COMISIÓN REVISORA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, COSMÉTICOS Y PRODUCTOS NATURALES.
SALA ESPECIALIZADA DE MEDICAMENTOS
ACTA 05
FECHA: FEBRERO 26 DE 1998
HORA: 8.00 a.m.
LUGAR: SALA DE REUNIONES DEL INVIMA
ORDEN DEL DÍA
Asistieron los doctores GUSTAVO ISAZA MEJÍA, ROBERTO LOZANO OLIVEROS, JORGE OLARTE CARO, CAMILO URIBE GRANJA, miembros de la Comisión Revisora, el Dr. CARLOS MALDONADO MUETE, Coordinador de la Comisión Revisora, el Dr. LEONARDO OLIVARES DE LA ESPRIELLA Químico farmacéutico y BLANCA NELLY PATIÑO H. Tecnóloga.
Cada tableta contiene:
WARFARINA SODICA 5 mg
EXPEDIENTE: 41629
**R.S.**M- 004506 R1
El apoderado del laboratorio titular del registro, presenta información Prescriptiva actualizada del producto con el fin de que sea revisada y estudiada y en caso de ser aceptada oficialmente sea agregada al EXPEDIENTE de la referencia.
Se acepta.
Cada 100 ml contiene
SALVIA PALEOFOLIA 2.5 g
EXPEDIENTE: 206161
MASTRANTO GOTAS
Cada 30 ml contienen:
SALVIA PALEOFOLIA 0.025 g
EXPEDIENTE: 207705
INDICACION TERAPEUTICA TRADICIONAL SOLICITADA
Hipotensor Menor
CONTRAINDICACIONES
Embarazo y lactancia
El interesado da respuesta al ultimo auto impuesto por este Instituto y para este fin allega la Sustentación histórica de la Salvia palaefolia. Solicita el concepto de la Comisión Revisora.
No hay suficiente sustentación de los efectos hipotensores.. Requiere mas información de su seguridad y eficacia terapéutica
Cada 100 ml contienen:
PARIETARIA (PARIETARIA OFICINALIS) 20 g (Flores y Tallos).
EXPEDIENTE: 60227
USO TRADICIONAL
Como diurético y demulcente. Se usa para tratar cistitis, pielitis, disuria y cálculos renales, como hemostático y emoliente.
ACCION, USOS FARMACOLOGICOS Y CLINICOS
Ayuda a eliminar las dolencias en caso de artritis gotosa, reumática, ácido úrico.
Se solicita el concepto de la Comisión Revisora, para tal efecto se allega información técnica.
No se acepta el producto por cuanto la información enviada por el interesado no aporta sustentación histórica adecuada ni estudios científicos que permitan establecer una indicación especifica.
EXPEDIENTE 209564
Se solicita a la Comisión Revisora su concepto en cuanto a:
1-No se acepta el nombre porque sugiere una indicación terapéutica, por lo cual debería ser considerado como medicamento.
2-No existe evidencia científica de la posible utilidad de los constituyentes del preparado , lo cual no permite establecer uso alguno.
EXPEDIENTE: 202974
Se solicita a la Comisión Revisora su concepto en cuanto al nombre del producto por cuanto algunas expresiones hacen alusión a indicaciones.
No se acepta por cuanto algunos términos sugieren acción terapéutica y se presta a confusión
FOR MEN
EXPEDIENTE 213575
Se solicita a la Comisión Revisora conceptúe en torno al nombre del producto ya que este hace alusión a indicaciones.
De acuerdo a concepto de la Comisión Revisora el nombre de un producto cosmético no debe hacer alusión a indicación terapéutica alguna, si lo hace debe ser considerado como medicamento.
EXPEDIENTE: 209100
Se solicita a la Comisión Revisora su concepto en lo referente a si en el nombre de un producto cosmético se puede aceptar la frase “Regenerative Formula”.
De acuerdo a concepto de la Comisión Revisora el nombre de un producto cosmético no debe hacer alusión a indicación terapéutica alguna, si lo hace debe ser considerado como medicamento.
Cada 100 g contienen:
TRICLOROCARBANILIDA “TCC” 0.7 g (Ingrediente antibacterial)
EXPEDIENTE: 202765
ANTECEDENTES
ACTA 03/97 Numeral 2.1.2.:
El interesado solicita a la Comisión Revisora se replantee el concepto de no poder promocionar el efecto antibacteriano de la triclorocarbanilida con este fin expone sus argumentos.
Se ratifica el auto emitido en el ACTA 03/97, numeral 2.1.2.
