MINISTERIO DE SALUD
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS
INVIMA
COMISIÓN REVISORA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, COSMÉTICOS, PRODUCTOS NATURALES Y VARIOS, ALIMENTOS Y BEBIDAS, PLAGUICIDAS DE USO DOMESTICO Y DEMÁS PRODUCTOS QUE INCIDAN EN LA SALUD INDIVIDUAL Y COLECTIVA DE LAS PERSONAS Y DEL AMBIENTE
ACTA 13
FECHA: FEBRERO 6 DE 1997
HORA: 10:15 a.m.
LUGAR: SALA DE REUNIONES DEL INVIMA
ORDEN DEL DÍA
Asistieron los doctores GUSTAVO ISAZA MEJÍA, ROBERTO LOZANO OLIVEROS, JORGE OLARTE CARO, CAMILO URIBE GRANJA, JESUALDO FUENTES miembros de la Comisión Revisora. el Dr. RICARDO LEAL BAQUERO, Secretario Ejecutivo de la Comisión Revisora, el Dr. CARLOS MALDONADO MUETE, Coordinador de la Comisión Revisora, la Dra. MARIA JACQUELIN OROZCO DIAZ Química farmacéutica y BLANCA NELLY PATIÑO H. Tecnologa.
Cada frasco ampolla contiene:
AMOXICILINA 500 mg SULBACTAM 250 mg
Expediente: 48194
TRIFAMOX IBL 1000 mg, 8 comprimidos Expediente: 48195
TRIFAMOX IBL 1500 mg 1 Inyección Expediente: 48193
TRIFAMOX 75O mg comprimidos Expediente: 204410
TRIFAMOX IBL 250 mg jarabe Expediente: 48196
TRIFAMOX IBL 500 mg jarabe Expediente: 48197
TRIFAMOX IBL 500 mg comprimidos Expediente: 48198
TRIFAMOX IBL 1000 mg, 16 comprimidos Expediente: 48187
Antecedente: Acta 31/95: Se ratifica la negación por cuanto la documentación allegada es la misma presentada en las anteriores ocasiones por lo cual la Comisión Revisora considera que no se han hecho nuevos aportes que sustenten la asociación.
El interesado allega estudios de biodisponibilidad de la asociación amoxicilina-sulbactam y estudios clínicos.
No se acepta, se ratifica el anterior auto .
Cada 100 gr. de crema contiene: OXIDO DE ZINC 5.0 g ALANTOINA 0.5 g
EXPEDIENTE: 11430
Antecedentes: Se encuentra aprobadas las siguientes asociaciones:
1.- Alantoina-benzocaina - Oxido de Zinc - Bálsamo del Perú - Mentol - Timol. 2.- Alantoina - Alquitrán
Consulta: Se acepta la asociación con las concentraciones propuestas.
En cual norma farmacológica se incluye.
Conceptuar indicaciones, contraindicaciones y advertencias.
Debe allegar la sustentación cientifica sobre la presencia del Butil hidroxi tolueno y el perfil de seguridad para el producto.
Cada 100 g de polvo contiene: DEXAMETASONA 0.01 g HIDROCORTISONA ACETATO 1.00 g PARA FORMALDEHIDO 2.20 g DIYODOTIMOL 25.00 g OXIDO DE ZINC 41.79 g OXIDO PLUMBICO ROJO 5.00 g SULFATO DE BARIO 15.00 g ESTEARATO DE MAGNESIO 10.00 g
EXPEDIENTE: 19894
Antecedentes: Auto 16704 del 12/02/96: “Debido a la toxicidad del óxido de plomo rojo, se debe sustentar su presencia en la formulación y ventaja con respecto a otros compuestos que pudieran cumplir la misma función. También dar evidencia sobre la seguridad e inocuidad del producto (si se envió literatura esta debe ser de carácter científico y reconocida internacionalmente”.
Consulta:
Teniendo en cuenta que la hidrocortisona ejerce una función sistémica, se les puede aceptar el 1% en la formulación del producto?
El interesado allega la información solicitada.
Se acepta
Cada 100 ml de solución contienen: MALEATO DE DIMETINDENO 0.025 mg FENILEFRINA BASE 0.25 mg CLORURO DE BENZALCONIO Preservativo
EXPEDIENTE: 21334
Antecedentes: En la norma farmacológica 11.1.4.0N50: “No se aceptan asociaciones de vasoconstrictores con cualquier otro principio activo para uso tópico nasal, por no existir justificación terapéutica.”.
Indicaciones: Preparación nasal indicada en casos de resfriado común, agudo, rinitis crónica, estacional fiebre del henol y rinitis alérgica no estacional, sinusitis aguda y crónica, como coadyuvante en casos de otitis media aguda y cuidados pre y post-operatorios.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a alguno de los componentes.
Se solicita conceptuar la asociación presentada.
La documentación allegada, no desvirtua el concepto que tiene la Comisión Revisora respecto a que los antihistaminicos tienen efecto sensibilizante cuando se emplea en piel y mucosa, excepto dos que no han mostrado tal propiedad sensibilizante
Cada 100 g de crema contienen: ACEITE DE HÍGADO DE PESCADO USP 20.00 g OXIDO DE ZINC USP 27.00 g
EXPEDIENTE: 20627-R1
Antecedentes: La asociación de principios activos no se encuentra en normas farmacológicas vigentes.
El producto de la referencia se encuentra registrado en el PLM y tiene registro No. M-008546 MS Se solicita conceptuar sobre el producto de la referencia.
Indicaciones: Dermatitis irritativas, especialmente: - Eritema de las nalgas de lactantes - Quemaduras superficiales poco extensas, golpes de calor. - Lesiones cutáneas superficiales no supurativas (No infectados).
