y que no han mostrado el efecto sensibilizante. Según lo conceptuado en acta 13/97 Numeral 2.1.9.
Los dos antihistaminicos que se emplean en mucosas y que no han mostrado dicho efecto son LEVOCABASTINA Y AZELASTINA
SUPER VERDE
Cada 100 g contienen:
DEXROSA 91.63 g POLVO DE HOJAS DE PEREJIL 2.70 g SABOR NATURAL DE HIERBABUENA 1.58 g CLOROFILA 1.00 g EXTRACTO DE SEMILLAS DE ANIS 0.79 g EXTRACTO DE SEMILLAS DE HINOJO 0.20 g EXTRACTO DE SEMILLAS DE LIMON 0.20 g EXTRACTO GRASO DE TRIGO 0.20 g EXTRACTO GRASO DE CEBADA 0.20 g
EXPEDIENTE: 218885
ANTECEDENTE
ACTA 9/93 "La comisión Revisora se ratifica en que los productos como HERBALIFE Y SHAKLEE que contienen mezclas de vitaminas, y/o minerales y/o extractos de plantas, deben registrarse como medicamentos, por cuanto contienen principios activos factibles de modificar el metabolismo celular, de interactuar con procesos enzimáticos endógenos y de modificar la homeostasis de los sistemas regulatorios del organismo, todo lo cual conlleva no sólo a posibles respuestas terapéuticas sino a evidentes riesgos de reacciones secundarias”.
Se solicita clasificar el producto de la referencia como un alimento, según lo anexado por el interesado.
De acuerdo con la composición del preparado no cumple con las especificaciones para medicamentos ni alimentos.
EXPEDIENTE: 218487
ANTECEDENTE
ACTA 9/93 "La comisión Revisora se ratifica en que los productos como HERBALIFE y SHAKLEE que contienen mezclas de vitaminas, y/o minerales y/o extractos de plantas, deben registrarse como medicamentos, por cuanto contienen principios activos factibles de modificar el metabolismo celular, de interactuar con procesos enzimáticos endógenos y de modificar la homeóstasis de los sistemas regulatorios del organismo, todo lo cual conlleva no sólo a posibles respuestas terapéuticas sino a evidentes riesgos de reacciones secundarias".
Solicitan estudiar el producto y darle la clasificación correspondiente para obtener el registro sanitario.
El interesado allega memorial explicando que el producto es un alimento.
De acuerdo con la composición del preparado no cumple con las especificaciones para medicamentos ni alimentos.
Cada 100 g contienen:
LECITINA 90.6 g
EXPEDIENTE: 218489
ANTECEDENTE
ACTA 9/93 "LA comisión Revisora se ratifica en que los productos como HERBALIFE Y SHAKLEE que contienen mezclas de vitaminas, y/o minerales y/o extractos de plantas, deben registrarse como medicamentos, por cuanto contienen principios activos factibles de modificar el metabolismo celular, de interactuar con procesos enzimáticos endógenos y de modificar la homeostasis de los sistemas regulatorios del organismo, todo lo cual conlleva no sólo a posibles respuestas terapéuticas sino a evidentes riesgos de reacciones secundarias".
Solicitan estudiar el producto y darle la clasificación correspondiente para obtener el registro sanitario.
El interesado allega memorial explicando el porque el producto tiene presentación farmacéutica.
De acuerdo con la composición del preparado no cumple con las especificaciones para medicamentos ni alimentos.
Ver composición de memorial
EXPEDIENTE: 218483
ANTECEDENTE
ACTA 9/93 "LA comisión Revisora se ratifica en que los productos como HERBALIFE Y SHAKLEE que contienen mezclas de vitaminas, y/o minerales y/o extractos de plantas, deben registrarse como medicamentos, por cuanto contienen principios activos factibles de modificar el metabolismo celular, de interactuar con procesos enzimáticos endógenos y de modificar la homeóstasis de los sistemas regulatorios del organismo, todo lo cual conlleva no sólo a posibles respuestas terapéuticas sino a evidentes riesgos de reacciones secundarias".