EXPEDIENTE 204519
Se solicita a la Comisión Revisora se conceptúe si puede aceptarse un producto con un factor de protección solar 6 con la indicación para bebes, por que de acuerdo con la literatura el mínimo factor de protección aceptado para bebes de 6 meses en adelante es de 15.
Los antisolares para bebes deben contener factores antisolares mayores o iguales a 15, el interesado lo reconoce y allega oficio en el cual propone modificación de etiqueta aclarando el bajo factor de protección. Debe verificarse la propuesta de nueva etiqueta.
EXPEDIENTE: 223950
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar en cuanto a la frase en las etiquetas “Penetra 7 capas profundas” , teniendo en cuenta que la acción de los productos cosméticos es a nivel superficial con el fin de mejorar entre otros el aspecto de la piel, dentro de la información técnica allegan resumen de estudios que sustentan la mencionada frase.
Se acepta.
Cada 100 ml contienen:
CAFEINA 4.0 g
EXPEDIENTE: 206618
Se solicita el concepto de la Comisión Revisora en cuanto a la concentración de cafeína en este tipo de producto.
No es un cosmético, deben presentar estudios clínicos debidamente publicados que demuestren la eficacia y seguridad del producto en las concentraciones de cafeína propuesta.. Deben sustentar la indicación solicitada.
Composición:
Aceite esencial de Naranja Aceite esencial de Flor de Azahar Aceite esencial de Sándalo
Aceite esencial de Manzanilla Aceite esencial de Ylang ylang Aceite de Almendras Dulces.
EXPEDIENTE: 215944
INDICACIONES
Relajante y calmante de la ansiedad. Favorece el sueño.
Se solicita el concepto de la Comisión Revisora para saber si los productos clasificados como aromaterapia pertenecen a productos cosméticos o a productos naturales teniendo en cuenta la forma de uso e indicaciones.
Al revisar el expediente no aparecen indicaciones terapéuticas, de tener indicaciones terapéuticas. Debe ser evaluado como medicamento.
EXPEDIENTE: 216562
Se solicita a la Comisión Revisora su concepto en lo referente a si se puede aprobar la cualidad de Ultra Sensible sustentándola con estudios para pieles sensibles.
Se acepta.
EXPEDIENTE: 54771
Se solicita a la Comisión Revisora conceptúe si un producto cosmético puede tener efectos o indicaciones como reparador; reestructurante; revitalizante y regenerador celular, además si estas expresiones pueden ser aceptadas en los nombres de los productos cosméticos.
De acuerdo a la posición de la Comisión Revisora los cosméticos no deben hacer alusión a indicación terapéutica, si lo hace debe ser considerados como medicamentos. Igualmente no respondió el auto de octubre 6/97 donde se le solicita justifique el nombre CTFA y estudios clínicos que demostraran hipoalergenicidad
% P/P
EXTRACTO DE GARCINIA CAMBOGIA 48.5437 ACEITE DE FLOR DE ALAZOR 40.0160 PICOLINATO DE CROMO 0.0810
Se solicita a la Comisión Revisora su concepto en lo referente a la clasificación del producto para poder obtener el Registro Sanitario. Lo anterior por cuanto esta información ya fue estudiada por la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas Alcohólicas y que se conceptuó que “No se concederá Registro Sanitario para alimentos en presentaciones farmacéuticas”, cabe anotar que el producto en su país de origen es clasificado como un complemento alimenticio y es de venta libre en el territorio de los Estados Unidos.
Los productos deberán registrarse como medicamentos ya que tienen principios activos que potencialmente tendrían eficacia terapéutica. Por lo tanto deben presentar la documentación científica que sustente la efectividad y seguridad
% P/P
EXTRACTO DE FRUTA DE LYCIUM 40.0 EXTRACTO FLAVONOIDE DEL LICORICE 5.0
Se solicita a la Comisión Revisora su concepto en lo referente a la clasificación del producto para poder obtener el Registro Sanitario. Lo anterior por cuanto esta información ya fue estudiada por la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas Alcohólicas y que se conceptuó que “No se concederá Registro Sanitario para alimentos en presentaciones farmacéuticas”, cabe anotar que el producto en su país de origen es clasificado como un complemento alimenticio y es de venta libre en el territorio de los Estados Unidos.
Los productos deberán registrarse como medicamentos ya que tienen principios activos que potencialmente tendrían eficacia terapéutica. Por lo tanto deben presentar la documentación científica que sustente la efectividad y seguridad
% P/P
ACEITE DE PESCADO OMEGA – 3 75 (Concentración al 50 % ) ACEITE DE OLIVA 25 (60 % Acido Oleico) VITAMINA E 3 U.I.