Contraindicaciones: Antecedentes de hipersensibilidad a alguno de los componentes de la fórmula la sensibilización al producto.
No se acepta la vitamina A para las indicaciones aprobadas del producto por lo tanto debe retirarse de la publicidad y la información relacionada.
Cada 100 g contienen: CLOTRIMAZOL 1.00 g CLINDAMICINA FOSFATO 2.64 g (equivalente a Clindamicina base) 2.00 g
EXPEDIENTE: 21740
Antecedentes:
En la norma farmacológica 13.1.3.0N40: “Se acepta la asociación de antimicóticos con corticosteroides y/o antimicrobianos (uso tópico)”.
Consulta: Se puede aceptar la asociación propuesta, en las concentraciones expresadas y con las indicaciones solicitadas; teniendo en cuenta que en la bibliografía de referencia no figura ninguna preparación similar.
Indicaciones.
Afecciones micóticas y bacterianas de la piel, causadas por gérmenes sensibles al clotrimazol y la clidamicina.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los componentes, afecciones tuberculosas o vírales de la piel.
S e niega por cuanto no se acepta la CLINDAMICINA para uso topico en indicaciones distintas de las aceptadas en vaginosis bacteriana y acne por los riesgos de generación de resistencia y su perdida como alternativa en infecciones sistematicas.
Cada tableta contiene: CETIRIZINA DICLORHIDRATO 10.0 mg FENILPROPANOLAMINA CLORHIDRATO 25.0 mg ACETAMINOFÉN 500.0 mg
EXPEDIENTE: 21743
Antecedentes: En la norma farmacológica 19.4.0.0.N70: “Se acepta la asociación de acetilsalicílico ácido y/o paracetamol (acetaminofén) con antihistamínico y descongestionantes nasales para el tratamiento sintomático del resfriado común”.
Se solicita concepto para la asociación y aclaración de las indicaciones, contraindicaciones y advertencias.
Indicaciones:
Antihistamínico y vasoconstrictor nasal. Permite la acción complementaria de sus componentes para 12 horas de alivio de la sintomatología nasal y ocular de las afecciones respiratorias superiores, tales como el resfriado común, la rinitis alérgica, sinusitis y otitis.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los componentes.
Se acepta.
Indicaciones: Tratamiento sintomatico del resfriado comun.
Contraindicaciones
Hipersensibilidad a los componentes, hipertensión arterial, feocromocitoma, hipertiroidismo, psicosis y menores de 12 años.
Cada 100 g contienen:
2- CLOROFLUMETASONA 0.05 g TRICLOSAN 1 g
EXPEDIENTE: 22856
RENOVACIÓN REGISTRO SANITARIO No. 009051
Antecedentes: La asociación no se encuentra en normas farmacológicas.
Indicaciones: Tratamiento de infecciones inflamatorias de la piel producidas por microorganismos sensibles al triclosan.
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los componentes, tuberculosis cutánea, Dermatopatias sifilíticas, infecciones vírales y micóticas de la piel.
Se solicita conceptuar sobre la asociación en las concentraciones indicadas. esta solicitud corresponde a una renovación.
Debe allegar estudios clinicos debidamente publicados que justifiquen el uso del compuesto en dermatosis infectadas
Cada 100 ml contienen: CLORFENIRAMINA MALEATO 0.3 g NAFAZOLINA CLORHIDRATO 0.025 g
EXPEDIENTE: 26726
Antecedentes:
Norma farmacológica 3.0.0.0.N30: “Se aceptan las asociaciones de antihistamínico con: un descongestionante nasal y/o un analgésico (uso-sistemático).
Se solicita conceptuar sobre esta asociación.
En la documentación presentada no aparece un solo articulo que justifique la asociación del producto.
La documentación allegada, no desvirtua el concepto que tiene la Comisión Revisora respecto a que antihistaminicos tienen efecto sensibilizante cuando se emplea en piel y mucosa, excepto dos que no ha mostrado tal proiedad sensibilizante
Cada 100 ml de solución contienen: ACETILCISTEINA 4.8 g ZIPEPROL DICLORHIDRATO 500 mg
EXPEDIENTE: 29479
Antecedentes: Norma 16.4.0.0.N30: “Se aceptan las siguientes asociaciones: Un expectorante o un mucolítico con un antitusígeno y/o un broncodilatador.
Un expectorante y un mucolítico”. no se encuentra ningún medicamento en el mercado, con esta asociación.
Indicaciones: Antitusivo, mucolítico. Uso en faringitis, bronquitis, neumonía, estados gripales, deficiencias respiratorias.
Contraindicaciones: hipersensibilidad a los componentes. Administrar con precaución en pacientes con úlcera gástrica.
Se solicita conceptuar sobre la nueva asociación.
No se acepta, las dosis administradas para la población pediatrica sobrepasa el rango aceptado de 15 mg por 5 mililitros.
Cada 100 ml contienen: CETIRIZINA DICLORHIDRATO 100 mg PSEUDOEFEDRINA CLORHIDRATO 120 mg
EXPEDIENTE: 200278
Antecedentes:
Norma 30.0.0.N30. Se acepta la asociación de antihistalmínico con descongestionante nasal.
En el mercado no hay ningún producto con esta asociación, las que se encuentran es de pseudoefedrina astemizol.
Se solicita conceptuar sobre la nueva asociación.
Este producto se llama a Revisión de Oficio según acta 01 de 1997.
Siendo las 12:00 p.m. se dió por terminada la sesión y se firma por los que en ella intervinieron
ROBERTO LOZANO OLIVEROS GUSTAVO ISAZA MEJIA
JESUALDO FUENTES GONZALEZ JORGE OLARTE CARO
CAMILO URIBE GRANJA
/Blanca