COMISION REVISORA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS, COSMETICOS, PRODUCTOS NATURALES, ALIMENTOS, BEBIDAS ALCOHOLICAS, PLAGUICIDAS DE USO DOMESTICO Y DEMAS PRODUCTOS QUE INCIDAN EN LA SALUD INDIVIDUAL Y COLECTIVA DE LAS PERSONAS Y DEL AMBIENTE
ACTA No.52
FECHA: AGOSTO 8 DE 1996
HORA: 8:00 a.m.
LUGAR: SALA DE REUNIONES INVIMA
O R D E N D E L D I A
Asistieron los doctores ENRIQUE NUÑEZ OLARTE, GUSTAVO ISAZA MEJIA, ROBERTO LOZANO OLIVEROS, JESUALDO FUENTES GONZALEZ, JORGE OLARTE CARO, miembros de la Comisión Revisora. El Dr. CARLOS MALDONADO, Coordinador de la Comisión Revisora, la Dra. MARIA JACQUELINE OROZCO DIAZ Asistente de la Coordinación de Comisión Revisora y Gloria Peña Tecnólogo.
Cada tableta contiene:
CEFPODOXIME (como ácido activo) 100 mg (equivalente a 130.45 mg de cefpodoxime proxetil)
Expediente: 46551
Antecedentes: En auto se le informó al interesado que el producto no se acepta por cuanto: 1-Carece de información preclínica. 2- Los estudios clínicos son insuficientes para evaluar la eficacia y seguridad del producto frente a otros antimicrobianos.
El interesado allega nueva información.
Se acepta. Se incluye en Norma 4.1.1.1.N10
Indicaciones:
Infecciones del tracto respiratorio superior e inferior en adultos, causadas por organismos sensibles al medicamento.
Contraindicaciones:
Alergia conocida a las cefolosporinas, embarazo, menores de 12 años.
Precaución:
Hipersensibilidad a Beta lactámicos.
Cada 100 ml de jarabe contiene:
ACETAMINOFEN 3.2 g
Expediente: 51515
Antecedentes: Existe concentración de 150 mg/5ml y 175 mg/5ml de acetaminofen en jarabe. Según acta 06/89 se acepta la concentración de 150 mg/5 ml del principio activo en jarabe para niños.
Consulta: Se acepta la concentración de 160 mg/5 ml de acetaminofen jarabe para uso pediátrico.?
El interesado allega información.
Debe ajustarse a lo estipulado en Normas Farmacológicas y a las concentraciones aceptadas por la Comisión Revisora.
Cada tableta contiene:
MILRINONA 5 mg
Expediente: 39805
Indicaciones:
Tratamiento de la insuficiencia cardíaca congestiva.
Consulta: Se acepta la forma farmacéutica tableta.?
En respuesta a auto sobre justificación de la forma farmacéutica tableta, el interesado allega estudios.
Se informa al interesado:
1- La información obtenida a través de Base de datos debe ser depurada, seleccionada y sustentada con los respectivos artículos en extenso, a fin de que llegue a la Comisión Revisora la información solicitada y permita una adecuada evaluación.
Cada cápsula retard contiene:
SALBUTAMOL SULFATO 4 mg.
Expediente: 46078
Antecedentes: En auto del 15 de junio de 1995, se solicitó que allegaran estudios por triplicado que justifiquen la forma farmacéutica retard.
Consulta: Se acepta esta forma farmacéutica cápsula retard.?
El interesado allega estudios.
Se acepta.
Cada tableta masticable contiene:
DIDANOSINA 50 mg
Expediente: 47096
Antecedentes: En auto se le informó al interesado que no era justificable la presentación de este medicamento en forma de tabletas masticables y por lo tanto no es procedente otorgar registro sanitario(acta 43/94, 2.6).
En acta 09/92 se encuentra aprobado la didanosina 50 mg en tabletas.
Consulta: Se acepta la forma farmacéutica tabletas masticables en el producto en referencia.?
El interesado allega información para que sea reconsiderado el concepto del acta 43/94.
No se acepta. No justifican adecuadamente la nueva forma farmacéutica. Presentan Estudios Clínicos hechos con formas farmacéuticas que no corresponden a lo solicitado.
Cada tableta masticable contiene:
DIDANOSINA 100 mg
Expediente: 47095
Antecedentes: En auto técnico se le informó al interesado que no era justificable la presentación de este medicamento en forma de tabletas masticables y por lo tanto no es procedente otorgar registro sanitario(acta 43/94, 2.6).
Consulta: Se acepta la forma farmacéutica tabletas masticables en el producto en referencia.?
El interesado allega información para que sea reconsiderado el concepto del acta 43/94.
No se acepta. No justifican adecuadamente la nueva forma farmacéutica. Presentan Estudios Clínicos hechos con formas farmacéuticas que no corresponden a lo solicitado.
Cada tableta masticable contiene:
DIDANOSINA 150 mg
Expediente: 47094
Antecedentes: En auto técnico se le informó al interesado que no era justificable la presentación de este medicamento en forma de tabletas masticables y por lo tanto no es procedente otorgar registro sanitario(acta 43/94, 2.6).
Consulta: Se acepta la forma farmacéutica tabletas masticables y la concentración de 150 mg del principio activo en el producto de referencia.?
Según acta 09/92( 3.2.1), están aceptadas concentraciones de 10 mg, 25 mg, 50 mg y 100 mg de DIDANOSINA en tabletas.
El interesado allega información para que sea reconsiderado el concepto del acta 43/94.
No se acepta. No justifican adecuadamente la nueva forma farmacéutica. Presentan Estudios Clínicos hechos con formas farmacéuticas que no corresponden a lo solicitado.
Cada tableta masticable contiene:
DIDANOSINA 10 mg
Expediente: 47100
Antecedentes: En auto técnico se le informó al interesado que no era justificable la presentación de este medicamento en forma de tabletas masticables y por lo tanto no es procedente otorgar registro sanitario(acta 43/94, 2.6).
Consulta: Se acepta la forma farmacéutica tabletas masticables del producto en referencia.?
No se acepta. No justifican adecuadamente la nueva forma farmacéutica. Presentan Estudios Clínicos hechos con formas farmacéuticas que no corresponden a lo solicitado.
Cada ampolla de 1 ml. contiene:
CLONIDINA HCl 0,15 mg
Expediente: 51499
Antecedentes: Este principio activo aparece solamente en tabletas de 0.15 mg según revisión bibliográfica.
Consulta: Se acepta la forma farmacéutica inyectable y la concentración de 0.15 mg de CLONIDINA HCl en el producto.?
Debe allegar justificación de la forma farmacéutica y la concentración referenciada, con estudios clínicos.
Cada cárpula (cartuchos de 1.8 ml.) contiene:
HIDROCLORURO DE LIDOCAINA 36 mg BITARTRATO DE EPINEFRINA 0.0733 mg
Expediente: 52638
Antecedentes: Existe un producto aprobado llamado XILOCAINA que contiene 2% de hidrocloruro de lidocaina y 1: 200.000 de epinefrina, con Reg. Minsalud No. M-000172R1.
Consulta: Se acepta la concentración de 1: 50.000 de epinefrina en el producto.?
Se acepta la concentración propuesta, para uso exclusivamente odontológico.
Siendo las 11:00 a.m. se dio por terminada la sesión y se firma por los que en ella intervinieron.
ENRIQUE NUÑEZ OLARTE JESUALDO FUENTES GONZALES
GUSTAVO ISAZA MEJIA ROBERTO LOZANO OLIVEROS
JORGE OLARTE CARO