Se solicita a la Comisión Revisora su concepto en lo referente a la clasificación del producto para poder obtener el Registro Sanitario. Lo anterior por cuanto esta información ya fue estudiada por la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas Alcohólicas y que se conceptuó que “No se concederá Registro Sanitario para alimentos en presentaciones farmacéuticas”, cabe anotar que el producto en su país de origen es clasificado como un complemento alimenticio y es de venta libre en el territorio de los Estados Unidos.
Los productos deberán registrarse como medicamentos ya que tienen principios activos que potencialmente tendrían eficacia terapéutica. Por lo tanto deben presentar la documentación científica que sustente la efectividad y seguridad
% P/P
BROTE DE CEBADA VERDE 28.7656 MIEL 27.4912 SEMILLAS DE TRIGO 21.5465 ALFALFA 21.5465 ACIDO ESTEARICO 0.3877 PIMENTON 0.2520 PICOLINATO DE CROMO 0.0105
Se solicita a la Comisión Revisora su concepto en lo referente a la clasificación del producto para poder obtener el Registro Sanitario. Lo anterior por cuanto esta información ya fue estudiada por la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas Alcohólicas y que se conceptuó que “No se concederá Registro Sanitario para alimentos en presentaciones farmacéuticas”, cabe anotar que el producto en su país de origen es clasificado como un complemento alimenticio y es de venta libre en el territorio de los Estados Unidos.
Los productos deberán registrarse como medicamentos ya que tienen principios activos que potencialmente tendrían eficacia terapéutica. Por lo tanto deben presentar la documentación científica que sustente la efectividad y seguridad
Cada 100 gramos contienen:
EMBRIONES DE PATO 2.66 g
EXPEDIENTE 23608
Se solicita a la Comisión Revisora su concepto en lo referente al empleo de embriones de pato como principio activo de una crema.
No se acepta, debe justificar la presencia de los embriones de pato en la preparación.
Cada ml contiene:
OFLOXACINA 3 mg
EXPEDIENTE: 45121
INDICACIONES APROBADAS
Agente alternativo para el tratamiento de infecciones de la conjuntiva y de la cornea, causadas por gérmenes sensibles a la ofloxacina.
INDICACIONES SOLICITADAS
Utilización en pediatría en niños mayores de 2 años
El interesado allega estudios clínicos para sustentar la indicación y solicita el Concepto de la Comisión Revisora.
Se acepta.
INDICACION
Se acepta la Indicación para niños entre 2 y 12 años.
CONTRAINDICACIONES
Contraindicado en niños menores de 1 año.
ADVERTENCIA
No utilizar en niños en un período mayor de 10 días.
Cada ml de solución contiene:
KETOROLACO TROMETAMINA 5 mg
EXPEDIENTE: 200694
INDICACIONES APROBADAS
Agente antiinflamatorio en postoperatorio ocular, cataratas, implantación de lentes intraoculares, pterigio.
INDICACIONES SOLICITADAS
Alivio de la picazón y el dolor, que se presenta en la conjuntivitis alérgica.
Manejo del dolor e inflamación postoperatorio de la: queratectomía fotorrefractiva con láser excimer.
El interesado allega estudios clínicos para sustentar las nuevas indicaciones, solicita el concepto de la Comisión Revisora.
Se acepta como anestésico antiinflamatorio de uso ocular. No se aceptan las indicaciones solicitadas por el interesado: “ Alivio de la picazón en la conjuntivitis alérgica“.
Cada tableta contiene:
LOSARTAN POTASICO 50 mg
EXPEDIENTE: 59606
INDICACIONES APROBADAS
Antihipertensor
INDICACIONES SOLICITADAS
Tratamiento de la insuficiencia cardiaca, usualmente en combinación con diuréticos y/o digitálicos.
El interesado allega estudios clínicos que justifican la indicación solicitada y solicita el concepto de la Comisión Revisora.
Se acepta, como coadyuvante en el tratamiento de la insuficiencia cardiaca
Cada cápsula de Bayrocin XR contiene:
ACEMETACINA 90 mg
INDICACIONES
Antirreumático Dolor y limitación de la movilidad asociados con: Padecimiento reumatológicos crónicos como osteoartritis y artritis reumatoide.
Espondiloartritis seronegativas, como espondilitis anquilosante, artritis psoriásica y Síndrome de Reiter.
El interesado allega información clínica y solicita el concepto de la Comisión Revisora.
Se acepta.
INDICACIONES
Analgésico antiinflamatorio no esteroidal
CONTRAINDICACIONES
Dishematopoyesis no resuelta y la hipersensibilidad a la acemetacina o indometacina.
