MINISTERIO DE SALUD
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS
I N V I M A
COMISION REVISORA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS, COSMETICOS, PRODUCTOS NATURALES , ALIMENTOS, BEBIDAS ALCOHOLICAS, PLAGUICIDAS DE USO DOMESTICO Y DEMAS PRODUCTOS QUE INCIDAN EN LA SALUD INDIVIDUAL Y COLECTIVO DE LAS PERSONAS Y DEL AMBIENTE
ACTA No. 30
FECHA: MAYO 16 DE 1996
HORA: 11:15 a.m.
LUGAR: SALA DE REUNIONES INVIMA
ORDEN DEL DIA
Asistieron los doctores ENRIQUE NUÑEZ OLARTE, JORGE OLARTE CARO, JESUALDO FUENTES GONZÁLEZ, GUSTAVO ISAZA MEJÍA, ROBERTO LOZANO OLIVEROS, miembros de la Comisión Revisora. El Dr. CARLOS MALDONADO, Coordinador de la Comisión Revisora y representante del Director del INVIMA, y la Dra. MARIA JACQUELINE OROZCO DIAZ Asistente de la Coordinación de Comisión revisora.
Cada 100 g. de polvo contienen:
CLORURO DE SODIO 50 g
CLORURO DE POTASIO 28 g.
SULFATO DE MAGNESIO 19 g
CLORHIDRATO DE L- LISINA 2 g.
DIOXIDO DE SILICIO 1 g.
EXPEDIENTE 39438
REGISTRO INVIMA M- 004529
INDICACION:
Dieta hiposodica
Según Resolución No. 019064 del 26 de marzo de 1996 el producto de la referencia fue aprobado para la indicación: Dieta hiposodica.
Solicitan a la Comisión Revisora especifique si se aprobo como sustituto de la sal o como Dieta hiposodica.
Se aceptó para dieta hiposódica. Debe tener la siguiente advertencia: En pacientes hipertensos y cardiopatas debe consultarse al médico antes de su uso.
Cada ml contienen:
ACETAMINOFEN 100 mg.
EXPÉDIENTE 22254
REGISTRO INVIMA M- 007227 R-1
Concedido bajo el Decreto 2092 de 1986
INDICACIONES
Analgésico, antipirético.
DRISTAN SINUS
Cada Tableta Contiene:
IBUPROFENO 200 mg.
PSEUDOEFEDRINA 30 mg
REGISTRO SANITARIO INVIMA M-000385
El Grupo de Medicamentos de la Subdirección de Licencias y Registros anexa documentación relacionada con la aprobación de proyectos de etiquetas y empaques de productos de Venta libre en los cuales se incluyen dibujos o figuras; para que sea analizada por la Comisón Revisora y ella misma emita un concepto que sea aplicable a los casos expuestos y a otras solicitudes sobre el mismo tema.
ANTECEDENTES
Artículo 46 del Decreto 2092/86. En los empaques, envases y/o rótulos, así como en los insertos o anexos NO SE PERMITIRAN dibujos o figuras, salvo que se trate de logotipos o marca que identifique el Titular del Registro o de explicaciones graficas para la administración o uso del producto alusivas a su utilidad terapéutica.
Artículo 75 del Decreto 677/95. De la prohibición del uso de dibujos o figuras en los empaques, rótulos o envases.
En los envases, empaques y rótulos, así como en los insertos y anexos a que se refiere este capítulo, no se permitirá el uso de dibujos o figuras alusivas a su actividad terapéutica, cuando se trate de productos de venta con prescripción médica salvo que se trate del logotipo o marca que identifique el titular del registro sanitario o de explicaciones gráficas para la administración o uso del producto.
La Comisión Revisora en el acta 15/96 numeral 2.1.3 ante una solicitud para autorizar la comercialización de Multivitaminicos y Multivitaminicos con oligoelementos para niños en cápsulas blandas con figuras tales como peces, dinosaurios etc.
Conceptuo:
No se acepta por cuanto se puede presentar abuso y puede llevar a situaciones de toxicidad.
Anexan fotocopias de la publicidad de los productos referenciados.
La Comisión Revisora según artículo 75 Decreto 677/95 no acepta, el uso de dibujos o figuras en los empaques, rótulos o envases.
BERIPLAST P. es un adhesivo de fibrina que contiene:
FIBRINOGENO
FACTOR XIII
APROTININA
TROMBINA
CLORURO DE CALCIO
El producto final es fibrina estabilizada para ser usada como adherente tisular, soporte de suturas y hemostasia local en todo tipo de cirugías.
Se debe registrar como medicamento por su composición e indicaciones.
Cada tableta contiene:
ALPRAZOLAM 2 mg
EXPEDIENTE: 59522
Registro Sanitario: Invima M-002157
INDICACIONES
Ansiolítico
Se solicita a Comision Revisora aclare esta situación, por cuanto la concentración de 2 mg NO SE HA ACEPTADO, y se concedió registro sanitario No. 002157 con vencimiento el 29 de Junio de 2005.
En el mercado se encuentran las concentraciones de 0.125, 0.25, 0.5,1.0 mg.
Se llama a revisión de oficio el producto XANAX 2.0 mg. Tabletas, por cuanto la nueva concentración no fue evaluada por la Comisión Revisora.
En las dosis utilizadas, como escabicida en el ser humano, no es tóxico. Debe ser aplicado según indicaciones y precauciones.
Cada 100 ml de solución oral contienen:
CLOBUTINOL CLORHIDRATO 6 g
EXPEDIENTE: 200803
SILOMAT
Cada gragea contiene:
CLOBUTINOL CLORHIDRATO 40 mg
EXPEDIENTE: 201001
El principio activo se encuentra aceptado en las normas Farmacológicas 16.1.0.0 N10 como antitusigeno, pero no se encontró ningún producto comercializado con ese principio Activo.
Se solicita concepto acerca de la forma farmacéutica, concentraciones y Grupo Farmacológico ( Indicaciones, contraindicaciones y advertencias ) aprobado para este principio activo.
Se acepta.
INDICACIONES
Antitusigeno
CONTRAINDICACIONES
Enfermedad acido- péptica, Hipersensibilidad, embarazo, lactancia, enfermedad neurológica.
Siendo las 1:00 p.m. se dio por terminada la sesión y se firma por los que en ella asistieron.
ENRIQUE NUÑEZ OLARTE JESUALDO FUENTES GONZALEZ
JORGE OLARTE CARO GUSTAVO ISAZA MEJIA
ROBERTO LOZANO OLIVEROS