Solicitan estudiar el producto y darle la clasificación como alimento.
El interesado allega memorial explicando que el producto es un alimento.
De acuerdo con la composición del preparado no cumple con las especificaciones para medicamentos ni alimentos.
BEBIDA ENERGIZANTE DE PROTEINA DE SOYA , VAINILLA Y COCOA
EXPEDIENTE: 218485
ANTECEDENTE
ACTA 9/93 "LA comisión Revisora se ratifica en que los productos como HERBALIFE Y SHAKLEE que contienen mezclas de vitaminas, y/o minerales y/o extractos de plantas, deben registrarse como medicamentos, por cuanto contienen principios activos factibles de modificar el metabolismo celular, de interactuar con procesos enzimáticos endógenos y de modificar la homeóstasis de los sistemas regulatorios del organismo, todo lo cual conlleva no sólo a posibles respuestas terapéuticas sino a evidentes riesgos de reacciones secundarias".
Solicitan estudiar el producto y darle la clasificación como alimento, allegan anexo justificando esa clasificación.
De acuerdo con la composición del preparado no cumple con las especificaciones para medicamentos ni alimentos.
El consejero económico de la embajada solicita concepto para la importación de los siguientes productos:
COCA-ANIS COCA-HIERBA LUISA COCA-MENTA COCA-MANZANILLA COCA-UÑA DE GATO COCA-LYPTUS INFUSION EXOTICA
El interesado allega información botánica, ecológica, química y de los usos de los productos de la referencia.
La Comisión Revisora considera que la hoja y el extracto de hojas de coca se incluyen en la norma 22.0.0.0.N10 como ventajosamente sustituidos para cualquier actividad terapéutica, nutricional y/o cosmética
Por lo tanto la Comisión Revisora considera que no existe la posibilidad de dar registro sanitario para la fabricación o importación de preparados que contengan los productos mencionados (hoja de coca o sus extractos).
Cada 100 g de crema contienen:
IBUPROFENO 5.O g
EXPEDIENTE 56586
INDICACIONES
Antiinflamatorio y analgésico no esteroide. Alivia el dolor y ejerce un efecto refrescante. Tratamiento local de inflamaciones traumáticas de tendones, músculos y articulaciones debidas a luxaciones, distorsiones y distensiones. Formas localizadas de reumatismo extraarticular (tenosinovitis, síndrome hombro mano y bursitis). Afecciones reumáticas localizadas (artrosis de articulaciones periféricas y de columna vertebral, periartrosis).
CONTRAINDICACIONES
Hipersensibilidad al ibuprofeno. Ante la ausencia de experiencia previa no se recomienda su utilización en el embarazo.
PRECAUCIONES
No ingerirlo, no aplicar sobre heridas, en embarazo bajo control medico.
El interesado allega información para sustentar su petición de nueva concentración y forma farmacéutica. Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la nueva concentración del principio activo en el producto de la referencia.
Se niega, debe allegar estudios que demuestren la eficacia del producto por la vía tópica en esa concentración.
Cada 100 ml contienen:
SULFATO DE PARAMOMYCINA 1 g Equivalente a 750 mg de Paramomycina Base CAOLIN 20 g
EXPEDIENTE: 213386
INDICACIONES
En el tratamiento de las diarreas de origen alimentario, no específicas, bacterianas o por protozoarios.
En acta 53/97, se aceptó la asociación de paromomicina sulfato 15 % y cloruro de metilbencetonio 12% en ungüento.
Se solicita evaluar la nueva asociación, ya que en norma 4.2.2.0 N30 no se acepta la asociación de antihelmínticos con otros fármacos mientras no exista justificación terapéutica. Se solicita también evaluar el nombre del producto.
No se acepta según la norma 8.1.2.0N40