No se debe administrar a aquellos pacientes que hayan presentado reacciones de hipersensibilidad (p.e. ataques de asma, reacciones de la piel o rinitis aguda) a los antiinflamatorios / analgésicos no esteroides a menos que se tomen las medidas de seguridad. Los pacientes que padecen asma, fiebre del heno, inflamación de la mucosa nasal o algún padecimiento respiratorio crónico son de particular riesgo a las reacciones de hipersensibilidad. Pacientes con evidencia de úlcera gástrica duodenal o con síntomas gastrointestinales; pacientes con daño renal hepático, con hipertensión o insuficiencia cardiaca y los pacientes ancianos requieren vigilancia médica estrecha.
No es aconsejable administrarlo a niños menores de 14 años ya que no existe información suficiente acerca de su uso en este grupo de pacientes.
Cada cápsula contiene:
FLUBENDAZOL 300 mg
EXPEDIENTE: 53510
El interesado solicita a la Comisión Revisora conceptuar si se acepta la forma farmacéutica de cápsulas para el producto en cuestión. Al momento se comercializan las formas farmacéuticas de tableta y suspensión.
Se acepta
Cada supositorio contiene:
MELOXICAM 15 mg SUPPOCIRE BP 1633.5 mg ACEITE DE CASTOR POLIOXIETILENADO 40 16.5 mg
EXPEDIENTE: 219018
INDICACIONES
Osteoartritis artrosis, enfermedades artríticas degenerativas) artritis reumatoidea.
Patología disco-vertebral, lumbalgia, ciatalgia, neuralgia cérvico-braquial.
Reumatismo extra - articular: eriartritis escápulo - humeral.
Estados inflamatorios y edematosos post-traumáticos especialmente del área O.R.L. y estomatológica.
CONTRAINDICACIONES
Ulcera gástrica o duodenal activa, hipersensibilidad al meloxicam. Insuficiencia hepática severa e insuficiencia renal severa no dializada: Historia de hipersensibilidad al A.A.S- o a otros antiinflamatorios no esteroides (ataque asmático, rinitis alérgica). Embarazo, lactancia.
Contraindicado en pacientes menores de 15 años.
Se solicita a la Comisión Revisora se conceptúe acerca de la nueva forma farmacéutica ya que a la actualidad están aprobadas las tabletas y las ampollas para este principio activo.
Se acepta
Cada tableta contiene:
VITAMINA E ( dl-Alfa Tocopheryl Acetato) 400 U.I.
INDICACION
Como suplemento de la dieta.
CONTRAINDICAIONES
Ninguna.
ANTECEDENTES
Se encuentran aprobadas en esta concentración las formas farmacéuticas de cápsula y perla.
Se solicita el concepto de la Comisión Revisora para esta nueva forma farmacéutica, se allega información técnica.
Se acepta.
Cada 10 ml contienen:
1.0 G DE PROTEÍNA DE INMONUGLOBULINA HUMANA QUE CONTIENEN 500 U. DE ANTICUERPOS CONTRA CITOMEGALOVIRUS.
EXPEDIENTE: 45734
Se solicita a la Comisión Revisora se conceptúe en que norma farmacológica se incluiría el principio activo del producto.
Se acepta.
Se incluye en norma 18.2.0.0.N10
NOTA DE FARMACOVIGILANCIA
Deben presentar informes periódicos de farmacovigilancia cada seis meses durante el primer año y luego anualmente. La información debe corresponder a las RAMS halladas a nivel nacional e internacional.
Cada tableta contiene:
ZIDOVUDINE 300 mg LAMIVUDINA 150 mg
EXPEDIENTE: 224991
INDICACIONES SOLICITADAS
Indicado para el tratamiento de adultos y niños mayores de 12 años de edad infectados con el VIH, con una inmunodeficiencia progresiva.
CONTRAINDICACIONES
Esta contraindicado en pacientes con hipersensibilidad conocida a la Lamivudina, zidovudina o a cualquier otro constituyente del preparado.
La zidovudina esta contraindicada en pacientes con cuentas de neutrófilos anormalmente bajas, o niveles anormalmente bajos de hemoglobina.
El interesado allega documentación preclínica, clínica, estudios de bioequivalencia, estudios clínicos entre otros y solicita el concepto de la Comisión Revisora.
No se acepta por cuanto:
1- Los estudios presentados corresponden a la evaluación de los dos principios activos en forma individual y con diferentes dosis , no a la combinación solicitada en preparado a dosis fija.
2- El nombre comercial no es adecuado.
Cada ampolla de 5 ml contiene:
PEFLOXACINO MESILATO EQUIVALENTE A 400 mg DE PEFLOXACINO.
EXPEDIENTE: 28911
INDICACIONES
Alternativo en el manejo de infecciones causadas por bacterias sensibles al pefloxacino, localizadas en vías respiratorias, aparato genitourinario, tracto gastrointestinal, tejidos blandos, huesos y septicemias.
CONTRAINDICACIONES
Hipersensibilidad al medicamento, menores de 12 años, embarazo y lactancia.
El interesado allega información y solicita el concepto de la Comisión Revisora.
Se acepta
Cada comprimido contiene
PEFLOXACINO 400 mg
EXPEDIENTE: 28912
INDICACIONES
Alternativo en el manejo de infecciones causadas por bacterias sensibles al pefloxacino, localizadas en vías respiratorias, aparato genitourinario, tracto gastrointestinal, tejidos blandos, huesos y septicemias.
CONTRAINDICACIONES
Hipersensibilidad al medicamento, menores de 12 años, embarazo y lactancia.
El interesado allega información y solicita el concepto de la Comisión Revisora.
Se acepta
Cada tableta contiene:
CANDESARTAN CILEXETILO 4 mg
EXPEDIENTE: 226045
BLOPRESS 8 mg
Cada tableta contiene:
CANDESARTAN CILEXETILO 8 mg
EXPEDIENTE: 226046
BLOPRESS 16 mg
Cada tableta contiene:
CANDESARTAN CILEXETILO 16 mg
EXPEDIENTE: 226047
INDICACIONES
Tratamiento de la hipertensión.
CONTRAINDICACIONES
Hipersensibilidad a alguno de los componentes.
Embarazo y lactancia. No debe emplearse durante el embarazo. Debido a los posibles efectos sobre el niño, en el caso en el que el tratamiento se considere esencial, la lactancia deberá interrumpirse.
PRECAUCIONES
El interesado allega estudios para la respectiva evaluación farmacológica e inclusión en normas.
Se acepta.
INDICACIONES
Tratamiento de la hipertensión.
CONTRAINDICACIONES
Hipersensibilidad a alguno de los componentes.
Embarazo y lactancia. No debe emplearse durante el embarazo. Debido a los posibles efectos sobre el niño, en el caso en el que el tratamiento se considere esencial, la lactancia deberá interrumpirse.
PRECAUCIONES
Estenosis de la arteria renal. Reducción del volumen intravascular, uso concomitante de Diuréticos ahorradores de potasio:
NOTA DE FARMACOVIGILANCIA
Deben presentar informes periódicos de farmacovigilancia cada seis meses durante el primer año y luego anualmente. La información debe corresponder a las RAMS halladas a nivel nacional e internacional.
Cada tableta recubierta contiene:
OSEINA-HIDROXIAPATITA 830 mg COLAGENOS 216 mg CALCIO 178 mg FOSFORO 82 mg PEPTIDOS 75 mg
EXPEDIENTE 217286
INDICACIONES SOLICITADAS
Coadyuvante en el tratamiento de los procesos que incluyen descalcificación. Prevención de la osteoporosis, raquitismo, osteomalacia, e hipocalcemia medicamentosa por corticosteroides, anticonvulsivantes, etc.
CONTRAINDICAIONES Y ADVERTENCIAS
Hipersensibilidad al medicamento. Hipercalcemia e hipercalciuria severa. En pacientes con tendencia a la formación de cálculos renales el médico deberá regular la posología.
PRECAUCIONES
En la insuficiencia renal deberá evitarse la administración de dosis elevadas de OSSOPAN por tiempo prolongado. No administrar simultáneamente con digitálicos ni bifosfonatos.
El uso durante el embarazo, queda a criterio del médico tratante. Sin embargo, en estudios realizados en mujeres gestantes no se han observado riesgos para el feto.
Se pide conceptuar a la Comisión Revisora sobre la composición, indicaciones, contraindicaciones y advertencias del producto de la referencia y si se incluye en Normas Farmacológicas.
No se acepta por cuanto el origen animal (bovino) y geográfico del producto implica un riesgo innecesario de enfermedades infecciones graves, sobretodo si se tiene en cuenta que en el país existen otras fuentes de calcio y fósforo menos costosas y mas seguras
Cada cápsula retard contiene:
SULFATO DE MORFINA DE LIBERACION PROLONGADA 10 mg
EXPEDIENTE 216916
El interesado allega estudios de biodisponibilidad, estabilidad e información farmacológica. Se pide a la Comisión Revisora conceptuar sobre el producto de la referencia.
M-ESLON CAPSULAS RETARD 30 mg Cada cápsula retard contiene:
SULFATO DE MORFINA DE LIBERACION PROLONGADA 30 mg
EXPEDIENTE 216065
El interesado allega estudios de biodisponibilidad, estabilidad e información farmacológica. Se pide a la Comisión Revisora conceptuar sobre el producto de la referencia.
Se acepta. MEDICAMENTO DE CONTROL ESPECIAL.
INDICACIONES
Dolor severo que no responde a otros analgésicos, en particular dolor por cáncer.
CONTRAINDICACIONES
La morfina de liberación prolongada nunca debe administrarse en los siguientes casos.
Depresión respiratoria.
Niños menores de 6 meses.
Síndrome abdominal de etiología desconocida.
Insuficiencia hepatocelular grave.
Traumatismos craneanos e hipertensión intracraneana.
Estado convulsivo.
Intoxicación alcohólica y deliriums tremens.
Madres lactando (si coincide con el inicio del tratamiento.
Combinación con buprenorfina, nalbufina, pentazocina e IMAOs.
ADVERTENCIAS
Las formas de liberación controladas, como medicación única, no son adecuadas para paliar procesos dolorosos agudos, se pueden usar pero una vez que se haya el dolor con las formas de liberación rápidas.
La repentina descontinuación de tratamientos prolongados provoca síndrome de abstinencia, caracterizado por ansiedad, irritabilidad, temblor, midriasis, náusea, vómito, ruboración, sudoración, lagrimeo, rinorrea, dolor abdominal, diarrea y dolor articular.
EMBARAZO Y LACTANCIA
La administración de dosis altas al final del embarazo, incluso durante períodos cortos, puede ocasionar depresión respiratoria.
El consumo crónico de morfina por parte de la madre durante los tres últimos meses del embarazo, independientemente de la dosis, puede provocar síndrome de abstinencia en el recién nacido.
La lactancia está contraindicada durante la administración de morfina.
Cada ampolla de 5 ml contiene no menos de:
1000 DICT50 DE VIRUS DE SARAMPIÓN(cepa atenuada de Edmonston-Zagreb)
5000 DICT50 DE VIRUS DE PAROTIDITIS(cepa atenuada de Leningrad-Zagreb
1000 DICT50 DE VIRUS DE RUBEOLA(cepa atenuada de Wistar RA 27/3)
EXPEDIENTE 220111
El interesado allega la información farmacológica y técnica para sustentar su petición. Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre el producto de la referencia, ya que la cepa del virus de la parotiditis (cepa atenuada de Leningrad-Zagreb) en este producto es diferente al de la vacuna TRIVIRATEN de Berna que se encuentra en el mercado. Se pide conceptuar sobre el procedimiento de fabricación.
Se remite para evaluación técnica al grupo de Control de Calidad de Vacunas.
Cada tableta contiene: P/P % GLUCONATO DE ZINC 18.2609 (Equivalente a 18 mg de zinc) FOSFATO DICALCICO 78.2246 POLVO DE CEBADA TOSTADA 1.5000 GOMA DE CELULOSA MODIFICADA 1.0000 DIOXIDO DE SILICIO 0.4348 ESTEARATO DE CALCIO 0.4348 POLVO DE ALFALFA 0.1449 100.00
EXPEDIENTE 218418
ANTECEDENTE
ACTA 9/93 "La comisión Revisora se ratifica en que los productos como HERBALIFE Y SHAKLEE que contienen mezclas de vitaminas, y/o minerales y/o extractos de plantas, deben registrarse como medicamentos, por cuanto contienen principios activos factibles de modificar el metabolismo celular, de interactuar con procesos enzimáticos endógenos y de modificar la homeóstasis de los sistemas regulatorios del organismo, todo lo cual conlleva no sólo a posibles respuestas terapéuticas sino a evidentes riesgos de reacciones secundarias".
INDICACIONES
El peticionario no adjunta indicaciones farmacológicas; afirma que en el país de origen del producto está aceptado como alimento.
CONTRAINDICACIONES Los ingredientes se utilizan para mantener una dieta sana. Se debe revisar la utilización del producto, o descontinuarse, si se desarrolla malestar o si el manejo de la dieta está indicado por un médico.
EFECTOS COLATERALES
Los ingredientes activos se reconocen generalmente como seguros en el país de origen.
Los niveles de ingestión sugeridos son consistentes con las buenas prácticas de la dieta. No se indican efectos colaterales ni reacciones adversas.
PRECAUCIONES
No se requiere ninguna precaución para este producto.
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre las indicaciones, contraindicaciones y advertencias del producto de la referencia.
Se niega por cuanto no justifico la asociación del Zinc con productos naturales obtenidos de plantas.
Cada ampolla de 0.5 ml contiene:
ANTIGENO DE SUPERFICIE DEPURADO DEL VIRUS DE LA HEPATITIS B (HbsAg), ADSORBIDO SOBRE HIDROXIDO DE ALUMINIO 10 mcg
EXPEDIENTE 40987
R.S. M-14408
El peticionario allega inserto para ser evaluado por la Comisión Revisora.
Se acepta.
Cada ampolla de 1 ml contiene:
ANTIGENO DE SUPERFICIE DEPURADO DEL VIRUS DE LA HEPATITIS B (HbsAg), ADSORBIDO SOBRE HIDROXIDO DE ALUMINIO 20 mcg
Cada ampolla de 0.5 ml contiene:
ANTIGENO DE SUPERFICIE DEPURADO DEL VIRUS DE LA HEPATITIS B (HbsAg), ADSORBIDO SOBRE HIDROXIDO DE ALUMINIO 10 mcg
EXPEDIENTE 34354
R.S. M-011189
El peticionario allega inserto para ser evaluado por la Comisión Revisora.
Se acepta
Cada ampolla contiene:
GRANISETRON 20 mcg/ml
EXPEDIENTE 215077
R.S. M-00730
El peticionario allega inserto para ser evaluado por la Comisión Revisora.
Se acepta.
Cada ml de vacuna contiene
VIRUS DE LA HEPATITIS A INACTIVADO 7200 U ELISA ANTIGENO DE SUPERFICIE DEL VIRUS DE LA HEPATITIS B RECOMBINANTE 20 mcg
EXPEDIENTE 216963
R.S. M-007230
El peticionario allega inserto para ser evaluado por la Comisión Revisora.
Se acepta
EXPEDIENTE 217757
R.S. M-007236
El peticionario allega inserto para ser evaluado por la Comisión Revisora
Se acepta..
1- Debe enviar los antecedentes toxicológicos y clínicos del medicamento a utilizar. 2- Anexar la carta de Helsinki. 3- La hoja de vida de los investigadores y visto bueno del comité de ética de la entidad donde se va a realizar.
Cada tableta contiene:
NUCLEO DE LA TABLETA INGREDIENTES %
Cada 0..5 ml de suspensión contiene:
720 UNIDADES ELISA DE UNA SUSPENSIÓN ESTÉRIL DEL VIRUS INACTIVO DE LA HEPATITIS A (CEPA HM175 DEL VIRUS DE LA HEPATITIS Polvo De Ajo Deshidratado 65.041337
| INGREDIENTES | % |
|---|---|
| Polvo De Ajo Deshidratado | 65.041337 |
| A). |
| Extracto de Romero | 3.252067 |
|---|---|
| Aceite de menta | 0.182929 |
| Excipientes C.S.P. | 100% |
EXPEDIENTE 218830
ANTECEDENTE
ACTA 9/93 "LA comisión Revisora se ratifica en que los productos como HERBALIFE Y SHAKLEE que contienen mezclas de vitaminas, y/o minerales y/o extractos de plantas, deben registrarse como medicamentos, por cuanto contienen principios activos factibles de modificar el metabolismo celular, de interactuar con procesos enzimáticos endógenos y de modificar la homeóstasis de los sistemas regulatorios del organismo, todo lo cual conlleva no sólo a posibles respuestas terapéuticas sino a evidentes riesgos de reacciones secundarias".
INDICACIONES
El peticionario no adjunta indicaciones farmacológicas; afirma que en el país de origen del producto está aceptado como alimento.
CONTRAINDICACIONES
Ninguna
EFECTOS COLATERALES
Ninguno
PRECAUCIONES
Ninguna
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la inclusión o no en el listado de productos naturales del producto de la referencia.
Se niega por cuanto el registro sanitario para productos naturales solo se recomienda por la Comisión Revisora a aquellas preparaciones que han demostrado utilidad medicinal. Y El interesado afirma que su producto no tiene uso terapéutico
| Subconjunto ShakleeGuard: Lecitina de Soya Hidroxilada Ascorbilpalmitato Extracto de Romero | 0.221622 |
|---|---|
| 0.000044 | |
| 0.000022 | |
| 0.000022 | |
| Excipientes C.S.P. | 100% |
| Extracto de Romero 3.252067 | |
| Aceite de menta 0.182929 | |
| Excipientes C.S.P. 100% |
REVESTIMIENTO Subconjunto ShakleeGuard: Lecitina de Soya Hidroxilada Ascorbilpalmitato Extracto de Romero
Mezcla de aceites de Borojó y Girasol
Aceite de Borojó (Borago officinalis) 79.6126 Aceite de Girasol (Helianthus annuus) 17.4759 d-a tocoferol 2.8738 ShakleeGuard: Ascorbilpalmitato Extracto de Romero 0.0189 0.0094 Mezcla de Tocoferol concentrado 0.0094 Total 100
REVESTIMIENTO Gelatina 55.00 Glicerina 35.00 Agua 10.00 Total 100
ANTECEDENTE
ACTA 9/93 "LA comisión Revisora se ratifica en que los productos como HERBALIFE Y SHAKLEE que contienen mezclas de vitaminas, y/o minerales y/o extractos de plantas, deben registrarse como medicamentos, por cuanto contienen principios activos factibles de modificar el metabolismo celular, de interactuar con procesos enzimáticos endógenos y de modificar la homeóstasis de los sistemas regulatorios del organismo, todo lo cual conlleva no sólo a posibles respuestas terapéuticas sino a evidentes riesgos de reacciones secundarias".
INDICACIONES
El peticionario no adjunta indicaciones farmacológicas; afirma que en el país de origen del producto está aceptado como alimento.
CONTRAINDICACIONES
Los ingredientes se utilizan para mantener una dieta sana. Se debe revisar la utilización del producto, o descontinuarse, si se desarrolla malestar o si el manejo de la dieta está indicado por un médico.
EFECTOS COLATERALES
Los ingredientes activos se reconocen generalmente como seguros en el país de origen. Los niveles de ingestión sugeridos son consistentes con las buenas
| INGREDIENTES | % |
|---|---|
| Mezcla de aceites de Borojó y Girasol | |
| Aceite de Borojó (Borago officinalis) | 79.6126 |
| Aceite de Girasol (Helianthus annuus) | 17.4759 |
| d-a tocoferol | 2.8738 |
| ShakleeGuard: Ascorbilpalmitato Extracto de Romero | 0.0189 0.0094 |
| Mezcla de Tocoferol concentrado | 0.0094 |
| Total | 100 |
| Gelatina | 55.00 |
| --- | --- |
| Glicerina | 35.00 |
| Agua | 10.00 |
| Total | 100 |
Cada cápsula contiene:
NUCLEO DE LA TABLETA INGREDIENTES %
Extracto de ñorbo (Passiflora incarnata) 14.8515 Extracto de flor de Manzanilla (Matricaria chamimilla 12.4752 Polvo de Ciruela 12.4752 Polvo de Higo 12.4752 Excipientes C.S.P. 100%
ANTECEDENTE
ACTA 9/93 "LA comisión Revisora se ratifica en que los productos como HERBALIFE Y SHAKLEE que contienen mezclas de vitaminas, y/o minerales y/o extractos de plantas, deben registrarse como medicamentos, por cuanto contienen principios activos factibles de modificar el metabolismo celular, de interactuar con procesos enzimáticos endógenos y de modificar la homeóstasis de los sistemas regulatorios del organismo, todo lo cual conlleva no sólo a posibles respuestas terapéuticas sino a evidentes riesgos de reacciones secundarias".
INDICACIONES
El peticionario no adjunta indicaciones farmacológicas; afirma que en el país de origen del producto está aceptado como alimento
CONTRAINDICACIONES
Ninguna
EFECTOS COLATERALES
prácticas de la dieta. No se indican efectos colaterales ni reacciones adversas.
PRECAUCIONES
No se requiere ninguna precaución para este producto.
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la inclusión o no en el listado de productos naturales del producto de la referencia.
No se acepta: por cuanto una vez estudiada la documentación la Comisión Revisora considera que no presento información científica adicional que desvirtúe los concepto emitidos en el auto del acta 9/93 “copiar auto”
Cada tableta contiene: INGREDIENTES %
| INGREDIENTES | % |
|---|---|
| Extracto de valeriana (Valeriana officinalis) | 14.8515 |
| Extracto de ñorbo (Passiflora incarnata) | 14.8515 |
| Extracto de flor de Manzanilla (Matricaria chamimilla | 12.4752 |
| Polvo de Ciruela | 12.4752 |
| Polvo de Higo | 12.4752 |
| Excipientes C.S.P. | 100% |
| Extracto de valeriana (Valeriana officinalis) 14.8515 |
Los ingredientes activos se reconocen generalmente como seguros en el país de origen. Los niveles de ingestión sugeridos son consistentes con las buenas prácticas de la dieta. No se indican efectos colaterales ni reacciones adversas.
PRECAUCIONES
Ninguna
Se solicita a la Comisión Revisora conceptuar sobre la inclusión o no en el listado de productos naturales del producto de la referencia.
Se niega por cuanto el registro sanitario para productos naturales solo se recomienda por la Comisión Revisora a aquellas preparaciones que han demostrado utilidad medicinal. y El interesado afirma que su producto no tiene uso terapéutico